Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2005 (24/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

MORDAZA, sabado 24 de diciembre de 2005

NORMASLEGALES

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C. INFRACCIONES DEL CONDUCTOR Y/O PERSONAS JURIDICAS NO AUTORIZADAS MODIFICAR, los Codigos C-2 y C-3 aplicandose a la 1ª y 2ª reincidencia una multa del 50% de la UIT. Articulo Doce.- QUEDA FIRME, en todo lo demas que contiene la Ordenanza Nº 077-A/MDC que aprobo el Reglamento que Regula la Prestacion del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados del distrito de Carabayllo y el Cuadro de Infracciones y Sanciones. Articulo Trece.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion, en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Catorce.- DEROGUESE Y DEJESE SIN EFECTO, toda MORDAZA que se oponga o contradiga la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21774

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Fijan periodo para el goce de vacaciones de personal de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 782-2005-MDI
Independencia, 21 de diciembre de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 093-2005-PCM publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 2 de diciembre del 2005, se fijo excepcionalmente un periodo de goce vacacional para las personas que prestan servicios en los Pliegos y Unidades Ejecutoras del Poder Ejecutivo, senalando, ademas, que dicho periodo comprendera por lo menos al setenta por ciento (70%) del personal de acuerdo a las necesidades de recursos humanos que permitan el desarrollo adecuado de las funciones esenciales de la entidad; Que, el articulo 5º del referido Decreto Supremo, faculta a los Gobiernos Locales, sus Empresas y sus Organismos Descentralizados, a adoptar disposiciones que regulen de manera particular periodos excepcionales de vacaciones, en el MORDAZA de sus competencias y autonomias; De conformidad con el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo Primero.- FIJESE, excepcionalmente, el periodo comprendido entre el 26 de diciembre de 2005 y el 9 de enero de 2006, para que todas las Gerencias, Unidades, Divisiones y demas dependencias de la Municipalidad Distrital de Independencia programen el goce de vacaciones de su personal, sin afectar las funciones elementales de la Institucion. Al personal que hubiere gozado de su descanso vacacional completo correspondiente al ejercicio 2005 se le otorgara descanso vacacional adelantado. Articulo Segundo.- Las Unidades Organicas de la Oficina de Administracion Tributaria (Unidad de Registro y Orientacion al Contribuyente) y MORDAZA de la Unidad de Tesoreria, asi como la Oficina de Gestion Ambiental y Servicios Publicos (Seguridad Ciudadana, Parques y Jardines y Limpieza Publica) y Registros Civiles y Tramite Documentario continuaran prestando atencion a los administrados, adecuandose a la necesidad propia del area. Articulo Tercero.- Para efecto del computo de los plazos de los procedimientos administrativos se considerara como dias inhabiles el periodo comprendido entre el 26 de diciembre de 2005 y el 10 de enero de 2006, con excepcion de los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios u obras que se realizan al MORDAZA del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, y los procesos de promocion de la inversion privada que se realizan en el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 674 y el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y sus normas reglamentarias. Articulo Cuarto.- ENCARGUESE a la Gerencia de Administracion de Recursos para que, a traves de la Unidad de Personal, en coordinacion con las demas dependencias de la Corporacion Municipal, adopten las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21705

Amplian plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 097-A/MDC que aprobo condonacion de tasa de interes moratorio a las multas tributarias
DECRETO DE ALCALDIA Nº 015 -2005-A/MDC Carabayllo, 20 de diciembre del 2005 CONSIDERANDO: Que, el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades establecen que las Municipalidades como organos de gobierno local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades, los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario que no MORDAZA de competencia del concejo municipal; Que, la Ordenanza Nº 097-A/MDC aprobo el beneficio tributario de condonacion total de la tasa de interes moratorio a las multas tributarias en la jurisdiccion del distrito de Carabayllo conforme a las disposiciones establecidas en dicha Ordenanza; Que, la Gerencia de Rentas mediante Informe propone la prorroga de la Ordenanza Nº 097-A/MDC y que se derogue el Decreto de Alcaldia Nº 001-2004-A/MDC; Estando a lo dispuesto en el articulo 42 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- AMPLIAR, hasta el 28 de diciembre del 2005 los alcances de la Ordenanza Nº 097-A/MDC que APROBO LA CONDONACION TOTAL DE LA TASA DE INTERES MORATORIO A LAS MULTAS TRIBUTARIAS EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE CARABAYLLO. Articulo Segundo.- DEROGUESE, el Decreto de Alcaldia Nº 001-2004/MDC. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Sub Gerencia de Tesoreria dar cumplimiento del presente Decreto. POR TANTO: Mando se registres, publique y cumpla. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21780

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