Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2004 (07/09/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 7 de setiembre de 2004

nerar por Urgencia el Servicio de impresion, aplicacion y calificacion del MORDAZA de Examen de Admision al MORDAZA Curso PROFA- Programa de Formacion de Aspirantes a Magistrados; Que, en virtud del literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se exonera del MORDAZA de seleccion correspondiente las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de Urgencia declarada de conformidad a la Ley; Que, la precitada Subdireccion de Logistica informa que en atencion a la reciente vigencia del inciso c) del articulo 22º de la Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, Ley Nº 26397, luego de la suspension de dicho dispositivo por espacio de tres anos, mediante Acuerdo del Pleno del Consejo Directivo de fecha 17 de junio, se autorizan las acciones administrativas que correspondan para la implementacion del Programa de Formacion de Aspirantes a Magistrados; Que, mediante Proveido Nº 468-2004-AMAG-CD/P de la Presidencia del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, de fecha 17 de agosto se aprueba el Presupuesto del Programa de Formacion de Aspirantes a Magistrados, asi como el Plan de Actividades Academicas; Que, la Academia de la Magistratura, ha programado para el dia 19 de setiembre proximo y en forma simultanea en las ciudades de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, el examen de Admision al MORDAZA Curso PROFA. Curso que tendra una duracion no menor de 6 meses; Que, el articulo 151º de la Constitucion Politica del Estado, establece que la Academia de la Magistratura, se encarga de la formacion y capacitacion de los jueces y fiscales en todos sus niveles, para efectos de su seleccion. Que, de manera concordante, el inciso c) del articulo 22 de la Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, Ley Nº 26397, preve que para el nombramiento de Jueces y Fiscales, para ser candidato y someterse al respectivo concurso, los postulantes deben acreditar haber aprobado satisfactoriamente los programas de formacion academica de aspirantes a dichos cargos, de competencia de la Academia de la Magistratura, dispositivo que a la fecha ha recobrado plena vigencia. Que, el literal b) del articulo 11º de la Ley Organica de la Academia de la Magistratura, Ley Nº 26335 establece que la admision al Programa de Formacion de Aspirantes a Magistrados, se efectua mediante concurso publico de meritos que comprende la evaluacion de los antecedentes profesionales y academicos de los postulantes, asi como los calificativos que obtienen en las pruebas de conocimiento que al efecto rindan ante la Academia; Que, conforme a lo precisado en el Informe Tecnico emitido por la Subdireccion de Logistica, encontrandose aprobado el Plan Academico y Presupuesto PROFA, y conforme al mandato Constitucional, el Examen de Admision al Concurso Publico convocado se encuentra programado para el dia 19 de setiembre proximo, en una unica etapa, situacion que hace imposible la contratacion regular del servicio requerido para su ejecucion; Que, teniendo en cuanta que el Servicio de Impresion, aplicacion y calificacion del MORDAZA de Examen de Admision al MORDAZA Curso PROFA, es de naturaleza imprescindible para la marcha institucional en el desarrollo optimo de las actividades academicas programadas por la Entidad, se configura la ausencia extraordinaria del precitado servicio esencial, justificandose en consecuencia la exoneracion en la contratacion por situacion de urgencia de conformidad con lo dispuesto por el articulo 21º del Texto Unico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, en los articulos 105º y 116º del Reglamento se establece los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones precisandose que en la resolucion exoneratoria debera indicarse el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion y que esta se ejecutara mediante acciones inmediatas para la eleccion de la propuesta que cumpla los requerimientos establecidos en las Bases;

Que, el Articulo 113º del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, senala que las exoneraciones a los procesos de seleccion requieren obligatoriamente de un Informe Tecnico - Legal previo emitido por el area tecnico y por el area legal de la Entidad, que contenga la justificacion tecnico legal de la adquisicion o contratacion y de la necesidad de la exoneracion; Que, conforme al articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, cuando concurra alguna de las causas que se mencionan en el articulo 19º, debe recurrirse al MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, debiendo tal exoneracion aprobarse mediante resolucion por el Titular del Pliego de la Entidad; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado y el articulo 115º de su Reglamento debe remitirse MORDAZA de la resolucion que aprueba la exoneracion y los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, y publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su emision o adopcion; En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de la Academia de la Magistratura Nº 26335, y el Estatuto de la Academia de la Magistratura, aprobado por Resolucion Nº 022-2001-AMAG-CD, de conformidad con el mandato legal, en ejercicio de sus atribuciones; y con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo; SE RESUELVE Primero.- Exonerar del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Publica por Situacion de Urgencia, la contratacion del Servicio de impresion, aplicacion y calificacion del MORDAZA de Examen de Admision al MORDAZA Curso PROFA - Programa de Formacion de Aspirantes a Magistrados , por el valor referencial total de S/. 150,000.00 Nuevos Soles, con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios y Directamente Recaudados. Segundo.- La Oficina de Logistica, se encargara de llevar a cabo las acciones inmediatas para la contratacion del servicio MORDAZA mencionado. Tercero.- Disponer que Secretaria Administrativa remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los Informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica dentro del termino de diez dias calendarios siguiente a la fecha de aprobacion, y su correspondiente publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura 16161

Amplian plazo de inscripcion del MORDAZA Concurso Publico de Meritos del PROFA para el Curso de Preparacion para Aspirantes a Magistrados de todos los niveles del Poder Judicial y del Ministerio Publico
RESOLUCION Nº 092-2004-AMAG-CD/P MORDAZA, 2 de setiembre de 2004 VISTO: El Informe de la Direccion General, Nº 728-2004AMAG-DG, respecto a la necesidad de ampliar el plazo de inscripcion de los postulantes al MORDAZA Concurso Publico de Meritos del PROFA para el Curso de Preparacion para Aspirantes a Magistrados de todos los niveles del Poder Judicial y del Ministerio Publico; y,

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