TEXTO PAGINA: 41
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G35/G37/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 27 de abril de 2005 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G6E/G6F/G73/G20/G79/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G75/G72/G62/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G2D/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 615-2004-GDU-GCDL-MSS Expediente Nº 010045-2004 M-2 y AnexosSantiago de Surco, 11 de noviembre de 2004EL GERENTE DE DESARROLLO URBANOVISTO: El petitorio presentado por el BANCO INTER- NACIONAL DEL PERU, sobre Aprobación de Habilita- ción Urbana Nueva de Lote Único, para Uso Residencial de Alta Densidad Tipo “R-6”, del terreno de 2,989.17m², constituido por el Lote 06 de la Manzana "A1" de la Par- celación Semirrústica “El Vivero”, ubicado frente a la Av. El Derby (antes Calle X), en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, y; CONSIDERANDO:Que, la Subgerencia de Autorización y Control de Obras emite el Informe Nº 787-2004-SGACO-GDU-GCDL-MSS de fecha 23.06.04 (fs. 40 a 43), señalando que el adminis- trado ha cumplido con acompañar los documentos esta- blecidos en el TUPA para el presente procedimiento, que el terreno de 2,989.17 m2 se encuentra ubicado en Área de Estructuración Urbana III-A – Área de Mayor Homogenei- dad de Funciones, Subárea de Estructuración Urbana A, en una zona de Uso Residencial de Alta Densidad Tipo “R6”; que efectuada la inspección ocular que el caso re- quiere, se ha constatado que el terreno materia de habilita- ción es de topografía plana, que en el mismo se ha cons- truido una edificación de dos pisos, encontrándose afecto a la Av. El Derby, por lo que debe ser remitido a la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas a fin que emita el dicta- men pertinente, en atención a lo cual en Sesión Nº 010- 2004 de fecha 28.06.04, la citada Comisión emite el Dicta- men DESFAVORABLE, anotando que se deberá mejorar la expresión gráfica del plano de Lotización y Vías, valorizan- do y achurando según corresponda la berma, vereda, y área cedida para vías, indicando sus áreas respectivas, debiendo precisar con trazos diferenciados el lindero del terreno rústico del terreno resultante, y las secciones de las vías existentes según el Certificado de Zonificación y Vías Nº 042-2004-SGPCCU-GDU-MDD, agregando que conforme a la Ordenanza Nº 181-MSS y el numeral 6.1.2. (B), se deberá ceder el aporte para Recreación Pública en terreno, no siendo factible la redención en dinero; dictamen que se hizo de conocimiento de la administrada con la Notificación Nº 1124-2004-SGACO-GDU-MSS del 30.6.04, en virtud a lo cual con escrito de fs. 65 cumple con adjuntar nuevos planos de Ubicación y Lotización (fs. 66 y 67); Que, la Subgerencia de Autorización y Control de Obras emite el Informe Nº 1852-2004-SGACO-GDU- GCDL-MSS de fecha 25.10.04 (fojas 77 a 80), indicando la Ordenanza Nº 292-MML, establece los Aportes Re- glamentarios que deben ceder las Habilitaciones Urba- nas con fines de Vivienda Tipo R5, porcentaje que según el Reglamento Nacional de Construcciones, en las habi- litaciones para uso de vivienda multifamiliar con coefi- cientes de edificación superior a 2.4 como el presente caso, se incrementan en 1.5% por cada 0.1 de aumento de dicho coeficiente, por lo que finalmente los aportes reglamentarios que deberían ceder los propietarios de los predios ubicados en zonas calificadas con el Uso Residencial de Alta Densidad Tipo “R6” como el presen- te caso son: para Recreación Pública 28.52%, Parques Zonales 2.48%, Ministerio de Educación 2.48%, y Otros Fines 4.96%; sin embargo, como es de verse en los actuados, el proyectista propone se respeten los por- centajes indicados en la Ordenanza sin considerar el incremento señalado en el Reglamento Nacional de Cons- trucciones, por lo que los actuados fueron remitidos a laComisión Técnica de Habilitaciones Urbanas