Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2004 (21/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, jueves 21 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Aprueban la creacion del Consejo Regional de la Juventud del Gobierno Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2004-GRSM/CR

Moyobamba, 21 de setiembre de 2004. El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificado por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867; y su modificatoria, Ley Nº 27902; Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, y demas normas complementarias, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 4º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales prescribe que los Gobiernos Regionales tienen por finalidad garantizar el ejercicio pleno de los derechos, la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, es mision del Gobierno Regional organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region; Que, el Gobierno Regional de San MORDAZA de conformidad con los dispuesto en el numeral 4º del articulo 8º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27687 y su modificatoria, Ley Nª 27902, senala que es MORDAZA de la gestion regional, la inclusion, y consecuente con ello el Gobierno Regional de San MORDAZA desarrolla politicas y acciones integrales de gobierno dirigidas a promover la inclusion economica, social, politica, cultural de los jovenes, principalmente ubicados en el ambito rural y organizados en comunidades nativas y campesinas, nutriendose de sus perspectivas y aportes; Que, el Gobierno Regional de San MORDAZA de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7) del articulo 8º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nª 27687 y su modificatoria, Ley Nª 27902, senala que es MORDAZA de la gestion regional, la equidad, y consecuente con ello el Gobierno Regional de San MORDAZA promociona, sin discriminacion, igual acceso de oportunidades para los jovenes e identifica a grupos y sectores sociales que requieren ser atendidos de manera especial por la gestion regional; Que, el Gobierno Regional de San MORDAZA busca generar los espacios necesarios donde se conozcan las demandas y propuestas de los jovenes y al mismo tiempo lograr un espacio de encuentro entre la sociedad civil joven y el Gobierno Regional de San MORDAZA para disenar politicas publicas a favor de los jovenes, mediante procesos de concertacion, dialogo y participacion comprometida de los jovenes y los diversos niveles e instancias del Gobierno Regional de San Martin; Que, el Gobierno Regional de San MORDAZA aspira a la consolidacion de un Consejo Regional de los jovenes de la sociedad civil regional, que participe oficialmente dentro del Consejo Regional de la Juventud, e impulsa procesos de participacion ciudadana de los jovenes en el diseno, la implementacion y vigilancia de las politicas publicas de alcance regional que respondan a las demandas locales de los jovenes, a traves de la formulacion, propuesta, canalizacion y vigilancia de iniciati-

vas que contribuyan al desarrollo sostenible de la region y de los jovenes. Constituir un ente articulador y facilitador del Gobierno Regional de San MORDAZA con la sociedad para satisfacer las aspiraciones de desarrollo integral de la juventud, con particular enfasis en las poblaciones vulnerables buscando equidad, eficiencia y eficacia; Que, el Consejo Regional de la Juventud del Gobierno Regional de San MORDAZA, estara conformada por jovenes desde los 15 hasta los 29 anos provenientes de los partidos politicos, de las asociaciones u organizaciones juveniles constituida de las universidades publicas y privadas, de los institutos superiores Pedagogicos y Tecnologicos publicos y privados, de los colegios secundarios publicos y privados, de las comunidades campesinas y nativas, de la poblacion con discapacidad, de las organizaciones deportivas y otras organizaciones; Que, inciso a) el articulo 9º y el inciso c) numeral 1, del articulo 10º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27687 y su modificatoria, Ley Nº 27902, es competencia constitucional y exclusiva del Gobierno Regional aprobar su organizacion interna; Que, el inciso a) del articulo 15º de la citada MORDAZA establece que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamentan los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, en su MORDAZA sesion ordinaria de fecha 9 de setiembre ha aprobado por unanimidad la Ordenanza Regional; En consecuencia; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: POR TANTO: Articulo Primero.- APROBAR, la creacion del Consejo Regional de la Juventud del Gobierno Regional de San MORDAZA, como un ente de concertacion, de dialogo y de encuentro entre la juventud, el Gobierno Regional e instituciones del Estado, responsable de proponer politicas publicas en materia de juventud, ante las correspondientes instancias gubernamentales con la finalidad de lograr el desarrollo integral de la sociedad civil joven. Articulo Segundo.- Los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza Municipal crearan los consejos provinciales y distritales de la juventud, la misma que se constituira en un estamento del Consejo Regional de la Juventud, de conformidad con sus competencias y funciones conferidas por la ley de municipalidades vigente. Articulo Tercero.- ENCARGAR, al Presidente Regional, senor Max Henrry MORDAZA MORDAZA, la reglamentacion de la presente ordenanza regional, mediante decreto regional aprobado por la junta de Gerentes Regionales, asignando un plazo MORDAZA de 45 dias calendario. Articulo Cuarto.- DEJESE, sin efecto cualquier MORDAZA o disposicion que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Mando se registre, publique y cumpla. MAX HENRRY MORDAZA GARCIA. Presidente Regional 18928

Aprueban la creacion de la Comision Regional de Familiares Victimas de la Violencia Politica de la Region San MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2004-GRSM/CR

Moyobamba, 21 de setiembre de 2004

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