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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (23/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 50

PÆg. 276952 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004 concesión de distribución de gas natural por red de ductos en el territorio nacional. Artículo 2 º.- Objeto El presente procedimiento tiene por objeto establecer el mecanismo de cálculo de los Costos Extras de Distribu- ción como consecuencia de permisos municipales y car-gos medio ambientales que, por razones obligatorias e in-evitables, incurran los concesionarios de distribución degas natural por red de ductos, siempre que no hayan sidoconsiderados como parte de los costos de distribución que forman la base tarifaria. Artículo 3 º.- El Costo Extra de Distribución El Costo Extra de Distribución (CED) expresado en US$ por cliente, podrá ser pagado por el cliente mediante un pago de una sola vez, o como un cargo fijo adicional a ser agregado como un ítem adicional de la factura. CED base se obtendrá al dividir el Monto pagado por permisos para el Proyecto X por el Número de clientes a ser conectados en el Proyecto X : Es decir CEDbase =Monto pagado por permisos para el Pr oyecto X Número de clientes a ser conectados para el Proyecto X Entendiéndose que: Monto pagado por permisos para el Proyecto X , será el monto pagado por el Concesionario por permisos parael Proyecto. Este monto será presentado por la Distribuidora al OSI- NERG con un informe de sustento para su análisis y apro- bación, en cada oportunidad que la Distribuidora haya des-embolsado dicho pago al municipio o autoridad guberna-mental correspondiente. Dicho Informe detallará el montototal desembolsado, según corresponda, al pago que de-bió efectuar, incluyendo como mínimo la siguiente informa- ción: - Costo por metro lineal de tendido o S/. por proyecto. - Longitud total de metros tendidos en el proyecto.- Otros desembolsos por conceptos adicionales que haya estipulado el municipio o autoridad correspondiente. - Número de clientes a ser conectados en el Proyecto X, se obtendrá a través de la siguiente fórmula: Nº Clientes Potenciales en el Proyecto “X” * Factor de Penetración (igual al considerado en el proceso de re-gulación de las Tarifas de Distribución del Concesiona- rio). El OSINERG sólo tendrá en cuenta aquellos montos pagados de conformidad con las atribuciones y límites que,para las Municipalidades, se encuentran establecidos enla Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Tex-to Único de Procedimientos Administrativos de cada muni- cipio y cualquier otra normatividad legal vigente. Artículo 4 º.- Aplicación del Costo Extra de Distribu- ción Para la aplicación del CED, el cliente tendrá las dos siguientes opciones del pago: CED (1) el pago por una sola vez que se determinará de la siguiente manera: CED(1) = CEDbase X FIC Donde: FIC : Factor de ajuste por incorporación esperado de clientes en el tiempo actualizado a una tasamensual equivalente al 12% anual, hasta alcan-zar el Factor de penetración máximo . Este valor será definido por el OSINERG para cada pro- yecto o municipio. CED (2) el cargo fijo por mes, por cliente:CED(2) = CED(1) X FRC Este cargo será negociado entre el Cliente y el Conce- sionario de la misma forma en que se negocia la recupera-ción de la Acometida. Donde: FRC : Corresponde al factor de recuperación de capi- tal mensual, para un período de recuperacióndefinido por las partes y a una tasa de interésnegociada libremente. 17138 SUNARP Agradecen a representante de la SU- NARP ante el Consejo Consultivo de la Zona Registral N” V - Sede Trujillo por su gestión realizada en el período 2003-2004 RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 399-2004-SUNARP/SN Lima, 14 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, es política de la SUNARP fomentar la participa- ción de la sociedad civil, a fin de contar con mayores cana-les de opinión y diálogo que coadyuven a optimizar el cum-plimiento de los fines institucionales de la SUNARP dentrode una política de apertura y promoción de la participaciónciudadana; Que, mediante Ley Nº 26366, se creó la Superinten- dencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, comoun organismo descentralizado autónomo y ente rector delSistema Nacional de los Registros Públicos; Que, mediante Resolución Nº 322-2001-SUNARP/SN, de fecha 23 de noviembre de 2001, se crea el Consejo Consultivo para la Oficina Registral La Libertad, hoy Zona Registral Nº V - Sede Trujillo; Que, a través de la Resolución Nº 169-2003-SUNARP/ SN, de fecha 9 de abril de 2003, se designó al señor abo-gado Roger Zavaleta Cruzado, como representante de laSUNARP ante el Consejo Consultivo de la Zona Registral Nº V - Sede Trujillo, por el período de un año; Que, mediante Oficio Nº 1306-2004-Z.R.NºV-JEF, de fecha 7 de setiembre de los corrientes, el Jefe de la ZonaRegistral Nº V - Sede Trujillo, solicita la designación delnuevo representante de la SUNARP ante el Consejo Con-sultivo de dicha Zona Registral; Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal v) del artículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Re-solución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Agradecer al señor abogado Roger Zavaleta Cruzado, representante de la SUNARP ante elConsejo Consultivo de la Zona Registral Nº V - Sede Truji-llo, por la gestión realizada mientras duró su designaciónpara el período 2003-2004. Artículo Segundo.- Designar al señor abogado Gerar- do Eto Cruz, como representante de la SUNARP ante elTercer Consejo Consultivo de la Zona Registral Nº V - SedeTrujillo, por el período 2004-2005. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALD CÁRDENAS KRENZ Superintendente Nacional de losRegistros Públicos (e) 17139