para el dic- tamen respectivo; Que, la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad de Santiago de Surco, en su Sesión Nº 014- 2004 de fecha 27-08-2004 (fs. 70 a 72), acordó emitir el DICTAMEN: FAVORABLE con relación a la solicitud formu- lada por el BANCO INTERNACIONAL DEL PERU, corres- pondiente a la Aprobación del Proyecto de Habilitación Ur- bana Nueva de Lote Único del terreno de 2,989.17 m2 de su propiedad según Partida Registral Nº 44556766, constituido por el Lote 06 de la Mz. A1 de la Parcelación Semirrústica “El Vivero” ubicado con frente a la Av. El Derby (antes Calle X) Nº 555-551, en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, calificado con zonificación residen- cial “R-6”, determinando: Que los aportes reglamentarios al Servicio de Parques, Recreación Pública, Ministerio de Edu- cación y Otros Fines, serán redimidos en dinero; debiéndo- se respetar los porcentajes de aportes establecidos en la Ordenanza Nº 292-MML para las habilitaciones Tipo 5 (Total 31%), sin que sea exigible el incremento requerido en el Reglamento Nacional de Construcciones, considerando que no existe en la Ordenanza artículo alguno en el que se pre- cise la obligatoriedad de aplicar dicho incremento; agregan- do a ello que el propietario deberá ejecutar las veredas, bermas de estacionamiento, pista secundaria y separador lateral de acuerdo a los planos aprobados; En mérito al dictamen aprobatorio, se emitió la Notifi- cación Nº 1643-2004-SGACO-GDU-MSS del 01.09.04 (fs. 73 y 74), poniendo en conocimiento al administrado que previo a la prosecución del trámite de aprobación de Habilitación Urbana, debía cumplir con cancelar S/. 1016.41 Nuevos Soles por concepto de liquidación, monto que ha sido cancelado con Recibo Único de Caja Nº 198786 de fecha 16.9.2004 (fs. 75 y 76); Estando a la normatividad contenida en la Ley Nº 26878, Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General, y facultad expresa prevista en el literal e) del Artículo 158º de la Ordenanza Nº 160-MSS; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, los planos signados con el Nº 058.01-2004-SGACO-GDU-GCDL-MSS y Nº 058.02- 2004-SGACO-GDU-GCDL-MSS, referentes a los proyec- tos de Trazado, Lotización, Pavimentación de calzadas, ve- redas y bermas de estacionamiento, correspondiente a la Aprobación de Habilitación Urbana Nueva de Lote Único para Uso Residencial “R6”, en el terreno de 2,989.17m2, constituido por el Lote 06 de la Mz. “A1” de la Parcelación Semi rústica “El Vivero” ubicado con frente a la Av. El Derby (antes Calle X) Nº 555-551, en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, al BANCO INTER- NACIONAL DEL PERU, para ejecutar en el plazo de die- ciocho (18) meses contados a partir de la fecha de notifi- cación de la presente Resolución, las obras de Habilita- ción Urbana cuyos proyectos se aprueban, debiendo sujetarse los trabajos a los planos firmados y sellados por este Corporativo, teniendo en cuenta lo siguiente: DISEÑO URBANO:Considerando que el terreno de 2,989.17 m2, se en- cuentra en un área calificada como Uso Residencial “R- 6", el cuadro de Áreas que se aprueba es el siguiente: CUADRO DE ÁREAS ÁREA BRUTA TOTAL DEL TERRENO 2, 989.17 m2 ÁREA CEDIDA PARA VÍAS 439.36 m2 ÁREA ÚTIL 2, 549.81 m2 Aportes Reglamentarios.- Conforme al dictamen emitido por la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas en su Sesión Nº 014-2004 de fecha 27-8-2004 la Ordenan- za Nº 292-MML establece los Aportes Reglamentarios que deben cumplir las habilitaciones con fines de vivienda Tipo 5 al proyectar una Habilitación Urbana, sin que sea exigible el incremento requerido en el Reglamento Nacional de Construcciones, considerando que no existe artículo algu- no en la Ordenanza Nº 292-MML, en el que se precise la obligatoriedad de aplicar dicho incremento; por lo que los porcentajes de aportes reglamentarios que corresponden al Área Bruta Total de 2,989.17m2 son los siguientes: