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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G36/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 15 de enero de 2005 T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, corresponde a la Presidencia Regional emi- tir la correspondiente Resolución Ejecutiva Regional que declare en situación de emergencia las obrasque fueron materia del Acuerdo de Consejo Regional de Vistos; En ejercicio de las atribuciones contenidas en los incisos a ) y d) del artículo 21º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867; Con la conformidad de la Gerencia General Regio- nal, de la Subgerencia Regional de Administración y la visación de la Subgerencia Regional de Asesoría Jurídi- ca del Gobierno Regional de Lima; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar en situación de emer- gencia los siguientes proyectos, que forman parte del Plan Anual de Inversiones de la Entidad para el año 2004: - Provincia de Cañete: a. Construcción de diques de control: Quebrada San Jerónimo, Lunahuaná. b. Construcción de Alcantarillas TMC - Quebrada San Jerónimo-Lunahuaná. Ambas, hasta por un monto de S/. 50,000.00 nuevos soles. Artículo Segundo.- Declarar en situación de emer- gencia, el siguiente proyecto, incluido en el Plan Anual de Inversiones de la Entidad para el año 2004 para la pro- vincia de Huaura, cuya ejecución se encuentra condi-cionada a la emisión previa de un informe favorable del Instituto Nacional de Cultura, respecto a la posible afec- tación de restos arqueológicos: a. Construcción de Muro de Contención en el pasaje “Alfonso Ugarte” de Carquín, hasta por un monto deS/. 100,000.00 nuevos soles. Artículo Tercero.- Disponer que la Entidad efectúe las contrataciones en forma directa, requiriéndose invi- tar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las ba-ses, circunscribiéndose la exoneración a la omisión del proceso de selección que corresponde, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 148º del Reglamento delT.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Cuarto.- Cúmplase con las publicaciones y comunicaciones dispuestas por el artículo 147º del Re- glamento acotado, dentro de los plazos allí establecidos. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL MUFARECH NEMY Presidente 00878 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C /G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G32/G30/G30/G34/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 979-2004/GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR Piura, 29 de diciembre de 2004 VISTOS: El Informe Nº 055-2004/GRP-410000- 410100-UF y el Informe Nº 221-2004/GRP-410000- 410100 del 22 de octubre del 2004, sobre la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno Regional Piura, específicamente la Exclusión del Estudio de Prefactibilidad del Proyecto: Pavimenta- ción Vías AA.HH. Paita;CONSIDERANDO: Que, el Art. 7º del D.S. Nº 012-2001-PCM - T.U.O de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado concordante con el Art. 7º numeral 1) del D.S. Nº 013- 2001-PCM - Reglamento de la precitada, establecen que cada Entidad debe elaborar un Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones, el cual será aprobado dentro de los treinta (30) días naturales de aprobado el Presu- puesto Institucional de Apertura; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 1357-2003/GOB.REG.PIURA-PR del 31 de diciembre del 2003, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertu- ra de Ingresos y Egresos correspondiente al Año Fiscal 2004 del Pliego Presupuestal 457: Gobierno Regional Piura, por toda Fuente de Financiamiento; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 0043-2004/GOB.REG.PIURA-PR del 28 de enero del 2004, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones para el año fiscal 2004, del Pliego Presupues- tal 457: Gobierno Regional Piura; Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 0625- 2004/GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR del 23 de ju- nio del 2004, se Autorizó la Modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2004, del Pliego Pre- supuestal 457: Gobierno Regional Piura; Aprobado me- diante la Resolución aludida en el considerando anterior; Incluyendo el Proceso de Selección mediante el cual se contrataría la realización del Estudio de Prefactibilidad del Proyecto de Inversión Pavimentación de las Vías AA. HH. Paita, Código SNIP 881, por el monto de Cincuenta Mil 00/100 Nuevos Soles (S/. 50,000.00); Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 0665-2004/GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR del 23 de julio del 2004, que fuera modificada con la Resolución Ejecutiva Regional Nº 0776-2004/GOBIERNO REGIO- NAL PIURA-PR del 21 de septiembre del 2004, se desig- nó al Comité Especial encargado de conducir el Proceso de Selección de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 001- 2004/GOB.REG.PIURA-GRPPAT-GPIP - Estudio de Pre- factibilidad del Proyecto de Inversión: Pavimentación de Vías AA. HH. Paita, Código SNIP 881; Que, con los documentos de "Vistos", se solicita la cancelación del proceso para la formulación del Estudio de Preinversión a nivel de Prefactibilidad del Proyecto: Pavimentación de Vías AA. HH. Paita, Código SNIP 881, por cuanto, dicho proceso de selección ha sido convo- cado por la Municipalidad Provincial de Paita en la Licita- ción Pública Nº 001-2004/MPP-Primera Convocatoria; Que, el numeral 7º del Apartado VI de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE, señala que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones podrá ser mo- dificado en cualquier momento, durante el decurso del ejercicio presupuestal siempre que se produzca una reprogramación de las metas institucionales propuestas o una modificación del presupuesto Institucional. Asi- mismo, se estipula que toda modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, deberá ser aproba- da en cualquier caso, mediante instrumento emitido por el órgano o funcionario en el que se haya delegado la competencia para la aprobación del Plan Anual de Ad- quisiciones y Contrataciones; Que, la modificación al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones deberá ser remitido al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSU- CODE, a través de los mismos medios con que se remi- tió el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones origi- nalmente aprobado en su integridad; Asimismo, deberá ser remitido a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa PROMPYME, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de su aprobación; Que, de conformidad con el Art. 34º del D.S. Nº 012- 2001-PCM concordante con el Art. 17º del D.S. Nº 013- 2001-PCM, excluido el presente proceso de selección del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, cesa en sus funciones el Comité Especial designado, por cuan- to, ya no existe la necesidad de llevar a cabo el proceso que se le encomendó; Con las visaciones de las Oficinas Regionales de Asesoría Jurídica y de Administración, Gerencia Regio- nal de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Gerencia General Regional del Gobierno Regional Piura; y,