Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2005 (21/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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g) Las actas de inversiones, los acuerdos del comite de inversiones y/o cualquier otro documento referido a las decisiones ejecutivas tomadas respecto a la implementacion de la politica de inversiones; h) Los documentos referidos a los indicadores de referencia de rentabilidad; i) Los informes internos referidos al analisis de las decisiones de inversion, la gestion del riesgo de las inversiones y/o la evolucion de los Fondos; j) Las actas y acuerdos del Comite de Riesgos; k) Los documentos referidos a la aprobacion, modificacion o exceso en los limites internos de exposicion a los riesgos de inversion; l) Los documentos referidos a la aprobacion de nuevos instrumentos u operaciones, incluyendo instrumentos derivados, y en nuevos mercados, monedas o emisores; m) El manual de politicas y procedimientos del Sistema Integral de Administracion de Riesgos de Inversion; n) Las metodologias, parametros, modelos y escenarios a ser utilizados para identificar, medir, analizar, monitorear, limitar, controlar, informar y revelar los riesgos de inversion a que esten expuestos los Fondos; o) Los informes, reportes, el analisis y las recomendaciones generadas para la toma de decision del Comite de Riesgos y el Directorio sobre la situacion de los riesgos de inversion a los que estan expuestos los Fondos; p) El calculo periodico de la rentabilidad ajustada por riesgo y sus correspondientes sustentos; q) Los contratos con intermediarios, custodios, guarda fisica contrapartes, administradoras de Fondos mutuos o de inversion y otros contratos relacionados al MORDAZA de inversion; r) La informacion remitida a esta Superintendencia correspondiente al Informe Diario de Inversiones (IDI) a que se refiere el Capitulo X del presente Titulo; s) La documentacion sustentatoria referida a la solicitud de cotizaciones, negociacion de condiciones, formulacion de ordenes, realizacion de operaciones de inversion, movimientos y los saldos mantenidos en las cuentas corrientes de las instituciones financieras locales o del exterior, entrega de derechos sobre valores, amortizaciones, o cualquier otra documentacion que sirva de sustento del IDI y/o a la composicion de las inversiones; t) La documentacion sustentatoria referida a los movimientos y los saldos mantenidos en las cuentas de las instituciones locales o del exterior que prestan los servicios de guarda fisica y/o de custodia de valores; u) Los reportes del control de los limites de inversion legales y del control de los limites de inversion internos y/o restricciones propias; v) Los informes propios generados por la AFP referidos al control interno del MORDAZA de inversion; w) Los informes de la Unidad de Auditoria Interna o unidad equivalente sobre el MORDAZA de inversion; x) Las actas de las inspecciones en inversiones realizadas por las instituciones externas autorizadas o por la Superintendencia; y) Los documentos sobre descargos y sanciones en inversiones; z) Cualquier otra documentacion relevante que a criterio de las AFP deba mantenerse dentro del archivo centralizado; y, aa)Otras que determine la Superintendencia. Obligacion de evaluar e informar a la SBS sobre cualquier incumplimiento al presente Capitulo Articulo 151º.- La unidad de auditoria interna o unidad equivalente sera la encargada de evaluar cualquier incumplimiento a lo senalado en el presente Capitulo e informar oportunamente al Directorio de la AFP y a la Superintendencia sobre tales hechos, incluyendo las medidas preventivas y correctivas adoptadas. Asimismo, a solicitud de la Superintendencia, la AFP debera presentar la informacion y documentacion que le sea requerida sobre el cumplimiento de las disposiciones senaladas en el presente Capitulo. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Vigesima Primera.- Evaluacion de cumplimiento Las AFP tendran un plazo de ciento veinte (120) dias calendario, contados a partir de la publicacion de

la presente Resolucion, para presentar un informe detallado a la Superintendencia sobre el cumplimiento de las disposiciones a las que se refiere el presente capitulo. 07625

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV
Disponen inscribir modificaciones al Reglamento de Participacion de "Coril Instrumentos de Corto Plazo 8 - Fondo de Inversion" en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 035-2005-EF/94.11 MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2005 VISTOS: El expediente Nº 2005005026 presentado por Grupo Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A., asi como el Informe Nº 111-2005-EF/94.55 de fecha 6 de MORDAZA de 2005 presentado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 035-99-EF/ 94.10 de fecha 9 de marzo de 1999 se autorizo a Progreso S.A. Sociedad Administradora de Fondos, hoy Grupo Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A., a administrar fondos de inversion; Que, mediante Resolucion Gerencia General Nº 0582004-EF/94.11 del 25 de junio de 2004 se dispuso la inscripcion del fondo de inversion denominado "Coril Instrumentos de Corto Plazo 8 - Fondo de Inversion" en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, mediante escrito presentado el 22 de febrero de 2005, Grupo Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A. solicito la modificacion del Reglamento de Participacion y del Contrato de Suscripcion de Cuotas de "Coril Instrumentos de Corto Plazo 8 - Fondo de Inversion"; Que, mediante Oficio Nº 1657-2005-EF/94.55 de fecha 18 de marzo de 2005, se comunico a Grupo Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A., las observaciones a la documentacion presentada, las mismas que fueron subsanadas mediante escrito remitido el 22 de marzo de 2005; Que, de conformidad con la documentacion presentada, Grupo Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A. ha cumplido con lo previsto en el articulo 39º del Reglamento de Fondos de Inversion y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 042-2003-EF/94.10, para la inscripcion de las modificaciones al Reglamento de Participacion del Fondo; Que, asimismo, Grupo Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A. ha presentado el modelo de contrato de suscripcion de cuotas actualizado con los cambios propuestos; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 2º inciso a) del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por el Decreto Ley Nº 26126; asi como en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 056-2002-EF; y a las facultades delegadas al Gerente General de CONASEV por acuerdo Nº 115-99 del Directorio de esta Institucion reunido en sesion de fecha 06 de MORDAZA de 1999; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la inscripcion de las modificaciones del Reglamento de Participacion del fondo de inversion denominado "Coril Instrumentos de Corto Plazo

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