Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2005 (24/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 24 de diciembre de 2005

EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; De conformidad con los articulos 46º, 48º y 75º y el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Legales y de Comercializacion y Defensa al Consumidor en sus Dictamenes Nºs. 1652005-MML-CMAL y 004-2005-MML-CMCDC, respectivamente; Aprobo la siguiente: ORDENANZA INCORPORAR A LA ORDENANZA Nº 717-MML QUE ESTABLECE COMO POLITICA METROPOLITANA PARA CONTRIBUIR A EVITAR LA COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS QUE ATENTAN CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL, UNA DISPOSICION FINAL Y COMPLEMENTARIA CON EL SIGUIENTE TENOR: DISPOSICION FINAL Y COMPLEMENTARIA Primera.- La Gerencia de Fiscalizacion y Control de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, es la encargada de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza, en coordinacion con el Ministerio Publico y el INDECOPI como Institucion encargada de determinar los productos que atentan contra la propiedad intelectual, de acuerdo a lo dispuesto por los articulos 48º y 75º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, a los veinte dias del mes de diciembre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 21701

procedimiento para la ratificacion de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima; Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicacion y observancia de la normatividad vigente aprobo la Ordenanza, objeto de la ratificacion, remitiendola con tal fin a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conjuntamente con la informacion y/o documentacion sustentatoria respectiva, la que tiene caracter de declaracion jurada; Que, de conformidad con las Ordenanzas Nºs. 607, 727 y 830 emitidas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, teniendo en cuenta las Sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional en los Expedientes Nºs. 0041-2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC publicadas el 14 de marzo y 17 de agosto de 2005, respectivamente, el Servicio de Administracion Tributaria - SAT ha realizado el analisis tecnico y legal de la informacion y/o documentacion presentada por la referida Municipalidad Distrital, la misma que tiene caracter de declaracion jurada, segun lo dispuesto por el Inc. b) del Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 607-MML, concluyendo segun Informe Nº 001-090-0000002910 que procede la ratificacion de la mencionada Ordenanza por cumplir los requisitos exigidos para tal efecto; De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administracion Tributaria - SAT contenida en su Informe Nº 001-090-0000002910 y de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 230-2005-MML/CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el MORDAZA electronico de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (www.munlima.gob.pe); ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 06305-MDLV, de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, que establece el MORDAZA MORDAZA legal del regimen tributario y las tasas de los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo correspondiente a los anos 2002 al 2004, en esa jurisdiccion, por las consideraciones expuestas en el presente Acuerdo. Articulo Segundo.- El presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion hasta el 31.12.2005, conjuntamente con el texto integro de la Ordenanza Nº 063-05-MDLV y de los anexos que contienen el informe tecnico, los MORDAZA de estructuras de costos y estimacion de ingresos y los importes de las tasas por MORDAZA de arbitrio, dejandose establecido que la aplicacion de las citadas Ordenanzas incumpliendo las referidas condiciones, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 21756

Ratifican Ordenanza Nº 063-05-MDLV de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA que establece MORDAZA MORDAZA legal del regimen tributario y tasas de arbitrios de los anos 2002 al 2004
ACUERDO DE CONCEJO Nº 365
MORDAZA, 1 de diciembre de 2005 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 1 de diciembre del ano en curso el Oficio Nº 251-05-SG-MDLV de 17 de octubre de 2005, de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, sobre ratificacion de la Ordenanza Nº 06305-MDLV, que Establece el MORDAZA MORDAZA legal del regimen tributario y las tasas de los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo correspondiente a los anos 2002 al 2004, en esa jurisdiccion; y, CONSIDERANDO: Que, los articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido MORDAZA el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobada por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, MORDAZA el

Ratifican la Ordenanza Nº 89-MDSM, modificada por Ordenanza Nº 90MDSM, que establece modificacion de determinacion de tasas por arbitrios en el distrito de San MORDAZA correspondiente a los ejercicios 2002 al 2005
ACUERDO DE CONCEJO Nº 391 MORDAZA, 13 de diciembre de 2005 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 13 de diciembre del ano en curso el Oficio Nº 001-09000002939 del Servicio de Administracion Tributaria - SAT,

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