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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (18/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 16

PÆg. 306634 NORMAS LEGALES Lima, domingo 18 de diciembre de 2005 de un proceso de adjudicación directa pública, atendiendo a los montos aprobados por el Directorio para el presenteejercicio presupuestal, al amparo de lo establecido en elartículo 11º de la Ley de Presupuesto del Sector Públicopara el año Fiscal 2005. Se ha cumplido con las exigencias contenidas en el artículo 146º del Reglamento antes citado, por lo quecorresponde a esta Gerencia General aprobar laexoneración. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar del proceso de adjudicación directa pública la contratación de la actualización y soportebásico anual del software Trading Assistant por cuantoéste no admite sustituto y la empresa SS&C Technologies,Inc. es proveedor único del mismo. Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administración para que contrate la actualización y soporte básico anualantes indicado, con la empresa SS&C Technologies, Inc,por un valor referencial de US$ 159 445,51 incluido tributos,mediante acciones inmediatas y con cargo a los recursosde esta Institución. Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y comunicarla oportunamente a laContraloría General de la República y al Consejo Superiorde Contrataciones y Adquisiciones del Estado,conjuntamente con los informes que sustentan laexoneración. Adicionalmente, deberá publicarse a travésdel SEACE. Lima, 13 de diciembre de 2005RENZO ROSSINI MIÑÁN Gerente General 21416 S B S Autorizan a La Positiva Vida Seguros y Reaseguros y a La Positiva Seguros y Reaseguros el uso de locales compar- tidos en diversos departamentos delpaís y en la Provincia Constitucionaldel Callao RESOLUCIÓN SBS Nº 1787-2005 San Isidro, 5 de diciembre de 2005EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA :La solicitud presentada por La Positiva Vida Seguros y Reaseguros y La Positiva Seguros y Reaseguros para quese les autorice el uso del local compartido de una OficinaEspecial de atención al cliente, ubicada en la Av.Revolución, Sector 2, Grupo10, C.C. Sesquicentenario,Tienda 11, 1º Piso, deldistrito de Villa El Salvador, provinciay Departamento de Lima; y, CONSIDERANDO : Que, La Positiva Vida Seguros y Reaseguros se originó como resultado de un proceso de reorganizaciónempresarial, bajo la modalidad de segregación de un bloquepatrimonial de La Positiva Seguros y Reaseguros, procesoque fuera autorizado mediante Resolución SBS Nº 972-2005; Que, con Resolución SBS Nº 1524-2005 del 5 de octubre del 2005, se autorizó el funcionamiento a LaPositiva Vida Seguros y Reaseguros; Que, mediante Resolución SBS Nº 008-2001, esta Superintendencia autorizó a La Positiva Seguros yReaseguros, la apertura de una Oficina Especial de atenciónal cliente ubicada en la Av. Revolución, Sector 2, Grupo10,C.C. Sesquicentenario, Tienda 11, 1º Piso, deldistrito deVilla El Salvador, provincia y departamento de Lima; Estando a lo opinado por el Departamento de Análisis y Supervisión del Sistema de Seguros "A" mediante InformeNº 097-2005-ASSSA;De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero ydel Sistema de Seguros y Orgánica de laSuperintendencia de Banca y Seguros y susmodificatorias, la Circular Nº S-612-2005; y, en virtud dela facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a La Positiva Vida Seguros y Reaseguros y a La Positiva Seguros y Reaseguros el usodel local compartido de una Oficina Especial de atención alcliente, ubicada en la Av. Revolución, Sector 2, Grupo10,C.C. Sesquicentenario, Tienda 11, 1º Piso, deldistrito deVilla El Salvador, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 21368 RESOLUCIÓN SBS Nº 1788-2005 San Isidro, 5 de diciembre de 2005EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA :La solicitud presentada por La Positiva Vida Seguros y Reaseguros y La Positiva Seguros y Reaseguros para quese les autorice el uso del local compartido de una Oficina,ubicada en el Jr. Tacna Nº 201, Esq. Jr. Huanuco, en laciudad y departamento de Piura; y, CONSIDERANDO : Que, La Positiva Vida Seguros y Reaseguros se originó como resultado de un proceso de reorganizaciónempresarial, bajo la modalidad de segregación de un bloquepatrimonial de La Positiva Seguros y Reaseguros, procesoque fuera autorizado mediante Resolución SBS Nº 972-2005; Que, con Resolución SBS Nº 1524-2005 del 5 de octubre del 2005, se autorizó el funcionamiento a LaPositiva Vida Seguros y Reaseguros; Que, mediante Resolución SBS Nº 134-96, esta Superintendencia autorizó a La Positiva Seguros yReaseguros, la apertura de una Oficina ubicada en el Jr.Tacna Nº 201, Esq. Jr. Huanuco, en la ciudad ydepartamento de Piura; Estando a lo opinado por el Departamento de Análisis y Supervisión del Sistema de Seguros "A" mediante InformeNº 097-2005-ASSSA; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero ydel Sistema de Seguros y Orgánica de laSuperintendencia de Banca y Seguros y susmodificatorias, la Circular Nº S-612-2005; y, en virtud dela facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a La Positiva Vida Seguros y Reaseguros y a La Positiva Seguros y Reaseguros el usodel local compartido de una Oficina, ubicada en el Jr. TacnaNº 201, Esq. Jr. Huanuco, en la ciudad y departamento dePiura. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 21366 RESOLUCIÓN SBS Nº 1789-2005 San Isidro, 5 de diciembre de 2005EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS