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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (04/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G30/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 4 de agosto de 2005 con el soporte técnico y las correspondientes actuali- zaciones de los productos; Que, al haberse configurado la causal prevista en el literal e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, re-sulta procedente exonerar la contratación del servicio de migración, mantenimiento y soporte técnico de li- cencias de Base de Datos Oracle -de licencias porNUSS y por UPUS "Oracle Database Enterprise Edi- tion" a Licencias por procesador "Oracle Database Enterprise Edition"-, por un período de 12 (doce) me-ses contados a partir del mes de agosto del 2005 y un valor referencial total de US$ 31,416.00 (Treinta y un mil cuatrocientos dieciséis con 00/100 Dólares Ameri-canos), incluido impuestos -o su equivalente en Nue- vos Soles calculado al tipo de cambio del día de pago; Que, el literal a) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone que la exoneración debe ser apro- bada por resolución del Titular del Pliego de la Entidad; Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 8º de la Ley Nº 27056 “Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD)”, en concordancia con lo señala-do en el numeral 1 del artículo 2º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Presidente Ejecutivo es la más alta autoridad ejecutivade ESSALUD y Titular de la Entidad, por lo que le co- rresponde autorizar la mencionada exoneración; Que, según lo regulado en el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado y en el artículo 148º de su Regla- mento, la contratación del servicio objeto de la exone-ración será realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad, en forma directa mediante acciones inmediatas; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE:1. APROBAR la exoneración de una Adjudicación Directa Selectiva para la contratación del servicio demigración, mantenimiento y soporte técnico de licen- cias de Base de Datos Oracle -de licencias por NUSS y por UPUS "Oracle Database Enterprise Edition" aLicencias por procesador "Oracle Database Enterpri- se Edition"-, por un período de 12 (doce) meses conta- dos a partir del mes de agosto del 2005; autorizandoque la misma se lleve a cabo en forma directa, por el monto de US$ 31,416.00 (Treinta y un mil cuatrocien- tos dieciséis con 00/100 Dólares Americanos), incluidoimpuestos -o su equivalente en Nuevos Soles calcula- do al tipo de cambio del día de pago-, con cargo a recursos propios. 2. DISPONER que la Gerencia General apruebe las Bases que correspondan a la presente exoneración. 3. DISPONER que la Gerencia Central de Adquisicio- nes se encargue de realizar la contratación que deriva de la presente exoneración, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado. 4. DISPONER que la Gerencia Central de Adquisicio- nes se encargue de la publicación de la presente Resolu-ción en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contra- taciones del Estado - SEACE, dentro del plazo de Ley. 5. DISPONER que la Secretaría General remita al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Contraloría General de la República, copia de la presente Resolución y delos informes que la sustentan, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. 6. DISPONER que la Secretaría General haga de conocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud la presente Resolución. 7. DISPONER la publicación de la presente Resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS CHIRINOS CHIRINOS Presidente Ejecutivo 13562INABEC /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G73/G65/G73/G6F/G72/G61/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G2D /G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/GE9/G72/G69/G74/G6F/G73 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 182-JI-INABEC/2005 San Borja, 27 de julio de 2005 VISTOS: Los Informes Nº 151-OA/INABEC-2005 de la Oficina de Administración y Nº 138-OASI-INABEC/2005 de la Oficina de Asesoramiento Institucional y demás antece- dentes adjuntos a los citados informes que sustentan laexoneración del proceso de Adjudicación Directa Selecti- va Nº 009-CEP-INABEC-2005, para contratar los servi- cios de la Entidad que ejecutará la evaluación y selec-ción de personal en el marco del Concurso Público de Méritos Nº 002-2005-INABEC, para cubrir Plazas Va- cantes. CONSIDERANDO: Que, a fin de dar cumplimiento a lo recomendado por la Contraloría General de la República en el InformeNº 103-2005-CG/SSO - Examen Especial del Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo, el INABEC emi- tió la Resolución Jefatural Nº 133-JI-INABEC/2005 porla cual convocó al Concurso Público de Méritos para cubrir plazas vacantes; Que, en tal sentido, se ha efectuado la Convocatoria al Concurso Público de Méritos Nº 002-2005-INABEC, para cubrir las plazas vacantes en el INABEC; resultan- do necesario contratar los servicios de asesoramientopara llevar adelante el proceso de evaluación y selec- ción de los postulantes a dichas plazas vacantes; Que, el artículo 19º inciso a) del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que están exoneradas del correspondienteproceso de selección, las adquisiciones que se realicen entre Entidades del Sector Publico, de acuerdo a los criterios de economía que establezca el Reglamento; Que, el artículo 139º del Reglamento de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, prescribe que la exonera-ción del proceso de selección respectivo entre Entida- des del Estado, a que se refiere el artículo 19º, inciso a) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, debe estar sustentada en un informe técnico-económico y legal, emitidos por las áreas técnica y de asesoría jurídica de la Entidad, con la justi-ficación que demuestre que la adquisición o contratación resulta más favorable y ventajosa en comparación con los precios del mercado, que en razón de costos deoportunidad resulta más eficiente adquirir o contratar con otra Entidad del Estado, que debe consignarse en la resolución que apruebe la exoneración de los procesosde selección; Que, mediante Informe Nº 138-OASI-INABEC-2005 la Oficina de Asesoramiento Institucional del INABECmanifiesta que es legalmente factible se exonere del pro- ceso de selección por Adjudicación Directa Selectiva, la contratación de una Entidad del Estado que brinde con-sultoría y/o asesoría a la Comisión Especial de Concur- so Público de Méritos designada mediante Resolución Jefatural Nº 133-JI-INABEC/2005, debiendo por ello cum-plir con los requisitos establecidos en los artículos 19º inciso a) y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y 139º del Re- glamento de dicha Ley, aprobada por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, el Área de Planificación y Presupuesto, me- diante el Informe Nº 073A-2005-PPTO-OASI-INABEC, emitió informe de disponibilidad presupuestal, con cargoa la fuente de Financiamiento Recursos Directamente