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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (21/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 46

PÆg. 278804 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de octubre de 2004 sidera la incorporación de componentes de tecnología de la información, así como la preparación de documen-tación necesaria para captar recursos externos en apo- yo a su gestión; Que el PNUD impulsa la ejecución nacional de proyec- tos, entendida ésta como una modalidad orientada, fun- damentalmente, a fortalecer las capacidades técnicas e institucionales existentes en el país, utilizando y promo-viendo la capacidad y eficiencia de los organismos na- cionales de ejecución; colaborando con los países en modernizar la administración pública y fortalecer su sis-tema de acceso a la justicia, contribuyendo con ello a la gobernabilidad democrática; Que para los efectos de colaborar con la puesta en marcha de las actividades materia del referido Conve- nio, el PNUD ha previsto financiar la visita del Presi- dente y de uno de los señores Magistrados de esteColegiado al Tribunal Constitucional de España, así como la Corte Constitucional de Italia, con el propósito de intercambiar experiencias y acopiar información téc-nica con los señores Magistrados, funcionarios y di- rectivos de esos honorables Tribunales, y que serán de importancia para el desarrollo y modernización deesta institución, lo que permitirá el cumplimiento de sus objetivos y metas, así como prestar un mejor servicio a los justiciables; Que en tal virtud el Pleno del Tribunal Constitucio- nal ha acordado, por convenir a los fines institucio- nales, autorizar la visita de los señores doctoresJavier Alva Orlandini y Magdiel Gonzales Ojeda, Pre- sidente y Magistrado de este Tribunal, respectiva- mente, al Tribunal Constitucional de España y, en elcaso del Presidente, además, a la Corte Constitucio- nal de Italia; visitas que no irrogarán egreso alguno a la institución; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 28128, así como en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, En uso de las facultades conferidas a esta Presiden- cia por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicio, de los señores doctores Javier Alva Orlandi- ni y Magdiel Gonzales Ojeda, Presidente y Magistra- do del Tribunal Constitucional, a la ciudad de Madrid,sede del Tribunal Constitucional de España entre los días 15 y 21 de octubre del año en curso y 15 y 24 del mismo mes, respectivamente; así como, entre el 22 y26 de octubre del presente año, la visita a la Corte Constitucional de Italia del señor Presidente, para los fines expuestos en la parte considerativa de la pre-sente resolución. Artículo 2º.- El viaje que se autoriza en el artículo anterior, no irrogará egreso alguno al presupuesto delPliego del Tribunal Constitucional; dado que dicho viaje será financiado íntegramente por el Programa de Nacio- nes Unidas Para el Desarrollo - PNUD. Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calen- dario siguientes de efectuado el viaje, los referidos Magistrados, deberán presentar un informe detalladodescribiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga dere- chos a exoneración de impuestos o derechos aduane- ros de ninguna clase o denominación a los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- Encargar la Presidencia del Tribunal Constitucional al señor doctor Juan Bautista Bardelli Lartirigoyen, Vicepresidente del Tribunal Constitucional,en tanto dure la ausencia del Presidente. Regístrese y comuníquese.JAVIER ALVA ORLANDINI Presidente 18852Aprueban segunda modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contra-taciones para el aæo 2004 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 111-2004-P/TC Lima, 14 de octubre de 2004 VISTOS: El Memorándum Nº 391-2004-OA/TC cursado por la Oficina de Abastecimiento y los Informes Nºs. 347- 2004-PE/TC y 347A-2004-PE/TC emitido por la Ofici- na de Planeamiento y Estadística, ambos de fecha 21de setiembre del 2004, relacionados con la inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Tribunal Constitucional para el período 2004, delos procesos de Adquisición Directa Pública para la Adquisición de cuatro vehículos y de la Adjudicación Directa Selectiva para la adquisición de equipos decómputo; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Administrativa Nº 011- 2004-P/TC, de fecha 30 de enero del 2004, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones (PAAC)del Tribunal Constitucional para el período 2004; el mismoque fue modificado por Resolución Administrativa Nº 063- 2004-P/TC, de fecha 1 de julio de 2004; Que el Artículo 8º del Reglamento de la Ley Nº 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, establece que las Licitaciones Públicas, Con-cursos Públicos y Adjudicaciones Directas no conte- nidas en el Plan Anual deberán ser aprobadas por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativade la Entidad, según corresponda, lo cual deberá in- formarse al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- CONSUCODE, dentro delos diez (10) días hábiles siguientes de dicha aproba- ción; a su vez, las inclusiones y exclusiones de los procesos de selección serán comunicadas a la Comi-sión de Promoción de la Pequeña y Microempresa - PROMPYME, dentro del mismo plazo, dando cuenta al CONSUCODE; Que el numeral 7º de las Disposiciones Específicas contenidas en la Directiva Nº 005-2003/CONSUCO- DE/PRE, aprobada por Resolución Nº 380-2003-CON-SUCODE/PRE, precisa que “el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones - PAAC podrá ser modificado en cualquier momento, durante el decurso del ejerciciopresupuestal, siempre que se produzca una reprogra- mación de las metas institucionales propuestas o una modificación del presupuesto institucional”; siendo deaplicación lo dispuesto en dicha Directiva, para el caso de su aprobación, básicamente en lo referido a su ela- boración y contenido, incluyendo lo relacionado con laverificación del sustento presupuestal correspondien- te, el instrumento de aprobación, los mecanismos y oportunidad de publicación de dicho instrumento y deremisión del PAAC, al CONSUCODE y a PROMPYME; Que la anotada Directiva prescribe que el PAAC mo- dificado deberá ser remitido al CONSUCODE, a travésde los mismos medios con los que se remitió el PAAC originalmente aprobado, en su integridad y en los forma- tos que forman parte de la indicada Directiva, así comoa PROMPYME, dentro de los diez (10) días hábiles si- guientes a su aprobación; de igual manera, el instrumen- to que aprueba la modificación del PAAC deberá publi-carse en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; anotando que lo dispuesto precedentemente en relacióncon la publicación del instrumento que aprueba la modi- ficación del PAAC, no será de aplicación, por excepción, en el caso de las Entidades que actualicen la informa-ción referida a su PAAC a través del Sistema de Informa-