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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (21/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 53

PÆg. 278811 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de octubre de 2004 Que, es política de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, promover el desarrollo profesio-nal y académico de su personal, reconocer sus méritos y propiciar su capacitación permanente; Que, estando la convocatoria en curso, corresponde designar a los miembros del Jurado respectivo; De conformidad con el literal v) del artículo 7 del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Su-prema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la difusión en el ámbito nacional del Curso de Especialización en Derecho Re-gistral, organizado por el Colegio de Registradores de la Propiedad, Bienes Muebles y Mercantil de España, la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Admi-nistración y Políticas Públicas (FIIAPP) y la Universidad Ramón Llull - ESADE, a llevarse a cabo en el próximo mes de noviembre. Artículo Segundo.- Designar a los miembros del Jurado Calificador que llevará a cabo el proceso de pre- selección de postulantes procedentes del Perú perte-necientes al sistema registral, respecto al curso al que se refiere el Artículo Primero: - Álvaro DELGADO SCHEELJE, Superintendente Adjunto de los Registros Públicos (e), quien lo presidirá. - Gastón CASTILLO DELGADO, Gerente Registral de la Sede Central de la SUNARP. - Rubén UGARTECHE VILLACORTA, Director de la Escuela de Capacitación Registral de la SUNARP. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALD CÁRDENAS KRENZ Superintendente Nacional de los Registros Públicos (e) 18950 SUNAT Dejan sin efecto designación de Auxi- liar Coactivo de la Intendencia Regio-nal Tacna INTENDENCIA REGIONAL TACNA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 110-024-0000135 Tacna, 13 de octubre del 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Intendencia Nº 110- 00-0000019, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 4 de Abril del 2002, se nombró al Sr. DIAZGONZALEZ, RENZO FABRICIO TOMAS como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Tacna; y, mediante Resolución de Intendencia Nº 110-00-0000048, publica-da en el Diario Oficial El Peruano con fecha 23 de enero del 2003, se ratificó la designación del mismo; Que, es necesario dejar sin efecto la designación del Auxiliar Coactivo, en razón que dicho personal actual- mente no cumple dicha función; Que, la Resolución de Superintendencia Nº 094-2000/ SUNAT ha facultado a los diferentes Intendentes Regiona- les de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñaráncomo Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de compe- tencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la referida Resolución de Superintendencia y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 50º y 51º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Na-cional de Administración Tributaria, aprobado por Decre- to Supremo Nº 115-2002-PCM;SE RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Tacna, al trabajador que se indica a continuación: DIAZ GONZALEZ, RENZO FABRICIO TOMAS Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO AGUAYO RIVERA Intendente 18829 Declaran en situación de urgencia y exoneran de proceso de selección co- rrespondiente a la contratación de servicio de limpieza para Lima, Callaoe Intendencia Regional Lima SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 242-2004/SUNAT Lima, 15 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que el inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicaciones Directas las adquisiciones y contrataciones que se reali-cen por situaciones de urgencia; las mismas que en virtud del Artículo 20º del citado dispositivo legal, deben efectuar- se a través de una Adjudicación de Menor Cuantía; Que el Artículo 21º de la citada norma, considera que se configura la situación de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible del bien o servicio compro-mete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales de la Entidad o de las operaciones productivas que tuviera a su cargo; Que el Artículo 108º del Reglamento del citado Texto Único Ordenado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, establece que la situación de urgencia esuna medida temporal ante un hecho de excepción que determina una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio deque se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones o contrataciones definitivas; Que en los Artículos 105º y 116º del referido Regla- mento, se establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones, precisándose que de- berá indicarse en la resolución exoneratoria el órganoque se encargará de llevar a cabo la contratación; Que el Informe Técnico Nº 1756-2004/2G3000 de la Gerencia Administrativa de la Intendencia Nacional de Ad-ministración, indica que la situación de Urgencia se ha ge- nerado por cuanto el postor adjudicado con la Buena Pro del ítem 04 del Concurso Público Nº 0005-2004-SUNAT/2G3100 se acogió indebidamente al beneficio establecido en el Artículo 21º de la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, originandoque se deje sin efecto el otorgamiento de la Buena Pro; Que asimismo, dicho informe señala que el servicio de limpieza es esencial y necesario, pues de no contar-se con éste, el personal que labora en las sedes ubica- das en Lima, Callao e Intendencia Regional Lima puede verse afectado en su salud por la falta de salubridad, loque repercutiría en el cumplimiento de las labores operati- vas a cargo de dichas sedes; Que por su parte, el Informe Legal Nº 036-2004-SU- NAT/2B2300, señala que las situaciones descritas de-