Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2005 (21/04/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 2005

regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, determinandose el numero de Ministerios, entre los cuales se constituyo el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivo el Ministerio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos, el 31 de MORDAZA del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se establecio que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, segun corresponda, asumia las competencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipamiento Basico Municipal y los organos de apoyo, control, defensa judicial y asesoria del Ministerio de la Presidencia que se desactivo; Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento es un organismo publico integrante del Poder Ejecutivo, que se rige por su Ley de Organizacion y Funciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002VIVIENDA, y que tiene como mision mejorar las condiciones de MORDAZA de la poblacion facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios basicos, proporcionando el ordenamiento, crecimiento, conservacion, mantenimiento y proteccion de los centros de poblacion y sus areas de influencia, fomentando la participacion de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inversion privada; Que, a traves del oficio de Vistos, el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, solicito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento la donacion de maquicentros; adecuandose dicho pedido en coordinaciones conjuntas con el citado gobierno local y los funcionarios del Ministerio a maquinaria de mecanica automotriz e industria de cuero; Que, mediante Memorandum Nº 219-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM, el Jefe del Programa de Equipamiento Basico Municipal corrio traslado del Informe Tecnico Nº 021-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM en el cual se preciso que la entidad solicitante, cuenta con infraestructura adecuada para recibir e instalar la maquinaria solicitada como donacion; Que, el Comite de Gestion Patrimonial contando con la opinion tecnica favorable del Programa de Equipamiento Basico Municipal - PREBAM y actuando de conformidad con lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Administrativo respecto de los actos de disposicion de bienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para ser transferidos, aprobada via la Resolucion de Secretaria General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donacion de la maquinaria detallada en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donacion de la maquinaria que se detalla en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolucion a favor de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA con la finalidad de implementar el Colegio Nacional Agropecuario MORDAZA MORDAZA de Huayta; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion de maquinaria descrita en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolucion, valorizada en S/. 161,859.24 (Ciento Sesenta y Un Mil Ochocientos Cincuenta y Nueve y 24/100 Nuevos Soles), a favor de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA con la finalidad de implementar el Colegio Nacional Agropecuario MORDAZA MORDAZA de Huayta. Articulo 2º.- El Programa de Equipamiento Basico Municipal sera responsable de velar porque se cumpla con la finalidad de la donacion. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Ministerial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a

la Contraloria General de la Republica dentro de los terminos establecidos por Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 07665

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen permanencia y designan magistradas suplentes del Primer Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA y del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de La MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 162-2005-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 18 de MORDAZA del 2005 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 1542005-P -CSJLI/PJ, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, dispuso designacion de la doctora MORDAZA Allyson MORDAZA Irigoyen, como Juez Suplente del Primer Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA, en reemplazo del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hasta el dia veintiuno de MORDAZA del ano en curso; Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 1602005-P-CSJLI/PJ, se dispuso la designacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Provisional del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil, a partir del dia dieciocho de MORDAZA del ano en curso; reasignandose a la doctora MORDAZA Irigoyen, como Juez Suplente del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de La MORDAZA, a partir del dia dieciocho de MORDAZA del ano en curso; Que, con el fin de no perjudicar el Despacho del Primer Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA, es pertinente disponer la permanencia de la doctora MORDAZA Irigoyen en el mencionado organo jurisdiccional; Que, conforme lo dispone el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa Nº 074-CME-PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la MORDAZA autoridad del Distrito Judicial a su cargo, y como tal le corresponde cautelar la pronta y eficiente administracion de justicia en su jurisdiccion y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el articulo Decimo Primero y Decimo Tercero de la Resolucion Administrativa Nº 160-2005-P-CSJLI/PJ de fecha quince de MORDAZA del ano en curso. Articulo Segundo.- DISPONER la permanencia de la doctora MORDAZA ALLYSON MORDAZA IRIGOYEN, como Juez Suplente del Primer Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA, en reemplazo del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fernandez. Articulo Tercero.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA ANAI MARENGO MORDAZA, Secretaria encargada de Sala Superior, como Juez Suplente del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de La MORDAZA, a partir del dia veinte de MORDAZA del ano en curso, en reemplazo del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pino.

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