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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G37/G30/G36/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de diciembre de 2005 aplicarán como criterios las externalidades, nacional, regional y local, que trasciende el ámbito específico dondese ubica el ejercicio de determinada competencia ofunción y la necesidad de propiciar y aprovechar economías de escala. 8. TIPOS DE FUNCIONESPara facilitar el proceso de planeamiento, las funciones específicas sectoriales deberán ser clasificadas de acuerdo a los siguientes tipos: 8.1 Funciones Desconcentradas : son aquellas funciones sectoriales que actualmente vienen siendoejecutadas en forma desconcentrada por las direccionesregionales sectoriales. 8.2 Funciones Especializadas : son aquellas funciones que por su naturaleza requieren de un mayornivel de calificación y por lo tanto de desarrollo decapacidades en los Gobiernos Regionales y Locales paraque puedan ser ejecutadas en forma satisfactoria. 8.3 Funciones Asociadas a Sistemas Nacionales : son aquellas funciones especializadas que pertenecen a sistemas nacionales de regulación, control, entre otros,y que por tanto requieren que dichos sistemas seadecuen a un funcionamiento descentralizado. 9. PROPUESTAS Y SOLICITUDES DE MEDIANO PLAZO 9.1 Propuesta de Plan de Transferencia Sectorial de Mediano Plazo, a cargo de losSectores : este documento debe ser elaborado por cada Sector del Gobierno Nacional a través de su respectiva Comisión Sectorial de Transferencia, con un horizonte de cinco (5) años, teniendo en cuenta losLineamientos que para el efecto establezca laPresidencia del Consejo de Ministros, con miras aorientar la estructura y organización del Poder Ejecutivoy la modernización del Estado, al proceso de descentralización. La Propuesta de Plan de Transferencia Sectorial de Mediano Plazo, debecontener las funciones sectoriales, fondos, programas,proyectos y activos que cada Sector proponetransferir a los Gobiernos Regionales y Locales en elmediano plazo, para lo cual cada Sector utilizará las Matrices del Anexo 1, el cual forma parte de la presente Directiva. Contenido . Las propuestas y las solicitudes deberán contener los siguientes puntos: a. Capítulo I.- Estructura y esquema de funcionamiento descentralizado del Sector. Cada Sectordeberá explicitar su visión de funcionamiento incluyendola forma de participación de cada nivel de gobierno asícomo la responsabilidad funcional por cada materiasectorial. El criterio eje de funcionamiento sectorial consiste en asignar funciones principalmente rectoras y normativas alnivel de Gobierno Nacional, mientras que los niveles deGobierno Regional y Local deben desarrollar funcionesprincipalmente ejecutoras u operativas y de supervisión.Siguiendo este criterio, cada Sector deberá identificar los principales procesos sectoriales y para cada proceso se deberá establecer las facultades que cada nivel de gobiernotiene o debería tener. Luego, se deberá relacionar dichasfacultades a la función sectorial definida en la correspondienteley. Los Sectores deberán utilizar la Matriz 1.1 del Anexo 1. b. Capítulo II.- Funciones sectoriales por nivel de gobierno (Regional y Local) de acuerdo a las leyes vigentes. En esta parte se detallan las funcionessectoriales por nivel de gobierno y las facultadesasociadas de acuerdo a los principales procesossectoriales. Asimismo, se clasifica cada función y facultadde acuerdo a los tipos de función del numeral 8 de esta Directiva, indicando también los fondos, programas y proyectos y activos asociados a dichas funciones. Paraello, los Sectores deberán utilizar, según corresponda,las Matrices 1.2-A, 1.2-B, 1.2-C, del Anexo 1. c. Capítulo III.