Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2005 (27/04/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 27 de MORDAZA de 2005

eficiencia en el desempeno de los cargos asignados, asi como decoro y honradez; Que, la Contraloria General de la Republica refiriendose a la integridad y valores eticos, senala que la integridad constituye una calidad de persona que mantiene principios MORDAZA solidos y vive en un MORDAZA de valores. La etica esta conformada por valores MORDAZA que permite a la persona adoptar decisiones y tener un comportamiento correcto en las actividades que le corresponden cumplir en la entidad; Que, en el caso de un auxiliar coactivo, en especial, que es depositario de documentacion importante para la entidad y debe garantizar la imparcialidad a los contribuyentes, debe tener un comportamiento intachable y debe observar los principios MORDAZA descritos. De lo anteriormente expresado, se desprende que la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de auxiliar coactivo, no se ha conducido dentro del MORDAZA de las normas de conducta que su cargo le exige, por lo que la Comision considera que ha incumplido las obligaciones previstas en el Articulo 21º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, incisos a); b) y h); Que, con relacion a la falta imputada al Sr, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Observacion Nº 1; el citado senor, no ha presentado descargo alguno y la Comision no ha encontrado elementos que permitan justificar la falta de diligencia imputada por el Organo de Control respecto al cumplimiento de sus funciones, incumpliendo con los deberes senalados en los incisos a); b) y h), Articulo 21º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; Que, de todo lo expuesto la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios concordo que las personas senaladas al incumplir las funciones indicadas en cada uno de los acapites, incurrieron en las faltas de caracter disciplinario enunciadas en los incisos a); d) y l) del Articulo 28º de la Ley. Cabe destacar que para establecer la gravedad de las faltas se ha tomado en consideracion lo previsto en el Articulo 154º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado mediante D.S. Nº 005-90-PCM y de acuerdo al Articulo 28º de la Ley citada, las faltas de caracter disciplinario mencionadas pueden sancionarse con cese temporal o con destitucion, previo MORDAZA aun concluido su vinculo laboral, segun establece el Articulo 175º de su Reglamento; Que, de conformidad con el Articulo 170º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa indicado, el informe de la Comision debe recomendar las sanciones que MORDAZA de aplicacion y es prerrogativa del Titular de la Entidad determinar el MORDAZA de sancion a aplicarse; Que, estando a lo informado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 276 "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa" y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Imponer la sancion Disciplinaria de Cese Temporal sin goce de remuneraciones por un periodo de Dos (2) meses, a la Sra. MORDAZA MORDAZA Salazar; de Cese Temporal sin goce de remuneraciones por un periodo de Diez (10) meses, al Sr. MORDAZA MORDAZA Mendivil Mamani. Articulo Segundo.- Imponer la sancion disciplinaria de Destitucion al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quedando inhabilitados para desempenarse en la Administracion Publica bajo cualquier forma o modalidad en un periodo no menor de cinco (5) anos, por los considerandos expuestos. Articulo Tercero.- Imponer la sancion disciplinaria de Suspension a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la misma que debera oficializarla el Jefe de Recursos Humanos de conformidad con el Articulo 157º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa aprobado mediante D.S. Nº 005-90-PCM. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion debera ser comunicada a la Presidencia del Consejo de Minis-

tros y a la Contraloria General de la Republica, asi como publicarse en el Diario Oficial, de acuerdo a Ley. Articulo Quinto.- La Gerencia de Recursos Humanos debera incorporar un ejemplar de la presente Resolucion en los legajos personales respectivos. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 08043

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA
Modifican la Ordenanza Nº 57, mediante la cual se establecieron las tasas de los Arbitrios Municipales
ORDENANZA Nº 62 EL MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en sesion de fecha catorce de MORDAZA del dos mil cinco, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 57 EN BENEFICIO DE LOS POBLADORES DEL PROGRAMA MUNICIPAL "VILLA MERCEDES" Articulo 1º.- Modificase el articulo 4º de la Ordenanza Nº 57, que establece las tasas de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, publicada el 12 de diciembre del 2004, agregando el parrafo siguiente: "Por excepcion, en el ano 2005, los contribuyentes domiciliados en el Programa Municipal "Villa Mercedes" pagaran los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo en los meses de MORDAZA a diciembre del 2005 en ocho cuotas mensuales iguales, de las que la primera vencera el 31 de MORDAZA del ano en curso". Articulo 2º.- Los contribuyentes domiciliados en el Programa Municipal "Villa Mercedes" pagaran los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes a los meses de enero a marzo del 2005, sin intereses, en ocho cuotas mensuales iguales, de las que la primera vencera el 31 de MORDAZA del ano en curso. Articulo 3º.- La Oficina de Administracion Tributaria dejara sin efecto todos los recibos emitidos por concepto de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo a cargo de los contribuyentes domiciliados en el Programa Municipal "Villa Mercedes" que no hubieran sido pagados hasta la fecha de entrada en vigencia de esta ordenanza. Asimismo, girara nuevos recibos en cumplimiento de lo dispuesto en los articulos primero y MORDAZA de esta ordenanza y cuidara de distribuirlos oportunamente para que los contribuyentes beneficiados puedan efectuar sus pagos en los plazos senalados. POR TANTO: En uso de las facultades senaladas en el inciso 5 del articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, la promulgo a los catorce dias del mes de MORDAZA del 2005; y, Mando que se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA ABUGATTAS NAZAL MORDAZA 08001

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