Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2005 (01/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, sabado 1 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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Comuniquese a la senora Presidenta del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgacion. En Tumbes a los 24 dias del mes de noviembre del dos mil cuatro. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Tumbes a los 24 dias del mes de noviembre del dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 23937

puestas en la parte considerativa de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, a la Secretaria General Regional la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, disponiendose asimismo su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional. Comuniquese a la senora Presidenta del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgacion En Tumbes a los 24 dias del mes de noviembre del dos mil cuatro. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Tumbes a los 24 dias del mes de noviembre del dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 23938

Oficializan Himno de Tumbes como Himno Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 00021-2004/GOB.REG.TUMBES-CR EL CONSEJO REGIONAL TUMBES HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902, en su Articulo 2º de las Disposiciones Generales, reconocen a los Gobiernos Regionales con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, y el Articulo 200º, inciso 4) establece que son normas con rango de Ley entre otras, la Ordenanza Regional, la misma que es de aplicacion en su respectiva Region. Que, la Presidencia Regional con Oficio Nº 1440-2004GRT, solicita a la Municipalidad Provincial de Tumbes la autorizacion para la oficializacion del Himno de Tumbes como Himno representativo de la Region Tumbes. Que, en Sesion Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 16 de noviembre del 2004 mediante Acuerdo de Concejo Nº 081-2004-MPT-SG la Municipalidad Provincial de Tumbes Acordo autorizar a la Presidencia del Gobierno Regional de Tumbes, presentar ante el Consejo Regional, la propuesta para la oficializacion del Himno de Tumbes y su Institucionalizacion para la entonacion obligatoria en los actos publicos de la jurisdiccion del departamento de Tumbes. Que, en Sesion Extraordinaria de Consejo Regional de fecha 19 de noviembre del 2004, se dio a conocer la iniciativa sobre la oficializacion del Himno de Tumbes, como Himno Regional que identifique a todos y cada uno de las personas que han nacido en el departamento de Tumbes, y contando con la autorizacion del Concejo Municipal de Tumbes y con la opinion tecnica del Secretario Tecnico del Comite Consultivo Regional de Cultura, se sometio a debate en el pleno del Consejo Regional, el mismo que mediante Acuerdo Nº 118-2004/ GOB. REG. TUMBESCR-P aprobo por unanimidad la iniciativa, para lo cual es necesario formalizarlo via Ordenanza Regional. De conformidad con la Constitucion Politica del Estado, y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 37º inciso a) de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902; En atencion a lo aprobado por el Consejo Regional de Tumbes, HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Articulo Primero.- OFICIALIZAR el Himno de Tumbes como Himno Regional, por las consideraciones ex-

Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal de la Direccion Regional Sectorial de Salud de Tumbes
ORDENANZA REGIONAL Nº 0022-2004/GOB.REG.TUMBES-CR EL CONSEJO REGIONAL DE TUMBES HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion tiene como objetivo a nivel administrativo la modernizacion y eficiencia de los procesos y sistemas de administracion que aseguren la adecuada provision de los servicios publicos. Que, de conformidad con lo previsto en los articulos 191º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; que el articulo 9º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su Organizacion Interna y Presupuesto, asi mismo la mencionada Ley establece la funcion especifica en materia de salud de Organizar los niveles de atencion y administracion de las entidades de salud del Estado que brindan servicio en la Region. Que, el articulo 15 literal a) de la Ley Nº 27867 es atribucion del Consejo Regional como Organo normativo aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, mediante Ley Nº 27657 se inicia un MORDAZA de reestructuracion del Ministerio de Salud, Organismos Publicas descentralizados, Organos Desconcentrados y Direcciones Regionales de Salud. Que, mediante Decreto Supremo Nº 573-2003-SA/ DM publicado el 23 de MORDAZA del 2003 se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de las Direcciones de Salud y Red de Salud. Por lo que con la opinion favorable de la Oficina General de Planeamiento Estrategico del Ministerio de Salud se aprobo el mencionado documento de Gestion. Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM publicado el 18 de junio del 2004, se aprobaron los linea-

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