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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G34/G33/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 12 de agosto de 2005 se ha declarado de interés nacional la realización de los eventos a los que se refiere la presente Resolución; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; con la Ley Nº 26112 - Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; con la Ley Nº 28091 - Ley del Servicio Diplomático de la República y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Vicente Alejandro Azula de la Guerra, Director Ejecutivo de Organización y Logística de la IX Reunión de Cancilleres de los Estados Miembros de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica - OTCA y de la XIII Reunión del Consejo de Cooperación Amazónica- CCA, a realizarse en la ciudad de Iquitos entre el 8 y 9 de septiembre de 2005, con la finalidad de coordinar y atender debidamente los aspectos materiales que serán necesarios para cumplir con el compromiso asumido por el Perú. Artículo Segundo.- El Embajador Vicente Azula de la Guerra, en su calidad de Director Ejecutivo de Organización y Logística de la IX Reunión de Cancilleres de los Estados Miembros de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica - OTCA y de la XIII Reunión del Consejo de Cooperación Amazónica - CCA; propondrá a la Alta Dirección la designación de los funcionarios que prestarán apoyo en la preparación y atención de la reuniones. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado y a los funcionarios que actualmente la integran, la labor de coordinar, programar y atender los detalles relacionados al protocolo y ceremonial durante el arribo y salida de los ilustres invitados, así como durante el desarrollo de la IX Reunión de Cancilleres de los Estados Miembros de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica - OTCA, de la XIII Reunión del Consejo de Cooperación Amazónica - CCA, las reuniones previas y los actos oficiales que sean programados. Artículo Cuarto.- Disponer que la Dirección Ejecutiva de Organización y Logística deberá coordinar con la Secretaría de Administración todos los aspectos presupuestales y logísticos relacionados con los eventos que comprenden la citada Cumbre Presidencial. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 14084 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G76/G69/G61/G6A/G65/G20 /G64/G65/G20 /G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F /G64/G69/G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G63/G6F/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20 /G65/G6E /G53/G65/G6D/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G74/G6F/G63/G6F/G6C/G6F/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/GE1 /G65/G6E/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0820-2005-RE Lima, 10 de agosto del 2005 CONSIDERANDO: Que en el ámbito de los preparativos de la XV Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno a realizarse los días 14 y 15 de octubre de 2005 en la ciudad de Salamanca, España, entre otros eventos de similar magnitud, el Departamento de Protocolo de la Presidencia de Gobierno del Reino de España ha convocado a un "Seminario de Protocolo" para expertos del área, que se celebrará del 7 al 9 de septiembre de 2005 en el Centro de Formación que la Agencia Española de Cooperación Internacional, en la ciudad Cartagena de Indias, República Colombiana; Que para tal efecto se ha realizado una convocatoria cerrada dirigida a los Directores de Protocolo de los Presidentes Iberoamericanos, para quienes se ha previsto un Seminario que versará además de aquellas materias que han venido siendo identificadas como Protocolo en un sentido clásico, otros temas que se denominan "Protocolo Integral", donde se darán a conocer aspectos tanfundamentales para la organización de eventos como la logística general, la seguridad, la cobertura sanitaria, los transportes y la participación de los medios de comunicación; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 4319, del Gabinete de Coordinación del Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, del 21 de julio de 2005; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el inciso c) del artículo 7º de la Ley Nº 28427, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005; y el Decreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Eduardo Manuel Alfredo Llosa Larrabure, Director Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, para que participe en el Seminario de Protocolo organizado por el Departamento de Protocolo de la Presidencia de Gobierno del Reino de España, a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 7 al 9 de septiembre de 2005. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo el citado funcionario rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viáticos Número Total Ta rifa US$ por día de días v iáticosaeropuerto US$ US$ US$ Eduardo Manuel Alfredo LIosa Larrabure 516.00 200.00 3+1 800.00 28.24 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la citada comisión, el mencionado funcionario deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 14085 /G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G20/G22/G50/G65/G72/GFA/G3A/G20/G53/GE9/G74/G69/G6D/G6F /G53/G69/G6D/G70/G6F/G73/G69/G75/G6D/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G4F/G72/G6F/G22/G20/G71/G75/G65 /G73/G65/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/GE1/G20/G65/G6E/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0821-2005-RE Lima, 10 de agosto de 2005 Visto el Oficio Nº 1326-2005-MEM/DM, mediante la cual el Ministro de Energía y Minas, solicita la oficialización del evento "Perú: Sétimo Símposium Internacional del Oro", que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, del 3 al 5 de mayo de 2006. CONSIDERANDO:Que, la ciudad de Lima es sede del evento "Perú: Sétimo Simposium Internacional del Oro", que se llevará a cabo