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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G37/G30/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de diciembre de 2005 ANEXO 5-B 1. Este anexo será presentado únicamente por las empresas cuyas transferencias se encuentren comprendidas en el literal b) del artículo 8º delReglamento de Transferencia y Adquisición de CarteraCrediticia aprobado por Resolución SBS Nº 1114-99 ysus modificatorias. La sección I de este anexo seráenviada únicamente de manera impresa, para cada una de las transferencias que haya realizado la empresa. La sección II de este anexo será enviada a través deSUCAVE y de manera impresa. La cartera transferida no podrá ser considerada para el Régimen General de Provisiones Procíclicas, ni parael Régimen de Provisiones Genéricas Basado en Metodología Interna. 2. Indicar el monto de los créditos, contingentes y arrendamientos financieros transferidos bajo el alcancedel literal b) del artículo 8º del Reglamento deTransferencia y Adquisición de Cartera Crediticia segúnel mecanismo de cobertura o tratamiento especial con el que cuente. 3. Consignar la porción de los créditos, contingentes y arrendamientos financieros transferidos que cuentecon cobertura de garantías autoliquidables. 4. Consignar la porción de los créditos, contingentes y arrendamientos financieros transferida que cuente con la responsabilidad subsidiaria de una empresa del sistema financiero o del sistema de seguros del país o del exterior,instrumentada en fianza solidaria o avales, o que cuentecon cobertura de seguro de crédito extendida por unpatrimonio de seguro de crédito. Este monto deberáasignarse en la columna correspondiente a la clasificación del fiador, avalista o patrimonio autónomo respectivo, independientemente de la clasificación deldeudor. 5. Indicar el monto de los financiamientos de corto plazo para campaña agrícola, capital de trabajo ycomercio exterior vinculados a cualquier actividad productiva o de servicios, asociados a un deudor conoperaciones refinanciadas o reestructuradas del tipocomercial o MES que cumplan con los requisitos establecidos en el numeral 2.4 del Capítulo IV del Reglamento para la Evaluación y Clasificación delDeudor y Exigencia de Provisiones aprobado porResolución SBS Nº 808-2003. El monto de dichosfinanciamientos de corto plazo deberá reportarse en lacolumna correspondiente a la clasificación del deudor respectivo. 6. Indicar la porción de los créditos, contingentes y arrendamientos financieros transferidos que cuente concobertura de garantías preferidas de muy rápidarealización. 7. Consignar la porción de los créditos, contingentes y arrendamientos financieros transferidos que cuente con cobertura de garantías preferidas. 8. Indicar la porción de los créditos, contingentes y arrendamientos financieros que no cuente con algunade las coberturas o tratamiento diferenciado señaladosen las notas 3, 4, 5, 6 ó 7. 9. Consignar la provisión correspondiente a la estructura de riesgo de la cartera transferida. 10. Indicar el saldo pendiente de pago por la transferencia financiada a la fecha de la transferencia. 11. Reportar la tasa implícita de provisiones según riesgo de la cartera transferida, que se calcula dividiendo el total de provisiones que le correspondería a la cartera entre el total de la cartera transferida. 12. Indicar la provisión constituida.13. Consignar la provisión del monto financiado, en función a la estructura de riesgo de la cartera transferida. 14. Consignar el superávit (déficit) de provisiones. 15. Consignar el importe de los saldos pendientes de pago por las adquirientes, las provisiones constituidas,provisiones requeridas y el déficit de provisiones demanera agregada de todas las transferencias realizadas. SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) Nº de DENOMINACIÓN D erecho deCALIFICACIÓNDependencia Auto ridad Recursos orden DE PROCEDIMIENTO REQUISITOS Pago Auto- Evaluación Previa donde se Competente Adminis- y Forma m ático inicia el para Aprobación trativos Positivo Neg ativotrámite 37 Autorización para la Autorización para la Transferencia de cartera Inafecto X Trámite Superintendente Recursos de transferencia y adqui- crediticia: Docu- de Banca, impugnación sición de cartera reali- I. Empresas de operaciones múltiples y empresas mentario Seguros y Admi- conforme al zadas por las empresas de arrendamient o financiero consideradas en nistradoras procedimiento de operaciones múltiples, el artículo 16° de la Ley General: Privadas de Nº 72 empresas de arrenda- Las empresas de operaciones múltiples y empresas Fondos de miento financiero consi- de arrendamiento financiero consideradas en Pensiones deradas en el artículo 16º el artículo 16° de la Ley General, solicitarán de la Ley General y autorización previa a esta Superintendencia, excepto empresas de seguros en los siguientes casos: a) Se trate de tarnsfer encias de cartera crediticia castigada:b) Se trate de transferencias de cartera crediticia de consumo o a microempresas (MES) no castigada, siempre y cuando se encuentre calificada comopérdida y provisionada cien por ciento (100%);y, c) Se trate de transferencias al contado mediante pagos dinerarios.Para tal efecto, deberán presentar una solicitud adjuntando por lo menos, la siguiente información y documentación:1. Copia certificada, expedida por el administ rador o gerente, del Acta de Directorio en que se aprueba la operación de transferencia de cartera crediticia;2. Contrato de transferencia, en el que se precisará la identificación, responsabilidades y derechos de las partes intervinientes;3. Clasificación de riesgo crediticio según la Resolución SBS N° 808-2003 de la adquirente en los casos de transferencias financiadas;4. Identificación de los deudores cuyos créditos serán transferidos, detallando en cada caso y según corresponda:4.1 Código SBS del deudor; 4.2 Monto, tipo y condiciones de los créditos por tipo de moneda;4.3 Clasificación del deudor; 4.4 Situación del crédito; 4.5 Tipo y valor de las garantías, indicando la últimafecha de su valuación, en caso corresponda; 4.6 Provisiones constituidas y requeridas; 5. Valor contable de la cartera;6. Precio de venta de la cartera, modalidad y