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PÆg. 306014 NORMAS LEGALES Lima, domingo 11 de diciembre de 2005 Designan expedicionarios integrantes de la DØcimo Sexta Campaæa Científicadel Perœ en la AntÆrtida - ANTAR XVI,para viajar a la Estación Científica Machu Picchu RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1374-2005-RE Lima, 7 de diciembre de 2005VISTOS: El Memorándum Nº 260-05/SE-INANPE, del 25 de noviembre de 2005, el Memorándum (ADP) Nº 361, de 28 de noviembre de 2005, el Memorándum Nº 044-05/DOPE, de 30 de noviembre de 2005, el Memorándum Nº 024-2005/IAP-DACA, de 30 de noviembre de 2005, el Informe Nº 009-05-INANPE/OAPI, de 1 de diciembre de2005, y el Informe de Asesoría Legal Externa de 1 de diciembre de 2005. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 3º de la Ley Nº 27870, Ley del Instituto Antártico Peruano, dicho Instituto es el ente rector encargado de formular, coordinar, conducir y supervisar en forma integral laPolítica Nacional Antártica; Que, como parte del Plan Operativo Anual del Instituto Antártico Peruano para el año 2005, aprobadomediante Resolución Directoral Nº 034-2005/INANPE se ha previsto la realización de la Décimo Sexta Campaña Científica del Perú en la Antártida-ANTARXVI, cuyo inicio se encuentra programado para el mes de diciembre de 2005, donde se realizarán actividades de investigación científica en materia de hidrología,biología y demás actividades relativas a la investigación antártica; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 016-2002-RE, del 27 de febrero de 2002 que aprueba la Política Nacional Antártica, se ha establecido como objetivo nacional la consolidación de la presencia activa y permanente delPerú en la Antártida; Que, es importante continuar con la realización de las campañas antárticas, promover la investigacióncientífica nacional orientada a la profundización del conocimiento antártico y concentrar las investigaciones en las áreas en las que el Perú ha desarrollado ventajascomparativas frente a otros países; Que, es necesario designar al personal civil y militar de las diferentes instituciones públicas y privadas queparticiparán en la Décimo Sexta Campaña Científica del Perú en la Antártida-ANTAR XVI a realizarse del 10 de diciembre de 2005 al 1 de marzo de 2005, siendo éste elmejor período para realizar al Campaña por desarrollarse el verano austral constituyéndose un clima y ambiente adecuado para el cumplimiento de los objetivos delINANPE y la ejecución de los proyectos científicos financiados por el mismo; Que, el INANPE se encuentra obligado a asumir los viáticos de los expedicionarios que integrarán la Décimo Sexta Campaña Científica del Perú en la Antártida- ANTAR XVI, incluso de los que no forman parte delINANPE, de acuerdo a lo acordado en el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Instituto Antártico Peruano, el Instituto del Mar del Perú y la Marina deGuerra del Perú, el Convenio de Cooperación Interinstitucional suscrito entre el INANPE y el Ministerio de Defensa y los convenios suscritos con lasInstituciones ganadoras del Concurso Nacional de Proyectos de Investigación en Temas relativos a la Antártida, aprobado mediante Resolución DirectoralNº 0031-05/INANPE/RE del 13 de junio de 2005; Que, el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM dispone que los viáticos por día para el personalque viaja a América del Sur, es de US$ 200.00 (Doscientos y 00/100 Dólares Americanos), estableciéndose en su artículo 6º que a su regreso lapersona que realizó el viaje debe sustentar los gastos realizados sobre el 70% del monto asignado, no siendo necesario sustentar el monto correspondiente al 30%restante;Que, el INANPE va a cubrir directamente el alojamiento, la alimentación, el traslado, los seguros y la indumentaria especial para los expedicionarios que integran la Décimo Sexta Campaña Científica del Perúen la Antártida - ANTAR XVI, lo cual de acuerdo al Informe Nº 009-2005-INANPE/OAPI de 1 de diciembre de 2005, equivale a un monto de US$ 170.00 (Cientosetenta y 00/100 Dólares americanos) por día, por expedicionario, motivo por el cual únicamente se le entregará en dinero a los integrantes de la Décimo SextaCampaña Científica del Perú en la Antártida - ANTAR XVI la suma de US$ 30.00 (Treinta y 00/100 Dólares americanos) por día, cifra que es menor al 30% delmonto no sustentable de los viáticos a ser asignados a los expedicionarios; Que, mediante Informe Nº 027-05/OAPI/PLAN-PPTO del 1 de diciembre de 2005, se determinó que el INANPE cuenta con la disponibilidad presupuestaria suficientepara asumir los viáticos de los expedicionarios que integran la Décimo Sexta Campaña Científica del Perú a la Antártida - ANTAR XVI; Que, los servidores del INANPE en su calidad de Organismo Público Descentralizado del sectorRelaciones Exteriores no se encuentran comprendidos dentro de la prohibición establecida mediante Decreto de Urgencia Nº 017-2003 el 7 deagosto de 2003, respecto a realizar viajes al exterior del país; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27870, Ley de creación del Instituto Antártico Peruano (INANPE), el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, LeyOrgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM, Decreto de Urgencia Nº 017-2003, Prohibición de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo yla Ley Nº 28427, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar en Misión Oficial (Comisión Especial de Servicio en el Extranjero) a los expedicionarios integrantes de la Décimo Sexta CampañaCientífica del Perú en la Antártida - ANTAR XVI, cuya relación figura en el anexo adjunto a la presente Resolución y que forma parte de la misma, para queviajen a la Estación Científica Machu Picchu en la Antártida entre el 10 de diciembre de 2005 y el 10 de marzo de 2006. Artículo Segundo.- Facultar al Instituto Antártico Peruano para modificar el inicio y término de la Décimo Sexta Campaña Científica del Perú en la Antártida, considerando las condiciones meteorológicas en laAntártida, sin exceder el período autorizado en el primer artículo de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Facultar al Instituto Antártico Peruano para otorgar por concepto de viáticos a cadauno de los expedicionarios de la Décimo Sexta Campaña Científica del Perú en la Antártida - ANTAR XVI, la suma equivalente a US$ 30.00 (Treinta y00/100 Dólares Americanos) por día de campaña, teniendo que presentar declaración jurada para justificar el gasto. Artículo Cuarto.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con cargo al Sector Nº 08 - Ministerio de Relaciones Exteriores - Pliego Presupuestal Nº 081 - InstitutoAntártico Peruano de la Unidad Ejecutora 001 - Instituto Antártico Peruano. Artículo Quinto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o derechosaduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 20991