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PÆg. 278813 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de octubre de 2004 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTÍN Aprueban la creación del Consejo Re- gional de la Juventud del GobiernoRegional ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2004-GRSM/CR Moyobamba, 21 de setiembre de 2004. El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993,modificado por Ley de Reforma Constitucional del Capí- tulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867; y su modificatoria, Ley Nº 27902; Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional deSan Martín, y demás normas complementarias, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 4º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales prescribe que los GobiernosRegionales tienen por finalidad garantizar el ejercicio pleno de los derechos, la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas na-cionales, regionales y locales de desarrollo; Que, es misión del Gobierno Regional organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a suscompetencias, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sos- tenible de la región; Que, el Gobierno Regional de San Martín de conformi- dad con los dispuesto en el numeral 4º del artículo 8º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27687 ysu modificatoria, Ley Nª 27902, señala que es principio de la gestión regional, la inclusión, y consecuente con ello el Gobierno Regional de San Martín desarrolla políticas yacciones integrales de gobierno dirigidas a promover la inclusión económica, social, política, cultural de los jóve- nes, principalmente ubicados en el ámbito rural y organi-zados en comunidades nativas y campesinas, nutriéndo- se de sus perspectivas y aportes; Que, el Gobierno Regional de San Martín de confor- midad con lo dispuesto en el numeral 7) del artículo 8º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nª 27687 y su modificatoria, Ley Nª 27902, señala que es principio dela gestión regional, la equidad, y consecuente con ello el Gobierno Regional de San Martín promociona, sin dis- criminación, igual acceso de oportunidades para losjóvenes e identifica a grupos y sectores sociales que requieren ser atendidos de manera especial por la ges- tión regional; Que, el Gobierno Regional de San Martín busca generar los espacios necesarios donde se conozcan las demandas y propuestas de los jóvenes y al mismotiempo lograr un espacio de encuentro entre la socie- dad civil joven y el Gobierno Regional de San Martín para diseñar políticas públicas a favor de los jóvenes,mediante procesos de concertación, dialogo y participa- ción comprometida de los jóvenes y los diversos nive- les e instancias del Gobierno Regional de San Martín; Que, el Gobierno Regional de San Martín aspira a la consolidación de un Consejo Regional de los jóvenes de la sociedad civil regional, que participe oficialmentedentro del Consejo Regional de la Juventud, e impulsa procesos de participación ciudadana de los jóvenes en el diseño, la implementación y vigilancia de las políticaspúblicas de alcance regional que respondan a las de- mandas locales de los jóvenes, a través de la formu- lación, propuesta, canalización y vigilancia de iniciati-vas que contribuyan al desarrollo sostenible de la re- gión y de los jóvenes. Constituir un ente articulador yfacilitador del Gobierno Regional de San Martín con la sociedad para satisfacer las aspiraciones de desarrollo integral de la juventud, con particular énfasis en laspoblaciones vulnerables buscando equidad, eficiencia y eficacia; Que, el Consejo Regional de la Juventud del Gobier- no Regional de San Martín, estará conformada por jóve- nes desde los 15 hasta los 29 años provenientes de los partidos políticos, de las asociaciones u organizacionesjuveniles constituida de las universidades públicas y pri- vadas, de los institutos superiores Pedagógicos y Tec- nológicos públicos y privados, de los colegios secunda-rios públicos y privados, de las comunidades campesi- nas y nativas, de la población con discapacidad, de las organizaciones deportivas y otras organizaciones; Que, inciso a) el artículo 9º y el inciso c) numeral 1, del artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regio- nales, Ley Nº 27687 y su modificatoria, Ley Nº 27902, escompetencia constitucional y exclusiva del Gobierno Regional aprobar su organización interna; Que, el inciso a) del artículo 15º de la citada norma establece que es atribución del Consejo Regional apro- bar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamentan los asuntos y materias de competencia yfunciones del Gobierno Regional; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en su ultima sesión ordinaria de fecha 9 desetiembre ha aprobado por unanimidad la Ordenanza Regional; En consecuencia;Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: POR TANTO:Artículo Primero.- APROBAR, la creación del Con- sejo Regional de la Juventud del Gobierno Regional deSan Martín, como un ente de concertación, de diálogo y de encuentro entre la juventud, el Gobierno Regional e instituciones del Estado, responsable de proponer políti-cas públicas en materia de juventud, ante las corres- pondientes instancias gubernamentales con la finalidad de lograr el desarrollo integral de la sociedad civil joven. Artículo Segundo.- Los Gobiernos Locales, me- diante Ordenanza Municipal crearán los consejos pro- vinciales y distritales de la juventud, la misma que seconstituirá en un estamento del Consejo Regional de la Juventud, de conformidad con sus competencias y funciones conferidas por la ley de municipalidades vi-gente. Artículo Tercero.- ENCARGAR, al Presidente Re- gional, señor Max Henrry Ramírez García, la regla-mentación de la presente ordenanza regional, mediante decreto regional aprobado por la junta de Gerentes Regionales, asignando un plazo máximo de 45 días ca-lendario. Artículo Cuarto.- DÉJESE, sin efecto cualquier nor- ma o disposición que se oponga a la presente Orde-nanza Regional. Mando se registre, publique y cumpla.MAX HENRRY RAMÍREZ GARCÍA. Presidente Regional 18928 Aprueban la creación de la Comisión Regional de Familiares Víctimas de laViolencia Política de la Región SanMartín ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2004-GRSM/CR Moyobamba, 21 de setiembre de 2004