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PÆg. 278821 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de octubre de 2004 Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publi-cación en el Diario Oficial. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 19009 Prorrogan plazo de vigencia de la Orde- nanza N” 038 que aprobó el BeneficioTributario de Arbitrios Municipalesacumulados al aæo 2004 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 017-2004 San Juan de Lurigancho, 15 de octubre de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO:El Informe Nº 121-2004-GR/MSJL emitido por la Ge- rencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, las Municipa-lidades Provinciales y Distritales son órganos de gobier- no local, con autonomía política, económica y adminis- trativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece en su artículo IV, que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecua-da prestación de los servicios públicos locales y el de- sarrollo integral, sostenible y armónico de su circuns- cripción; Que, mediante Ordenanza Nº 038 de fecha 31 de agosto de 2004, se aprobó la Amnistía sobre Beneficios Tributarios de Arbitrios Municipales acumulados al año2004, que está en vigencia hasta el 16 de octubre de 2004; Que, es política de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obliga- ciones tributarias, otorgando beneficios para la regulari-zación de las mismas, a favor de los vecinos de San Juan de Lurigancho, debiendo en esta oportunidad aten- der a aquellos contribuyentes que de manera cierta seencuentran en una situación económica difícil que les ha impedido acogerse bajo las diferentes modalidades a beneficios anteriores; Que, en tal sentido es necesario dictar el acto adminis- trativo pertinente mediante el cual se coadyuve a brindar facilidades a los vecinos del distrito a fin de que cumplancon sus obligaciones tributarias; Que, la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 038 faculta al despacho de Alcaldíala prórroga mediante Decreto de Alcaldía del plazo de vigencia así como para dictar disposiciones reglamentarias que sean necesarias para su eficazcumplimiento; Estando a lo expuesto, y de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Único.- Prorrogar la vigencia de la Orde- nanza Nº 038 de fecha 31 de agosto de 2004 publicadaen el Diario Oficial El Peruano con fecha 17 de setiembre de 2004, mediante el cual se aprobó el Beneficio Tributa-rio de Arbitrios Municipales acumulados al año 2004, hasta el 30 de octubre de 2004. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 19007 Aprueban propuesta para la Actualiza- ción de Zonificación de los Usos delSuelo de San Juan de Lurigancho con-forme a la Ordenanza N” 620 ACUERDO DE CONCEJO Nº 042 San Juan de Lurigancho, 29 de setiembre de 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO; en sesión ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Leyde Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, las municipa- lidades provinciales y distritales son los órganos de go- bierno local y tienen autonomía política, económica yadministrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 195º numeral 6) de la Carta Constitu- cional citada establece que los gobiernos locales pro-mueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armo- nía con las políticas y planes nacionales y regionales dedesarrollo, siendo competentes para planificar el desa- rrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territo-rial; Que, dichas competencias constitucionales se en- cuentran además ratificadas y precisadas en la Ley deBases de la Descentralización, Ley Nº 27783, cuyo artículo 42º literales a) y b) conceptúa como compe- tencias exclusivas municipales el planificar y promoverel desarrollo urbano y rural de la circunscripción y eje- cutar los planes correspondientes y normar la zonifica- ción, urbanismo, acondicionamiento territorial y asen-tamientos humanos; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, como Ley de desarrollo constitucional, estableceen su artículo 79º numeral 1) que constituye una función específica exclusiva de las municipalidades provincia- les el aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial denivel provincial que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana; aprobar el Plan de Desarrollo Urbano y el Esquema de Zonificación de las áreas urbanas ydemás planes específicos; competencia que, para el caso de Lima, queda además precisada en el artículo 161º numeral 1) de la Ley Orgánica; Que, por su parte, la precitada Ley Orgánica de Mu- nicipalidades ha establecido en el numeral 3) del artículo 79º, como función específica exclusiva de las municipa-lidades distritales el aprobar el plan urbano distrital, con sujeción al plan y a las normas municipales provinciales sobre la materia; Que, a nivel reglamentario, mediante Decreto Supre- mo Nº 027-2003-VIVIENDA publicado el 6 de octubre de 2003 se aprueba el Reglamento de AcondicionamientoTerritorial y Desarrollo Urbano, el cual establece en su artículo 28º que la zonificación es el conjunto de normas técnicas urbanísticas contenidas en el Plan de DesarrolloUrbano por las que se regula el uso del suelo en función de las demandas físicas, económicas y sociales de la ciudad, para localizar actividades con fines de vivienda,recreación, protección y equipamiento, así como la pro-