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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (17/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 24

PÆg. 306374 NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de diciembre de 2005 h. Planificar, organizar y ejecutar acciones y proyectos de tecnología de información y comunicación. i. Formular y evaluar los programas de la cooperación técnica nacional e internacional y dirigir y evaluar lasactividades relacionadas con la implementación de estos programas. j. Realizar otras funciones específicas en el ámbito de su competencia que se le asignen. Artículo 40º.- La Dirección de Transferencia Tecnológica está a cargo de un Director, quien depende jerárquicamente del Director Ejecutivo. La Dirección tiene la estructura orgánica siguiente: a. Subdirección de Gestión del Conocimiento: Está encargada de planificar, promover, dirigir, coordinar,ejecutar y evaluar las actividades, programas y proyectos académicos de posgrado, cursos, seminarios y conferencias relacionados con el uso y aplicaciones dela tecnología nuclear y las áreas afines, así como organizar y desarrollar un sistema de información y documentación científico y tecnológico que permitabrindar apoyo a las instituciones públicas y privadas. b. Subdirección de Gestión de la Tecnología: Está encargada de promover, organizar, dirigir y coordinarlas acciones necesarias para transferir la tecnología desarrollada o transformada en la Institución y las que considere necesarias para el país, de publicar y difundirlos resultados de los proyectos de desarrollo tecnológico e innovación tecnológica; igualmente se encarga de coordinar las acciones necesarias para la formulación yevaluación de los programas de cooperación técnica nacional e internacional. También se encarga de planificar, organizar, coordinar y ejecutar actividades y proyectosde tecnología de información y comunicación y de implementar los programas de gobierno electrónico. DE LA OFICINA TÉCNICA DE LA AUTORIDAD NACIONAL Artículo 41º.- La Oficina Técnica de la Autoridad Nacional es el órgano de línea y la unidad orgánica técnica responsable de regular, autorizar, controlar y fiscalizarel uso seguro de las fuentes de radiación ionizante relativos a seguridad radiológica y nuclear, transporte, protección física y salvaguardias de los materialesnucleares en el territorio nacional. La Oficina Técnica de la Autoridad Nacional depende de la Presidencia del IPEN. Artículo 42º.- La Oficina Técnica de la Autoridad Nacional tiene las siguientes funciones: a. Conceder autorizaciones y licencias para toda práctica con fuente de radiaciones ionizantes que ocasione o pueda ocasionar exposiciones. b. Fiscalizar e inspeccionar toda práctica con fuentes de radiación ionizante para verificar el cumplimiento de las regulaciones de seguridad radiológica y nuclear, salvaguardias, protección física y transporte. c. Actuar como coordinador para la preparación y respuesta ante emergencias radiológicas y nucleares que ocurran en el país. d. Formular y revisar normas legales sobre seguridad radiológica y nuclear, protección física y salvaguardias de los materiales nucleares, ejecutando acciones para su difusión. e. Aplicar sanciones a los que infrinjan las regulaciones en seguridad radiológica y nuclear, salvaguardias, protección física y en transporte de materiales nuclearesy radioactivos. f. Resolver, en primera instancia, los recursos administrativos presentados por aplicación de sancionesa los infractores. g. Mantener actualizado el Registro Nacional de Usuarios de Fuentes de Radiación Ionizante y el Registrode Autorizaciones. h. Realizar otras funciones específicas en el ámbito de su competencia que se le asignen. Artículo 43º.- La Oficina Técnica de la Autoridad Nacional está a cargo de un Director, quien dependejerárquicamente del Presidente Institucional. La Oficina tiene la estructura orgánica siguiente: a. Departamento de Fiscalización: Encargado de inspeccionar y auditar los sistemas de seguridad de las instalaciones, de verificar, fiscalizar y controlar el cumplimiento y la aplicación de las disposiciones de salvaguardias y deprotección física a las instalaciones y materiales nucleares en el territorio nacional y de fiscalizar el cumplimiento de los programas de vigilancia radiológica ambiental, así como de fiscalizar y coordinar la aplicación de los planes de emergenciaradiológica y nuclear a nivel nacional. b. Departamento de Autorizaciones: Encargado de evaluar y dictaminar las solicitudes de licencias deinstalaciones nucleares y radiactivas y las licencias individuales para operadores, así como evaluar y dictaminar las solicitudes de importación o exportación dematerial radiactivo, nuclear o equipo generador de radiación ionizante, asimismo evaluar y dictaminar las solicitudes de autorización para transportar material radiactivo onuclear en el territorio nacional. También está encargado de formular y proponer normas y regulaciones sobre el uso seguro de las fuentes de radiaciones ionizantes, laprotección física y salvaguardias, de evaluar el cumplimiento de los Tratados Internacionales en materia de seguridad, salvaguardias nucleares, gestión deresiduos y los relacionados con las funciones reguladoras, así como formular directivas de control de materiales radiactivos o nucleares y preparar dictámenes técnicos. DE LOS ÓRGANOS DESCONCENTRADOS Artículo 44º.- Los órganos desconcentrados son los encargados de promover y desarrollar actividades, programas o proyectos que correspondan a lasfunciones institucionales en el marco de sus fines y objetivos, ejecuta sus acciones en las regiones y provincias del territorio nacional. Son unidades orgánicasde naturaleza unitaria que no admiten estructura orgánica. CAPÍTULO VI DEL RÉGIMEN LABORAL Artículo 45º.- El personal del Instituto Peruano de Energía Nuclear está comprendido dentro del régimen laboral de la actividad privada, regulado por el DecretoLegislativo Nº 728 y sus modificatorias. CAPÍTULO VII DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Artículo 46º.- Constituyen recursos económicos del Instituto Peruano de Energía Nuclear lo siguientes: a. Los Recursos Públicos asignados en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público aprobado para cada ejercicio fiscal. b. Las Donaciones y Transferencias de partidas presupuestales a favor del Instituto. c. Los fondos provenientes de la cooperación técnica internacional y fondos concursables. d. Las donaciones internas y externas que se efectúen a favor de los programas y proyectos institucionales. e. Los que se generen por leyes especificas orientadas al desarrollo de las actividades normativas y fiscalizadoras de la Institución; así como por la aplicaciónde multas y sanciones. f. Los Recursos Directamente Recaudados generados por la venta de los bienes producidos, por laprestación de servicios, por los convenios y contratos que celebre con personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, nacionales y extranjeras, de conformidadcon las disposiciones legales pertinentes. 21464 Procedimientos N”s. 32, 33 y 34 referentes a Centrales de Generación,Centrales TermoelØctricas y UnidadesTermoelØctricas del ComitØ de Operación Económica del Sistema (COES) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 516-2005-MEM/DM Lima, 13 de diciembre de 2005