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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (12/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 44

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G34/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 12 de agosto de 2005 del 3 al 5 de mayo de 2006, el cual viene siendo organizado por el Comité Aurífero de la Sociedad Nacíonal de Minería, Petróleo y Energía; Que, el mencionado evento pretende mostrar el impresionante desarrollo que ha logrado la minería en el Perú y promover el conocimiento del potencial de recursos naturales, contribuyendo a generar nuevas inversiones y oportunidades de negocios, entre otros aspectos del desarrollo minero del país; De conformidad con los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001- 2001-RE, de 3 de enero de 2001 y el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de diciembre de 1992; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Oficializar el evento "Perú: Sétimo Simposium Internacional del Oro", que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, del 3 al 5 de mayo de 2006. Artículo Segundo.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 14086 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G67/G75/G6E/G64/G61/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G49/G6E/G74/G65/G72/G67/G75/G62/G65/G72/G6E/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G46/G6F/G6E/G64/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G50/G75/G65/G62/G6C/G6F/G73/G20/G49/G6E/G64/GED/G67/G65/G6E/G61/G73/G20/G64/G65/G41/G6D/GE9/G72/G69/G63/G61/G20/G4C/G61/G74/G69/G6E/G61/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G43/G61/G72/G69/G62/G65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0823-2005-RE Lima, 10 de agosto de 2005 VISTA:La Nota Nº PER-00380/05, del 29 de marzo de 2005, a través de la cual la Embajada de los Estados Unidos Mexicanos en el Perú cursa una invitación a nuestro país para participar en la Segunda Reunión Intergubernamental del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe, que se realizará en México D.F., Estados Unidos Mexicanos, el 15 y 16 de agosto de 2005; CONSIDERANDO: Que, la Segunda Reunión Intergubernamental del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe, se realizará en México D.F., Estados Unidos Mexicanos, el 15 y 16 de agosto de 2005; Que, el referido evento contará con el auspicio del gobierno mexicano, así como con la participación de representantes de los 21 Estados Miembros del Fondo Indígena, agencias de cooperación internacional e invitados especiales; Que, la reunión tiene como objetivo compartir con los gobiernos latinoamericanos el esfuerzo orientado a construir una alianza que permita impulsar la aprobación de las Declaraciones sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y de la Organización de los Estados Americanos (OEA); Que, el evento en mención busca concertar un plan de acción regional para el Segundo Decenio de los Pueblos Indígenas y la materialización de los Objetivos de Desarrollo del Milenio con la participación indígena; Que, asimismo, seguidamente a la reunión antes señalada se realizará en la capital mexicana la Reunión de la Comisión de Derechos Humanos del Fondo Indígena, a desarrollarse el 17 de agosto de 2005 y el 24º Consejo Directivo del referido ente, a llevarse a cabo los días 18 y 19 de dicho mes; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GPX) Nº 3286, del Gabinete de Coordinación del Secretariode Política Exterior, de 2 de agosto de 2005; y la Hoja de Trámite (GAC) Nº 4685, del Gabinete de Coordinación del Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 4 de agosto de 2005; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el inciso c) del artículo 7º de la Ley Nº 28427, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005; y el Decreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje al Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Vicente Rojas Escalante, Director General de Diplomacia Social del Ministerio de Relaciones Exteriores, para participar en la Segunda Reunión Intergubernamental del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe, que se realizará en la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, el 15 y 16 de agosto de 2005. Artículo Segundo.- Asimismo, se autoriza al Ministro Vicente Rojas Escalante a participar en la Reunión de la Comisión de Derechos Humanos del Fondo Indígena, a desarrollarse el 17 de agosto de 2005 y en el 24º Consejo Directivo del referido ente, a llevarse a cabo los días 18 y 19 de dicho mes. Artículo Tercero.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo el citado funcionario rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viáticos Número T otal T arifa US$ por día de días vi áticos aeropuerto US$ US$ US$ Vicente Rojas Escalante 748.39 220.00 5+1 1,320.00 28.24 Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la citada comisión, el mencionado funcionario deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Quinto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 14087 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G64/G65/G6C/G65/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/GE1/G20/G65/G6E /G65/G6C/G20/G58/G49/G58/G20/G43/G6F/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G50/G6F/G73/G74/G61/G6C/G20/G64/G65 /G6C/G61/G73/G20/G41/G6D/GE9/G72/G69/G63/G61/G73/G2C/G20/G45/G73/G70/G61/GF1/G61/G20/G79/G20/G50/G6F/G72/G74/G75/G67/G61/G6C/G20/G71/G75/G65 /G73/G65/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/GE1/G20/G65/G6E/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0828-2005-RE Lima, 10 de agosto de 2005 VISTA: La comunicación cursada por el Secretario General de la Unión Postal de las Américas, España y Portugal (UPAEP),