- Programación anualizada de las funciones sectoriales a ser transferidas según nivel de gobierno para el quinquenio correspondiente. En este caso, cada Sector deberá programar el año detransferencia para cada función y facultad de acuerdo ala factibilidad para su transferencia, indicando las razonesque justifican dicha programación y las acciones preparatorias que deberán llevarse a cabo previamentepara que dicho proceso sea realizable. Las accionespreparatorias pueden ser adecuación administrativa, cambio o modificación de normas, programas de capacitación y asistencia técnica entre otros. Para ello,se deberá utilizar, según corresponda, las Matrices Nº1.3-A, 1.3-B, 1.3-C del Anexo 1. d. Capítulo IV.- Programación anualizada de los fondos, programas, proyectos y activos según nivel de gobierno. El Sector deberá programar el año de transferencia para cada fondo, programa y proyecto deacuerdo a la factibilidad para su transferencia, indicandolas razones que justifican dicha programación y lasacciones preparatorias que deberán llevarse a cabopreviamente para que dicho proceso sea realizable. Las acciones preparatorias pueden ser adecuación administrativa, cambio o modificación de normas,programas de capacitación y asistencia técnica entreotros. Se deberá utilizar, según corresponda, lasMatrices 1.4-A, 1.4-B, 1.4-C del Anexo 1. 9.2 Solicitud de Transferencia Sectorial de Mediano Plazo, a cargo de los Gobiernos Regionalesy Locales . Este documento debe ser elaborado por cada Gobierno Regional y Local, a través de sus respectivasComisiones Regionales y Locales de Transferencia, conun horizonte de cinco (5) años. Este documento servirá de base para la elaboración del Plan de Transferencia Sectorial del Quinquenio correspondiente. Se debeexplicitar la propuesta de transferencia de las funcionessectoriales, fondos, programas, proyectos y activos decada Sector a los Gobiernos Regionales y Locales en elmediano plazo. Para su presentación al CND, cada Gobierno Regional y Local utilizará las Matrices del Anexo 2, el cual forma parte de la presente Directiva. Contenido . Las solicitudes deberán contener los siguientes puntos: a. Capítulo I.- Funciones sectoriales por nivel de gobierno regional, local provincial y local distrital, deacuerdo a las leyes vigentes. En esta parte se detallanlas funciones sectoriales por nivel de gobierno y lascorrespondientes facultades asociadas. Asimismo seclasifica cada función y facultad de acuerdo a los tipos de función definidas en el numeral 8 de esta Directiva. Para elaborar la Solicitud de Transferencia, los GobiernosRegionales y Locales usarán, según corresponda, lasMatrices Nº 2.1-A, 2.1-B, 2.1-C del Anexo 2. b. Capítulo II.- Programación anualizada de las funciones sectoriales específicas a ser transferidas según nivel de gobierno para el quinquenio correspondiente. En este caso, cada Gobierno Regionaly Local deberá programar el año de transferencia paracada función y facultad de acuerdo a la necesidad yfactibilidad para su transferencia, indicando las razonesque justifican dicha programación y las acciones preparatorias que deberán llevarse a cabo previamente para que dicho proceso sea realizable. Las accionespreparatorias pueden ser adecuación administrativa,cambio o modificación de normas, programas decapacitación y asistencia técnica entre otros. Para ello,se deberá utilizar, según corresponda, las Matrices Nº 2.2-A, 2.2-B y 2.2-C del Anexo 2. c. Capítulo III.- Programación anualizada de los fondos, programas, proyectos y activos según nivel de gobierno,indicando las razones que justifican dicha programacióny las acciones que deberán llevarse a cabo para quedicho proceso sea realizable. Se deberá utilizar, según corresponda, las Matrices Nº 2.3-A, 2.3-B, 2.3-C del Anexo 2. 10. PLAN DE TRANSFERENCIA SECTORIAL DEL QUINQUENIO 10.1 Definición : es el plan de transferencia de mediano plazo con un horizonte de cinco (5) años. Eselaborado por el CND sobre la base de las Propuestasde Plan de Transferencia de Mediano Plazo de losSectores y las Solicitudes de Transferencia de MedianoPlazo de los Gobiernos Regionales y Locales. Es un documento referencial para la elaboración de los Planes Anuales de Transferencia. 10.2 Contenido : Dicho plan deberá contener los siguientes puntos: