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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (24/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 86

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G37/G30/G39/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de diciembre de 2005 tal fin a la Municipalidad Metropolitana de Lima, conjuntamente con la información y/o documentaciónsustentatoria respectiva, la que tiene carácter deDeclaración Jurada; Que, de conformidad con las Ordenanzas Nºs. 607, 727 y 830 emitidas por la MunicipalidadMetropolitana de Lima, teniendo en cuenta lasSentencias emitidas por el Tribunal Constitucional en los Expedientes Nºs. 0041-2004-AI/TC y 00053-2004- PI/TC publicadas el 14 de marzo y 17 de agosto de2005, respectivamente, el Servicio de AdministraciónTributaria - SAT ha realizado el análisis técnico y legalde la información y/o documentación presentada porla referida Municipalidad Distrital, la misma que tiene carácter de Declaración Jurada, según lo dispuesto por el Inc. b) del Artículo Segundo de la Ordenanza Nº607-MML, concluyendo según Informe Nº 004-082-00000371 que procede la ratificación de la mencionadaOrdenanza, por cumplir los requisitos exigidos paratal efecto; De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administración Tributaria -SAT y de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicosy de Organización en su Dictamen Nº 266-2005-MML/ CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el Portal Electrónico de la MunicipalidadMetropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe); ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 021- MDSA, modificada por la Ordenanza Nº 025-MDSA, que establece la modificación de determinación detasas por arbitrios en el distrito de Santa Anitacorrespondiente a los ejercicios 2004 y 2005, dado quecumple con los criterios mínimos de validezconstitucional establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente Nº 00053-2004- PI/TC. Artículo Segundo.- Dejar constancia que el presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentracondicionado al cumplimiento de su publicación hasta el31.12.2005, conjuntamente con el texto íntegro de las Ordenanzas Nºs. 021-MDSA y 025-MDSA y de los anexos que contienen el informe técnico, los cuadros deestructuras de costos y estimación de ingresos y losimportes de las tasas por tipo de arbitrio que las sustentan.Por otro lado, la aplicación de las Ordenanzas, materiade la presente ratificación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, debeseñalarse que los documentos presentados para laratificación de las Ordenanzas antes indicadas, tienencarácter de Declaración Jurada, para los efectos legalesa que hubiera lugar. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de LimaEncargado de la Alcaldía 21708 MUNICIPALIDAD DE ATE /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G6C/G69/G62/G72/G65/G20/G76/G65/G6E/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G74/G65/G73/G20/G71/G75/G65 /G63/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G6D/G61/G6E/G7A/G61/G6E/G61/G20/G22/G4D/G22/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G74/G65/G72/G63/G65/G72/G61/G65/G74/G61/G70/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G72/G62/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G53/G61/G6E/G74/G61/G20/G52/G6F/G73/G69/G74/G61/G64/G65/G20/G41/G74/G65 RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 00067 Ate, 9 de diciembre de 2005 LA GERENTE DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATEVISTO: El Documento Simple Nº 42185-2005 seguido por la empresa INVERSIONES NORTE S.A.C. en represen- tación de la INMOBILIARIA AMANDA S.A.C., (Asociaciónen Participación inscrita en el asiento 1-D de la Ficha Registral Nº 1637185 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima) por el que se solicita la emisión de una resoluciónampliatoria de la Resolución de Gerencia Nº 00056 del 28 de octubre de 2005, al haberse omitido la autorización de la libre venta de los lotes del terreno que conforman lamanzana “M” de la tercera etapa de la Urbanización Santa Rosita de Ate; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 00056 de fecha 28 de octubre de 2005, se recepcionó las obras dehabilitación urbana de tipo progresivo seguido por la empresa INVERSIONES NORTE S.A.C. en representación de la INMOBILIARIA AMANDA S.A.C. (Asociación enParticipación) para Uso Residencial de Densidad Media “R-4” del terreno de 52,550.85 m2 ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; Que, en el artículo tercero de la referida resolución se dispuso el levantamiento de la carga de los lotes correspondientes a la manzana “M” que quedaron en garantía para la ejecución de las obras básicas de lahabilitación urbana como son agua potable, alcantarillado y energía eléctrica, al haberse verificado y comprobado la ejecución de dichas obras, pero se omitió la autorizaciónde la libre venta de los mencionados lotes; Que, mediante el Informe Técnico Nº 828-2005-AHU- SGPUC-GDU/MDA de fecha 28 de noviembre de 2005, se señala que es procedente lo solicitado por losadministrados al haberse verificado que en la Resolución de Gerencia Nº 00056 se omitió en el artículo tercero autorizar la libre venta de los lotes que conforman lamanzana “M”, de la tercera etapa de la urbanización Santa Rosita de Ate; Que, con el visto bueno de la Subgerencia de Planificación Urbana y Catastro; y, Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y Ley Nº 27444Ley de Procedimiento Administrativo General, así como de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas, su reglamentoaprobado mediante el D.S. Nº 011-98-MTC; y por el Reglamento Nacional de Construcciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, a INVERSIONES NORTE S.A.C. en representación de INMOBILIARIAAMANDA S.A.C. (Asociación en Participación), la libre venta de los lotes que conforman la manzana “M” de la tercera etapa de la Urbanización Santa Rosita de Ate,al haberse levantado la carga de dichos lotes; de acuerdo a lo estipulado en el artículo tercero de la Resolución de Gerencia Nº 00056 del 28 de octubre de2005. Artículo Segundo.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de expedición de la presente, la mismaque estará a cargo de los interesados. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Oficina Registral de Lima y Callao para la inscripción correspondiente y a los interesados para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JANETTE ALVA NAVARRO Gerente de Desarrollo Urbano 21706