Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2005 (11/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, MORDAZA 11 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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garantia que senale la Comision de Venta, que sera considerado como pago a cuenta. Articulo 7º.- La Oficina de Drogas e Insumos Quimicos de la OFECOD, prestara asesoramiento y apoyo a la Comision durante todo el MORDAZA y entregara a los compradores, segun comunicacion de la referida Comision, los insumos quimicos adquiridos, con participacion de un profesional quimico y en presencia de representante del Ministerio Publico, previa suscripcion de la respectiva Acta de Entrega Recepcion. Articulo 8º.- La Comision de Venta formulara un informe documentado sobre el desarrollo del MORDAZA, que sera presentado a la Direccion General de la OFECOD para su revision y posterior elevacion al senor Ministro del Interior. Articulo 9º.- La OFECOD en coordinacion con la Oficina de Administracion del Ministerio del Interior, dispondra la distribucion de los ingresos, producto de la venta de los productos e insumos quimicos materia de la presente Resolucion, de acuerdo a lo establecido en el articulo 93º del Reglamento de la Ley Nº 28305, aprobado por D.S. Nº 053-2005-PCM, de 27JUL2005. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TOMASIO Ministro del Interior 21008

JUSTICIA
Aprueban el Plan Nacional de Derechos Humanos 2006-2010 elaborado por el Consejo Nacional de Derechos Humanos
DECRETO SUPREMO Nº 017-2005-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, al suscribir la Declaracion y Programa de Accion de la Cumbre Mundial de Derechos Humanos celebrada en MORDAZA, en 1993, los Estados miembros de la ONU, y el Estado peruano en particular, adoptaron el compromiso de "considerar la posibilidad de elaborar un plan de accion nacional en el que se determinen las medidas necesarias para que ese Estado mejore la promocion y proteccion de los derechos humanos"; Que, conforme lo establece el articulo 44º de la Constitucion Politica del Peru, constituye obligacion del Estado peruano garantizar la plena vigencia de los Derechos Humanos; Que, en ese sentido, la Cuarta Disposicion Final y Transitoria de la Constitucion dispone que las normas relativas a los derechos y libertades que la Constitucion reconoce se interpretan de conformidad con la Declaracion Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por el Peru; Que, asimismo, el articulo 1º de la Ley Nº 25211, modificado por el articulo 4º de la Ley Nº 27741, establece la obligatoriedad de la difusion y ensenanza sistematizada y permanente de la Constitucion Politica del Peru, de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario, en todos los niveles del sistema educativo civil o militar, educacion superior, universitaria y no universitaria, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 14º de la propia Constitucion; Que, el Consejo Nacional de Derechos Humanos es el organo multisectorial creado en el Poder Ejecutivo y encargado de promover y coordinar la vigencia de los Derechos Humanos en el Peru, de conformidad con las obligaciones internacionales formalmente asumidas en este MORDAZA, asi como de asesorar al Gobierno en este campo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2001-JUS, se aprobo el Reglamento del Consejo Nacional de Derechos Humanos, senalando que sea este organo

quien proponga la politica gubernamental en el MORDAZA del Plan Nacional de Derechos Humanos; Que, en cumplimiento de los compromisos asumidos y en ejercicio de las funciones que le han sido asignadas, el Consejo Nacional de Derechos Humanos elaboro un proyecto del Plan Nacional de Derechos Humanos 2006 - 2010, el cual fue sometido a consideracion del Ministerio de Justicia; Que el proyecto de Plan Nacional de Derechos Humanos 2006 - 2010 ha sido elaborado teniendo en consideracion las Directrices de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas (OACDH); las obligaciones formalmente contraidas por el Peru en el MORDAZA del sistema internacional de proteccion y promocion de los derechos humanos; el ordenamiento constitucional y legal; las politicas de Estado contempladas en el Acuerdo Nacional; y las propuestas y recomendaciones recabadas en un amplio MORDAZA de Consulta Nacional, llevado a cabo por internet y a traves de la celebracion de 18 audiencias multirregionales, regionales y locales, con la participacion de 3000 entidades y organizaciones publicas y privadas a nivel nacional; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 440-2005JUS, se dispuso la prepublicacion en Internet del referido proyecto, a fin de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadania en general; Que, luego de evaluar y consolidar las sugerencias recibidas respecto del proyecto de Plan Nacional de Derechos Humanos, resulta conveniente proceder a su aprobacion; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, asi como en el Decreto Legislativo Nº 560; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo Primero.- Apruebase el Plan Nacional de Derechos Humanos 2006 - 2010 elaborado por el Consejo Nacional de Derechos Humanos. Articulo Segundo.- Dispongase la publicacion y difusion del Plan Nacional de Derechos Humanos 2006 2010, para su adecuada y oportuna implementacion en el ambito nacional. Articulo Tercero.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de diciembre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 21005

MIMDES
Encargan funciones de Jefe de la Oficina de Control Institucional del MIMDES
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 775-2005-MIMDES MORDAZA, 2 de diciembre de 2005 Visto, el Oficio Nº 1496-2005-CG/OCI-GSNC de fecha 16 de noviembre de 2005, del Gerente Central del Sistema Nacional de Control de la Contraloria General de la Republica; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Contraloria Nº 4292003-CG de fecha 16 de diciembre de 2003, entre otros, se encargo a la economista ZENINA MORDAZA MORDAZA, funcionaria de la Contraloria General de la Republica, la Jefatura del Organo de Control

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