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PÆg. 298428 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de agosto de 2005 Que, el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Decreto Supremo Nº 102-2005-EF de 10 de agosto de 2005 ha autorizado una transferencia de partidas al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones por un monto de DOS MILLONES SEISCIENTOS OCHO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2'608,000.00) para atender parte de la contribución del Perú al Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la mencionada contribución; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º numeral 67.1 de la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005-; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores el pago parcial de la contribución al capital social del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe por el importe de DOS MILLONES SEISCIENTOS OCHO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2'608,000.00). Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Función 13 Relaciones Exteriores, Programa 045 Política Exterior, Subprograma 0118 Relaciones Diplomáticas, Actividad 00624, Componente 02387 Coordinación y Participación en Autos y Organismos Internacionales, Meta 00565 Cuotas y Contribuciones a Organismos Internacionales, Genérica 4 Otros Gastos Corrientes, Específica del Gasto 42 Cuotas del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondientes al ejercicio 2005. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda Dólares Americanos será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 14165 Aceptan renuncia de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario delPerœ ante el Reino de Espaæa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 185-2005-RE Lima, 10 de agosto de 2005Vista la Resolución Suprema Nº 330/RE de fecha 18 de octubre de 2002, que nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante el Reino de España al señor Luis Fernando Olivera Vega; Vista la renuncia presentada en la fecha por el Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante el Reino de España a dicho cargo; De conformidad con la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; el artículo 118º y la Primera Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia al cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante el Reino de España, presentada por el señor Luis Fernando Olivera Vega, a partir de la fecha, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo Segundo.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, publíquese y comuníquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 14166 Oficializan evento "XXXVI Congreso Spot y XI Congreso Sudamericano deHombro y Codo", organizado por laSociedad Peruana de Ortopedia yTraumatología RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0813-2005-RE Lima, 10 de agosto del 2005 Visto el Oficio Nº 884-2005-DVM/MINSA, mediante el cual el Viceministro de Salud, Dr. José Carlos Del Carmen Sara, solicita la oficialización del evento "XXXVI Congreso Spot y XI Congreso Sudamericano de Hombro y Codo", que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, del 14 al 17 de septiembre de 2005. REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar susrespectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU