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PÆg. 306651 NORMAS LEGALES Lima, domingo 18 de diciembre de 2005 Tercera.- Principio de Subsidiariedad: Los beneficios otorgados en virtud de la presente Ordenanza seráncompensados con los recursos del Municipio, a fin de evitarel traslado de los mismos a los contribuyentes. Cuarta.- Vigencia: La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 1 de enero del ejercicio 2006, previapublicación del Acuerdo de Concejo de la MunicipalidadMetropolitana de Lima que la ratifique. Quinta.- Derogación de normas: Deróguese las Ordenanzas Nº 190-MPL. Nº 191-MPL y Nº 192-MPLaprobadas con fecha 28 de setiembre del 2005, y todanorma municipal que se oponga a la presente. Sexta.- Informe Técnico: Se deja establecido que el Informe Técnico forma parte integrante de la presenteOrdenanza, el mismo que incluye la metodología empleadapara la distribución del costo de los servicios de LimpiezaPública en sus dos variantes: Recojo de Residuos sólidosy Barrido de Calles, Parques y Jardines y Serenazgo, loscuadros anexos que contienen las tasas determinadas porlos servicios antes señalados y el Cuadro de Estimación deIngresos de cada uno de los servicios. Séptima.- Estructura de Costos: Apruébese la Estructura de Costos, cuyo resumen ejecutivo ha sido recogido en elInforme Técnico que contiene la determinación de los arbitriosaprobados con la presente Ordenanza. Octava.- Facultades Reglamentarias: Facúltese al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte lasdisposiciones complementarias necesarias para laadecuada aplicación de la presente Ordenanza. Novena.- Cumplimiento: Encárguese a la Oficina de Administración Tributaria y a la Oficina de Informática, elcumplimiento de la presente Ordenanza, a la Oficina deComunicación Social, su difusión, y a la Oficina deAdministración, su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 21412 Prorrogan plazo para acogerse a beneficios aprobados en la Ordenanza N” 199-MPL ORDENANZA Nº 201-MPL Pueblo Libre, 15 de diciembre de 2005EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO:EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBREVisto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 046-2005-MPL/CPL-CPDE de la Comisión Permanentede Desarrollo Económico; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ordenanza Nº 199-MPL, publicada el día 28 de noviembre del 2005 en el Diario Oficial El Peruano, seaprobó el "Beneficio Extraordinario para la Regularización delas Obligaciones Tributarias y No Tributarias", para aquelloscontribuyentes o administrados que mantengan obligacionespendientes de cancelación al 31 de octubre del 2005, quecomprende entre otros beneficios, la condonación del 100%del factor de ajuste e intereses moratorios, así como un beneficiode descuento del 90% en las multas administrativas; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado porDecreto Supremo Nº 135-99-EF, el plazo para el pago de ladeuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter generalpor la Administración Tributaria;Que, los beneficios contemplados en la citada ordenanza vencen el 17 de diciembre del 2005, y dentro de las políticasestablecidas por la presente Administración se encuentran,otorgar a los contribuyentes de la jurisdicción del distrito dePueblo Libre, las más amplias facilidades para que puedancumplir con sus obligaciones tributarias y no tributarias, por loque existiendo voluntad de los vecinos de regularizar susobligaciones antes mencionadas y siendo insuficiente el plazopara acogerse a los beneficios de la citada ordenanza, esconveniente aprobar la ampliación de su vigencia; En uso de las atribuciones contenidas en los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972, el pleno del Concejo aprobó por UNANIMIDAD y condispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, lasiguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Prorróguese hasta el 30 de diciembre del 2005, el plazo de vencimiento para acogerse a losbeneficios contemplados en la Ordenanza Nº 199-MPL,referida al "Beneficio Extraordinario para la Regularizaciónde las Obligaciones Tributarias y No Tributarias". Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Administración Tributaria, Oficina de Informática, Gerenciade Desarrollo Urbano, Gerencia de Desarrollo Humano,Gerencia de Seguridad Ciudadana y Oficina de EjecuciónCoactiva, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a laOficina de Comunicación Social su difusión y a la Oficinade Administración su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 21386 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Aprueban RØgimen Tributario Modificatorio de los Arbitrios de Limpieza Pœblica, Parques y Jardines y Serenazgo, correspondiente a losEjercicios Fiscales 2002 a 2005 ORDENANZA Nº 156-MDS Surquillo, 17 de octubre de 2005EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO POR CUANTO:El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesión Ordinaria de la fecha, de conformidad con lo dispuesto por el TribunalConstitucional en la Sentencia recaída en el ExpedienteNº 053-2004-PI/TC, la Ordenanza Nº 153/MDS de estaCorporación y la Directiva Nº 001-006-00000006 del Serviciode Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitanade Lima publicada el 2 de los corrientes en el Diario Oficial ElPeruano, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo40º de la citada Ley Orgánica de Municipalidades, con elvoto unánime de los miembros del Concejo Municipal y conla dispensa del trámite de comisiones y de aprobación deactas, aprobó la siguiente: ORDENANZA RÉGIMEN TRIBUTARIO MODIFICATORIO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO CORRESPONDIENTE A LOS EJERCICIOS FISCALES 2002 A 2005 CAPÍTULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1º.- Objeto de la Norma.- La presente Ordenanza tiene como objeto la modificación del Régimen