Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2005 (12/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 12 de diciembre de 2005

Control y de la Contraloria General de la Republica, modificado por Ley Nº 28557, este Organismo Superior de Control regula la separacion definitiva del Jefe del Organo de Control Institucional de acuerdo a las causales, procedimientos e incompatibilidades que establezca para tal efecto; Que, el Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 114-2003-CG, modificado por Resoluciones de Contraloria Nºs. 014 y 047-2004-CG, establece en el primer parrafo del articulo 21º, que la separacion definitiva del Jefe del Organo de Control Institucional se efectua unicamente por la Contraloria General; Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 102-2004CG este Organismo Superior de Control designo, entre otros profesionales ganadores del Concurso Publico de Meritos Nº 002-2003-CG/GDE, al senor MORDAZA Wilmer MORDAZA MORDAZA en el cargo de Jefe del Organo de Control Institucional del Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia - PAR; Que, mediante Decretos Supremos Nºs. 060 y 0792003-PCM se dispuso la fusion por absorcion, entre otras entidades, del Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia - PAR al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES teniendo este ultimo la calidad de incorporante; Que, teniendo en consideracion que las funciones del Organo de Control Institucional del Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia - PAR finalizaron con fecha 26.SET.2005, resulta necesario concluir la designacion del senor MORDAZA Wilmer MORDAZA MORDAZA en el cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la citada entidad; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, modificada por Ley Nº 28557 y a lo dispuesto en el Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 114-2003-CG, modificado por Resoluciones de Contraloria Nºs. 014 y 047-2004-CG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluida, con efectividad al 27 de setiembre de 2005, la designacion del senor MORDAZA Wilmer MORDAZA MORDAZA en el cargo de Jefe del Organo de Control Institucional del Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia PAR. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 20976

Autorizan a procurador impulsar e iniciar acciones legales contra presuntos responsables de delitos en agravio de las Municipalidades Distritales de Yanaquihua y La MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 521-2005-CG
MORDAZA, 9 de diciembre de 2005 Vistos; la Hoja de Recomendacion Nº 032-2005-CG/GDPC de 28.OCT.2005, los Oficios Nºs. 099-2005-DIRCOCOR-PNPDIVPACGR/OPACGR-SAQP de 11.JUL.2005 y 1830-2005DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR.DISREG de 4.AGO.2005, respectivamente y el Atestado Nº 060-2005-DIRCOCOR-PNPDIVPACGR/OF.X de 8.JUL.2005, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, en la Municipalidad Distrital de Yanaquihua Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, a traves del Oficio Nº 0151-2005-CG/DC dispuso se efectue una verificacion de denuncias en torno a presuntas

irregularidades cometidas en la Municipalidad Distrital de Yanaquihua, designando para el caso una Comision a efectos de realizar la mencionada verificacion; Que, como resultado de dicha actividad, se han emitido los Informes de Verificacion de Denuncias Nºs. 001 y 002-2005-CG/ORAR, en los cuales se ha evidenciado la existencia de irregularidades en el giro y cobro de cheques de la cuenta corriente Nº 0121-000482 del FONCOMUN; suscripcion y cobro irregular de cheques de las cuentas corrientes Nºs. 0121003627 y 0121-003090, correspondientes a recursos propios y al programa del vaso de leche (por los meses de MORDAZA, MORDAZA y junio de 2004); asi como en la elaboracion de expedientes tecnicos de agua potable de los poblados de Charco, Alpacay e Ispacas, siendo que la contratacion se realizo al margen del procedimiento establecido para las adjudicaciones de Menor Cuantia y, en la reparticion de insumos del Vaso de Leche a los beneficiarios del citado programa; Que, la mencionada Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional Adscrita a la Contraloria General, conforme a sus atribuciones senaladas en los articulos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, a consecuencia del Informe de Verificacion de Denuncias Nº 002-2005-CG/ORAR ha elaborado el Atestado de Vistos, el mismo que fue remitido por dicha Unidad Tecnica con Oficio Nº 099-2005-DIRCOCOR-PNP/ OPACGR.SAQP de 11.JUL.2005 a la Fiscalia Provincial Mixta de Condesuyos - Chuquibamba - MORDAZA, a fin que este organo formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comision de los delitos de Hurto Agravado, Colusion y Peculado, ilicitos previstos y sancionados por los articulos 186º, 384º y 387º del Codigo Penal, respectivamente; Que, respecto al Infor me de Verificacion de Denuncias Nº 001-2005-CG/ORAR, este ha sido solicitado por la Fiscalia Provincial Mixta de Condesuyos - MORDAZA, a traves del Oficio Nº 276-2005-MP-FPM-C de 8.ABR.2005, debido a la existencia de un MORDAZA judicial abierto ante el Juzgado Mixto de Condesuyos (Instruccion Nº 003-05) referente al Programa del Vaso de Leche correspondiente al periodo 2004; por lo cual se considera conveniente que el Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General se apersone e impulse las acciones legales correspondientes, e interponga los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal o) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este, por lo que resulta conveniente autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes e interponga los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Atestado de Vistos y en el Informe de Verificacion de Denuncias Nº 001-2005-CG/ORAR, remitiendosele para el efecto los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 20977

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