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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (06/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

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PÆg. 305714 NORMAS LEGALES Lima, martes 6 de diciembre de 2005 SEPARATAS ESPECIALESintegrante de la presente Directiva, en un plazo que no excederá de tres (03) meses contados desde la publicación de la presente resolución. 7. IMPACTO ESPERADO.- 7.1 PARA LOS USUARIOS.-Con la modificación de las normas que rigen el procedimiento de reclamos y la facturación de los serviciosde saneamiento, se espera que los usuarios tengan un mayor acceso a información sobre la adecuada prestación de los servicios y sobre los derechos que gozan. Asimismo, las modificaciones se orientan a brindar al usuario mayores posibilidades de interponer reclamos, otorgarlemayores elementos de juicio para la negociación, etc. A cambio, el usuario deberá ser diligente y antes de interponer un reclamo deberá asegurarse de que el problema no es de suresponsabilidad, pues en caso de resultar infundado su reclamo, deberá asumir los costos de las pruebas realizadas. Se considera que la propuesta contribuye a una mejor cautela de los derechos de los usuarios, sin imputarles mayores costos. Dicha cautela también se vislumbra en lasmodificaciones relativas a los requisitos para realizar las contrastaciones, pues la exigencia de que en el procedimiento de reclamos, estas pruebas sean realizadas porContrastadoras o por las EPS cumpliendo los mismos requisitos exigidos por INDECOPI, debe contribuir a brindar mayores garantías de imparcialidad.7.2 PARA LAS EPS.- Se espera que la propuesta contribuya a ordenar y aclarar el procedimiento de reclamos, y dejar claras lasresponsabilidades de pago en las relaciones EPS - usuarios, en cumplimiento del objetivo general de la SUNASS de cautelar los intereses de los involucrados de manera imparcial y objetiva. También se espera incentivar la micromedición en el país, con el objetivo que las EPS facturen lo realmente consumido por los usuarios atendidos. Asimismo, los cambios normativosestán orientados a la mejora de la prestación y mantenimiento de los servicios en beneficio de los usuarios. Otra propuesta importante es el cambio en la definición de la Categoría Estatal, la cual ya no deberá ser aplicable a las unidades de uso que no se encuentran incluidas en otras categorías. 7.3 PARA LA SUNASS.- Se proponen cambios en las normas que se espera contribuyan a mejorar los procedimientos seguidos, es el caso de la reglamentación del procedimiento para atenciónde la queja, que permite ordenar la actuación del TRASS y cumplir de mejor manera con los principios administrativos aplicables. Asimismo, se aclaran disposiciones en las normasde tal manera que no tenga diversas interpretaciones. Asimismo, se aclara la competencia de la SUNASS respecto a temas de metrología. 20600 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0710-2005-ED Mediante Oficio Nº 1458-2005/ME-SG, el Ministerio de Educación solicita se publique Fe de Erratas de laDirectiva para inicio del Año Escolar 2006: Orientaciones y Normas Nacionales para la Gestión en las Instituciones Educativas de Educación Básica y Educación TécnicoProductiva, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 0710-2005-ED y publicada en Separata Especial en nuestra edición del día 1 de diciembre de 2005. 1. III BASE LEGAL DICE: §R.M. Nº 0592-2005-ED Plan Educativo para todos 2005-2015, Perú DEBE DECIR: §R.M. Nº 0592-2005-ED Plan Nacional de Educación para Todos 2005-2015, Perú 2. IV. ORIENTACIONES Y NORMAS GENERALES DE GESTIÓN PEDAGÓGICA 1.4 Mínimo de horas efectivas de trabajo pedagógico por niveles Segundo párrafo DICE: ... el horario puede ser de 4 horas pedagógicas en la semana. DEBE DECIR : ... el horario puede ser de 4 horas pedagógicas diarias. 3. IV. ORIENTACIONES Y NORMAS GENERALES DE GESTIÓN PEDAGÓGICA 1.6 Organización del Año Lectivo1.6.1 Inicio y término del año escolar DICE: En las áreas rurales, en concertación con los padres y madres de familia, se establecerá la calendarización y el horario de la jornada escolar diaria más conveniente,de acuerdo con la realidad local, asegurando el cumplimiento de las 38 semanas de clase, así como el mínimo de horas de trabajo establecidas en cada nivel.Los Directores de las Instituciones Educativas con el apoyo de los Consejos Educativos Institucionales, tienenla responsabilidad de organizar la Institución Educativa para acoger a sus alumnos, de manera cordial, segura y saludable durante todo el año escolar 2006. DEBE DECIR: En las áreas rurales, en concertación con los padres y madres de familia, se establecerá la calendarización yel horario de la jornada escolar diaria más conveniente, de acuerdo con la realidad local, asegurando el cumplimiento de las 38 semanas de clase, así como elmínimo de horas de trabajo establecidas en cada nivel. 4. IV. ORIENTACIONES Y NORMAS GENERALES DE GESTIÓN PEDAGÓGICA 1.6 Organización del Año Lectivo1.6.2 Políticas Educativas DICE: b) Plan de Educación para Todos (EPT) 2005 - 2010 PERU... y vigilar “el Plan Educación para Todos 2005 - 2010-PERU”... DEBE DECIR: b) Plan Nacional de Educación para Todos (EPT) 2005 - 2015 PERU ... y vigilar el “Plan Educación para Todos 2005 - 2015 PERU”... 5. IV. ORIENTACIONES Y NORMAS GENERALES DE GESTIÓN PEDAGÓGICA 1.7 Estudiantes que concluyen el 5º grado de Educación Secundaria DICE: ... entregan documentos de orden de méritos de estos grados de secundaria, o certificados sólo cuando sehaya expedido las actas correspondientes... DEBE DECIR : ... entregan documentos de orden de méritos de cualquiera de estos grados de secundaria sólo al finalizarel 5º grado de Secundaria... 20650PROYECTO