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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G31/G31/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 27 de octubre de 2004 de las empresas del Estado comprendidas bajo el ámbi- to de FONAFE, y por tanto también el dejar sin efecto tales designaciones, es potestad del Directorio de dicha empresa. Se comunica que, mediante Acuerdo de Directorio de FONAFE Nº 008-2004/017-FONAFE, de fecha 14 de octubre de 2004, se dejó sin efecto la designación delseñor Jorge Ossio Gargurevich en el cargo de miembro del Directorio de ETECEN S.A., agradeciéndole por los servicios prestados durante el desempeño de sus funcio-nes: HILDA SANDOVAL CORNEJO Directora Ejecutiva 19322 /G54/G6F/G6D/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65 /G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G6C/G65/G63/G74/G72/G6F/G70/G65/G2D/G72/GFA/G20/G53/G2E/G41/G2E FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 008-2004/017-FONAFE De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financia-miento de la Actividad Empresarial del Estado - FONA- FE, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y normas modificatorias, la designación de los Directoresde las empresas del Estado comprendidas bajo el ámbi- to de FONAFE es potestad del Directorio de esta em- presa. Se comunica que, mediante Acuerdo de Directorio de FONAFE Nº 008-2004/017-FONAFE, de fecha 14 de octubre de 2004, se tomó conocimiento de la renunciadel señor Augusto Baertl Montori al cargo de miembro del Directorio de ELECTROPERÚ S.A., agradeciéndole por los servicios prestados durante el desempeño desus funciones. HILDA SANDOVAL CORNEJO Directora Ejecutiva 19321 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G65/G20/G66/G69/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65 /G69/G6E/G76/G65/G73/G74/G69/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G72/G71/G75/G65/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G61/G3A/G20/G4F/G63/G75/G70/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G54/G61/G72/G64/GED/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G43/G65/G6A/G61/G20/G64/G65/G20/G4D/G6F/G6E/G74/G61/GF1/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G75/G72/G69/G2D/G6D/G61/G72/G63/G61/G20/G2D/G20/G4D/G6F/G6C/G69/G6E/G6F/G73/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4A/G61/G75/G6A/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1052/INC Lima, 13 de octubre de 2004 VISTA la carta sin número de fecha 26 de abril de 2004, del señor Rolando Mallaupoma Rafael, alumno del 5to. año de Arqueología de la Universidad Nacional Ma- yor de San Marcos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo Nº 358 de fecha 18 de julio de 2002, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología aprobó el “Proyecto de Investigación Arqueológica: Ocu- paciones Tardías en la Ceja de Montaña de Curimarca -Molinos, provincia de Jauja, departamento de Junín”, a cargo del alumno del 5to. año de Arqueología de la Uni- versidad Nacional Mayor de San Marcos, señor Rolan-do Mallaupoma Rafael, con la asesoría del Lic. Idilio San- tillana Valencia, con RNA Nº DS 8111; Que, según lo prescrito en el artículo 59º del Regla- mento de Investigaciones Arqueológicas aprobado porR.S. Nº 004-2000-ED, el Director del proyecto sin perjui- cio de la propiedad intelectual del autor o de los autores señalada en el artículo 22º del citado Reglamento pre- sentará al Instituto Nacional de Cultura por cuadruplica-do y en castellano, debidamente encuadernados, el in- forme detallado de los trabajos efectuados; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de laNación; Que, mediante carta del visto el señor Rolando Ma- llaupoma Rafael, alumno del 5to. año de Arqueología dela Universidad Nacional Mayor de San Marcos remite el informe final del “Proyecto de Investigación Arqueológi- ca: Ocupaciones Tardías en la Ceja de Montaña de Cu-rimarca - Molinos, provincia de Jauja, departamento de Junín”; Que, el Informe Nº 118-2004-INC/DREPH-DA-NRM, de fecha 11 de mayo del 2004, de la Lic. Noemí Ramos Manco, Arqueóloga de la Dirección de Arqueología de la Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico,concluye que el informe final del “Proyecto de Investiga- ción Arqueológica: Ocupaciones Tardías en la Ceja de Montaña de Curimarca - Molinos, ´provincia de Jauja,departamento de Junín” a cargo del alumno del 5to. año de Arqueología de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, señor Rolando Mallaupoma Rafael, con laasesoría del Lic. Idilio Santillana Valencia, con RNA Nº DS 8111, cumple con lo estipulado en el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas aprobado mediante Re-solución Suprema Nº 004-2000-ED; Que, mediante Acuerdo Nº 174 de fecha 13 de mayo de 2004, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología,recomienda: - Aprobar el Informe Final del “Proyecto de Investiga- ción Arqueológica: Ocupaciones Tardías en la Ceja de Montaña de Curimarca - Molinos, provincia de Jauja, departamento de Junín” a cargo del señor Rolando Ma-llaupoma Rafael, alumno del 5to. año de Arqueología de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos con la asesoría del Lic. Idilio Santillana Valencia, con RNA NºDS 8111; - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los si- guientes sitios arqueológicos: Layán, ubicado en el distrito de Los Molinos, pro- vincia de Jauja, departamento de Junín. Vinjullo, ubicado en el distrito de Los Molinos, pro- vincia de Jauja, departamento de Junín. Waylla ubicado en el distrito de Los Molinos, provin- cia de Jauja, departamento de Junín. Atuqpajlla, ubicado en el distrito de Los Molinos, provincia de Jauja, departamento de Junín. Pucusana ubicado en el distrito de Los Molinos, provincia de Jauja, departamento de Junín. Tulunjuinillo ubicado en el distrito de Los Molinos, provincia de Jauja, departamento de Junín. Utushpampa ubicado en el distrito de Los Molinos, provincia de Jauja, departamento de Junín. Con la visación de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, la Direc-ción de Arqueología y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Re- solución Suprema Nº 004-2000-ED que aprueba el Re-glamento de Investigaciones Arqueológicas; Resolución Directoral Nacional Nº 350/INC-2003 de fecha 26 de mayo de 2003, que dispone las funciones de la Dirección deRegistro y Estudio del Patrimonio Histórico; Resolución Directoral Nacional Nº 105/INC-2004 de fecha 4 de fe- brero de 2004 que establece la conformación de la Di-rección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Informe Final del “Proyecto de Investigación Arqueológica: Ocupaciones Tardías en la Ceja de Montaña de Curimarca - Molinos, provincia de Jauja, departamento de Junín” a cargo del señor Rolan-do Mallaupoma Rafael, alumno del 5to. año de Arqueolo-