Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2005 (15/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, sabado 15 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGIMEN DE APLICACION DE SANCIONES -RAS- DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Objeto y ambito de aplicacion Articulo 1º.- La presente Ordenanza establece el Regimen de Aplicacion de Sanciones ­ RAS que regula el MORDAZA de fiscalizacion y control del cumplimiento de las normas y disposiciones administrativas de competencia municipal por parte de los administrados (personas naturales y juridicas de derecho publico y privado) y el Cuadro de Infracciones y Sanciones ­ CIS, aplicables en la jurisdiccion de MORDAZA del Mar. Las infracciones y sanciones de caracter tributario se rigen por su propia normativa. Principios de la potestad sancionadora Articulo 2º.- La potestad de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, para establecer infracciones administrativas y aplicar las consecuentes sanciones a los administrados, se rige por los principios del procedimiento sancionador contemplados en la Ley del Procedimiento Administrativo General. Ademas de ello, son de aplicacion los principios que regulan el Regimen Municipal de Aplicacion de Sanciones Administrativas y el Sistema Metropolitano de Fiscalizacion de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Caracter obligatorio de las normas municipales Articulo 3º.- Las normas y disposiciones municipales son de caracter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones administrativas contempladas en la presente Ordenanza, sin perjuicio de las acciones judiciales que correspondan. Plazos Articulo 4º.- Los plazos senalados en la presente Ordenanza y en los actos administrativos que se emitan como consecuencia de su aplicacion, se entienden referidos a dias habiles, salvo disposicion distinta. Organo competente Articulo 5º.- La Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA tiene a su cargo la fiscalizacion del cumplimiento de las normas y disposiciones municipales en el distrito; en consecuencia es competente para: 1) Llevar a cabo las acciones de fiscalizacion y control a traves de inspecciones, operativos u otros medios con la finalidad de detectar, constatar y sancionar las infracciones administrativas, con el apoyo de la Policia Nacional, si fuera necesario. 2) Emitir la Notificacion de Infraccion cuando corresponda e imponer la respectiva Resolucion de Sancion, de acuerdo a lo dispuesto en la presente Ordenanza. 3) Evaluar y emitir pronunciamiento respecto de los descargos presentados por las Notificaciones de Infraccion aplicadas. 4) Instruir, a traves de sus organos dependientes, los procedimientos sancionadores iniciados por infracciones a las normas y disposiciones administrativas de competencia municipal, y resolverlos a traves de su Gerente. 5) Llevar a cabo todas las actuaciones previas necesarias para mejor instruir y resolver el procedimiento sancionador, con el apoyo de las otras dependencias de la Municipalidad, de ser el caso. 6) Adoptar las medidas provisionales establecidas en la presente Ordenanza. 7) Resolver las solicitudes de prescripcion de sanciones. 8) Resolver en primera instancia los recursos interpuestos contra las resoluciones emitidas en el procedimiento sancionador.

El Departamento de Policia Municipal y el Departamento de Sanciones, dependientes de la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana, tienen a su cargo en forma directa la acciones de fiscalizacion e instruccion del procedimiento sancionador, respectivamente. Cuadro de Infracciones y Sanciones (CIS) Articulo 6º.- El Cuadro de Infracciones y Sanciones - CIS, que forma parte de la presente Ordenanza, contiene las infracciones y sanciones pecuniarias y no pecuniarias aplicables a los administrados que infrinjan las normas y disposiciones de competencia municipal en la jurisdiccion de MORDAZA del Mar. Aplicacion supletoria de normas Articulo 7º.- En todo lo no previsto por la presente Ordenanza rige lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General, el Regimen Municipal de Aplicacion de Sanciones de la Municipalidad de MORDAZA, la Ley del Procedimiento de Ejecucion Coactiva, sus disposiciones reglamentarias y las demas normas aplicables. CAPITULO II DE LA FISCALIZACION MUNICIPAL Seccion Primera Generalidades Acciones de fiscalizacion Articulo 8º.- La fiscalizacion del cumplimiento de las normas y disposiciones administrativas de competencia municipal comprende las acciones que se realizan mediante inspecciones, operativos u otros medios con la finalidad de detectar, constatar y sancionar las infracciones administrativas cometidas por los administrados al contravenir las normas y disposiciones municipales. Articulo 9º.- El personal que ejecuta las acciones de fiscalizacion debe estar debidamente acreditado para la funcion que desempena, portando para ello su carne de identificacion. De ser necesario, las acciones de fiscalizacion se realizaran con el apoyo del personal de las demas dependencias de la Municipalidad que por su caracter tecnico tengan injerencia. Articulo 10º.- Las acciones de fiscalizacion son programadas en la fechas y horas que la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana estime convenientes, pudiendo realizarse a cualquier hora del dia salvo en el caso de establecimientos a los que se les debera notificar dentro de sus horarios de atencion habituales, con excepcion de los casos que involucren indicios o denuncias de faltas graves. Articulo 11º.- Para el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana solicitara el MORDAZA de la Policia Nacional conforme a lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades. Articulo 12º.- Los documentos emitidos por el personal de la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana y sus organos dependientes en el ejercicio de las funciones fiscalizadoras, tienen el caracter de documentos publicos; en consecuencia, de conformidad con el MORDAZA de presuncion de legitimidad a que se refiere el Regimen Municipal de Aplicacion de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de MORDAZA, aprobado por la Ordenanza Nº 337-MML, dichos documentos producen fe respecto de los hechos comprobados por la Autoridad Municipal con motivo de la inspeccion, control y/o verificacion del cumplimiento de las normas y disposiciones de las normas y disposiciones administrativas de competencia municipal. Conflictos entre vecinos Articulo 13º.- La Municipalidad, a traves de las Gerencias de Desarrollo MORDAZA y Obras y de Desarrollo Social y Economico, interviene en los conflictos entre vecinos y fiscaliza el cumplimiento de los acuerdos de las juntas de propietarios de edificaciones y de las juntas vecinales, luego de una obligatoria etapa de conciliacion

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