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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2005 (01/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 16

PÆg. 283882 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de enero de 2005 disposición. Subconvenios con organizaciones no-es- tadounidenses, que no cumplan con el límite mínimo de$ 300,000 deberán por los menos incorporar los párra- fos (h) e (i) de esta disposición. Subconvenios con or- ganizaciones estadounidenses deberán estipular de quela organización estadounidense está sujeta a los reque- rimientos de auditoría contenidas en la Circular OMB A- 133. Sección B.6. Integridad de la Información. El Do- natario afirma que según su leal saber y entender: (a) los hechos y circunstancias de los cuales ha in- formado a USAID o ha motivado que USAD se informe,en el curso de las negociaciones con USAID sobre el Convenio, son precisos y completos e incluyen todos los hechos y circunstancias que pudieran afectar mate-rialmente al Convenio y al relevo de responsabilidades bajo este Convenio; e (b) informará a USAID en forma oportuna, de cuales- quier hechos y circunstancias posteriores que pudieran afectar materialmente o que sea razonable esperar que puedan afectar al Convenio o al relevo de responsabili-dades bajo este Convenio. Sección B.7. Otros Pagos. El Donatario afirma que ninguno de sus funcionarios ha recibido ni recibirá pago alguno en relación con la adquisición de bienes o servi- cios financiados bajo el Convenio excepto impuestos,gravámenes o pagos similares establecidos legalmente en el país del Donatario. Sección B.8. Información y Requerimientos de Mar- ca. El Donatario dará la publicidad debida al Convenio como un programa al cual ha contribuido los Estados Unidos, identificará los lugares donde se lleva a cabo laactividad del Convenio y marcará los bienes financiados por USAID, como se describe en las Cartas de Ejecución. Artículo C. Estipulaciones para Adquisiciones Sección C.1. Fuentes y Origen(a) Costos en Moneda Extranjera. Los desembolsos para Costos en Moneda Extranjera serán utilizados ex-clusivamente para financiar los costos de bienes y ser- vicios requeridos por el Convenio, que tengan en lo que respecta a bienes, su lugar de procedencia y origen y,en lo que respecta a los proveedores de bienes y servi- cios, su nacionalidad en los Estados Unidos (código 000 del Código Gegráfico de USAID), excepto que USAIDacuerde lo contrario por escrito. (b) Desembolsos para los Costos en Soles Perua- nos. Los desembolsos para los costos en Soles Perua-nos serán utilizados exclusivamente para financiar los costos de bienes y servicios requeridos por el Convenio que cumplen con los requerimientos de la política deUSAID para adquisiciones locales que será provista en una Carta de Ejecución. (c) La fuente y origen de los embarques marítimos y aéreos serán considerados como el país de registro del barco o de la aeronave a tiempo del embarque. (d) Las estipulaciones relacionadas con bienes y ser- vicios restringidos e inelegibles pueden ser proporcio- nadas en una Carta de Ejecución. (e) El transporte por vía aérea de pertenencias o personas financiadas bajo este Convenio deberá efec- tuarse en transportes de registro americano, siempre que hubiera disponibilidad de tales transportes bajo elActa Vuele América. Este requisito puede ser descrito en mayor detalle en Cartas de Ejecución. Sección C.2. Fecha de Elegibilidad. No se podrá financiar bienes o servicios bajo el Convenio que sean adquiridos en cumplimiento de pedidos o contratos fir-memente colocados o celebrados con anterioridad a la fecha de este Convenio, a menos que las Partes convi- nieran de otro modo por escrito. Sección C.3. Planes, Especificaciones y Contra- tos. A fin de que exista mutuo acuerdo en los siguientesaspectos, y a menos que las Partes convinieran de otro modo por escrito: (a) El Donatario suministrará a USAID en cuanto es- tén preparados: (1) cualesquier planes, especificaciones, programas de adquisición o construcción, contratos u otra docu-mentación entre el Donatario y terceras partes, relacio- nada a los bienes y servicios a ser financiados bajo el Convenio, incluyendo la documentación referente a laprecalificación y elección de los contratistas y convoca- toria a licitación y propuestas. Las modificaciones de importancia sobre tal documentación serán también su-ministradas a USAID, tan pronto estén preparadas; y, (2) dicha documentación, también será suministrada a USAID tan pronto esté preparada, relacionada concualesquier bienes o servicios que, no obstante no es- tén financiados con fondos del Convenio, sean conside- rados por USAID como de gran importancia para el Con-venio. Los aspectos del Convenio que involucren asun- tos según esta subsección (a)(2), serán identificados en Cartas de Ejecución. (b) Los documentos relacionados con la pre-califica- ción de contratistas y con la convocatoria a licitación ypropuestas por bienes y servicios financiados bajo el Convenio serán aprobados por USAID, por escrito, con anterioridad a su emisión, y sus términos incluirán lasnormas y medidas americanas; (c) Los contratos y contratistas financiados bajo el Convenio para servicios de ingeniería y otros serviciosde construcción y para aquellos otros servicios, equipo o materiales según se pueda especificar en las Cartas de Ejecución, serán aprobados por USAID, por escrito,con anterioridad a la celebración del contrato. Las modi- ficatorias sustanciales en tales contratos serán también aprobadas por escrito por USAID con anterioridad a suejecución; y, (d) Las firmas consultoras utilizadas por el Donatario para el Convenio, pero que no sean financiadas bajo elConvenio, el alcance de sus servicios y el personal asig- nado a las actividades financiadas bajo el Convenio se- gún pueda especificar USAID y los contratistas para lasconstruciones utilizados por el Donatario para el Conve- nio, pero no financiados bajo el Convenio, deberán ser aceptables a USAID. Sección C.4. Precios Razonables. No se pagarán precios más altos que los razonables por cualesquierbienes y servicios financiados total o parcialmente bajo el Convenio. Tales ítems se adquirirán sobre una base justa y, en cuanto sea posible,sobre una base de com-petencia. Sección C.5. Notificación a Proveedores Poten- ciales. A fin de que todas las firmas de los Estados Unidos tengan la oportunidad de participar en el suminis- tro de bienes y servicios a ser financiados por el Conve- nio, el Donatario proporcionará a USAID la informaciónnecesaria con respecto a dichos bienes y sevicios en el momento que USAID lo solicite mediante Cartas de Eje- cución. Sección C.6. Transporte (a) Además de los requerimientos de la Sección C.1(a), los costos de transporte marítimo y aéreo y los servicios de entrega relacionados no pueden ser finan- ciados bajo la Donación, si los costos son para el trans-porte en un barco o nave aérea que no hubiera recibido previa aprobación de USAID. (b) A menos que USAID determine que no hubiera disponibilidad de barcos comerciales de bandera ameri- cana de propiedad privada que ofrecieran tarifas de fle- tes justas y razonables para dichos barcos o según seacuerde lo contario por escrito: (1) por lo menos el cincuenta por ciento (50%) del tonelaje bruto de todos los bienes (computados separa- damente para cargueros de carga seca, buques de lí-