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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G36/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 15 de enero de 2005 su bienestar, siendo de su competencia organizar y admi- nistrar la prestación de los servicios públicos esencia-les, como es el caso del Registro Civil. Que, las Municipalidades dentro de su política de tra- tamiento social con su comunidad brinda facilidades asus vecinos para que regularicen su estado civil me- diante la celebración del matrimonio comunitario y con ello coadyuvar con el fortalecimiento de la Unidad Fami-liar como célula básica de la sociedad. Que, dentro de ese contexto, el Departamento de Registros Civiles mediante Informe Nº 001-05-DRRCC/MDMM, de fecha 4 de enero de 2005, propone la realiza- ción del Primer Matrimonio Civil Comunitario 2005, a lle- varse a cabo el día domingo 13 de febrero del presenteaño, en el auditorio del Colegio ROSENTHAL DE LAPUENTE ubicado en Jr. Grau Nº 525, Magdalena delMar. Estando de conformidad con las facultades con- feridas por el inciso 8) del Art. 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Munici-pal ha aprobado por UNANIMIDAD, y con dispensadel trámite de lectura y aprobación del Acta, la si-guiente: ORDENANZA DISPONEN REALIZACIÓN DEL PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2005 EN EL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración del “PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2005”,el mismo que se realizará el día 13 de febrero del 2005,a las 12.00 horas, en el auditorio del Colegio ROSEN-THAL DE LA PUENTE ubicado en Jr. Grau Nº 525, Mag- dalena del Mar. Artículo Segundo.- ESTABLECER que los contra- yentes que se presenten al Primer Matrimonio Civil Co-munitario 2005 abonen como pago por Apertura de Expe-diente Matrimonial el monto de S/. 20.00 (Veinte 00/100Nuevos Soles) y por examen pre-nupcial S/. 25.00 (Vein- ticinco y 00/100 nuevos soles) por pareja. Artículo Tercero.- Los contrayentes, que participen en el matrimonio civil deberán presentar los siguientesdocumentos: - Partida de Nacimiento certificada (de ambos). - Copia autenticada por el Fedatario de la Municipali- dad, del Documento Nacional de Identidad (DNI) vigentecon la constancia del último sufragio, o en su caso delCIP, Pasaporte o Carné de Extranjería, debiendo mos-trar los originales. - Una fotografía tamaño carné o pasaporte de cada contrayente. - Certificado Médico Prenupcial extendido por la Mu- nicipalidad. - Certificado Domiciliario y/o Declaración Jurada de residir en el distrito, adjuntando copia de recibos de agua,teléfono, luz o arbitrios. - Dos testigos mayores de edad que conozcan a los contrayentes por lo menos tres (3) años, los cualesdeberán portar sus documentos de identidad original,adjuntando copias autenticadas por el Fedatario de laMunicipalidad. Los viudos, divorciados, menores de edad, militares y extranjeros que deseen participar de este PRIMERMATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2005, deberáncumplir con presentar la documentación adicional, se-gún sea el caso. El plazo límite para presentar el expediente matri- monial será hasta el 4 de febrero del 2005. Artículo Cuarto.- DISPENSAR a los contrayentes participantes en el presente Matrimonio Civil Comunita-rio de la publicación de sus Edictos Matrimoniales, sinperjuicio que la Municipalidad proceda a efectuar la difu-sión y publicación que corresponda. Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal a los Departa-mentos de Registros Civiles y de Imagen Institucionalde esta Municipalidad, quienes deberán realizar lasacciones necesarias para cumplir con los fines en- cargados. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 00792 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G41/G70/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65 /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G2D/G20/G52/G41/G53/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 182-MDMM Magdalena del Mar, 13 de enero de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO:El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Se- sión Ordinaria de Concejo de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley Nº 27680, las municipalidades son órganos de go-bierno local con autonomía política, económica y admi-nistrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalida- des, establece que las municipalidades son competen- tes para establecer infracciones y las consecuentes sanciones administrativas a los administrados que in-cumplen las normas municipales; Que, de acuerdo con el artículo 46º de la precitada Ley, las ordenanzas determinan el régimen de sancio-nes administrativas por la infracción de sus disposi- ciones, estableciendo las escalas de multas en fun- ción de la gravedad de la falta, así como la imposiciónde sanciones no pecuniarias tales como la suspen-sión de autorizaciones o licencias, clausura, decomi-so, retención de productos y mobiliario, retiro de ele-mentos antirreglamentarios, paralización de obras, demolición, internamiento de vehículos, inmovilización de productos y otras; Que, según la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, las entidades públicas ejercenla potestad sancionadora siguiendo obligatoriamente elprocedimiento legal regido por los principios de legali- dad, debido procedimiento, razonabilidad, tipicidad, irre- troactividad, concurso y continuación de infracciones,causalidad, licitud y non bis in ídem, además de obede-cer a características esenciales previstas en el artículo235º de la citada Ley, como la notificación del cargo alpresunto infractor, la instrucción del procedimiento y la decisión administrativa; Que, la Ordenanza Nº 024-MDMM, que aprueba el Régimen de Aplicación de Multas y Sanciones Admi-nistrativas de la jurisdicción de Magdalena del Mar,fue emitida en junio de 1999 bajo la vigencia del dero-gado Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, por lo que re- sulta imprescindible actualizar las normas que regu- lan el ejercicio de la potestad sancionadora de estaMunicipalidad en armonía con la Ley Nº 27444, orien-tándolas dentro de un contexto de difusión y preven-ción, considerando que las acciones de fiscalizacióndeben tener como finalidad crear una cultura cívica orientada al respeto y cumplimiento de las normas y disposiciones municipales por parte de personas na-turales y/o jurídicas, de derecho público y privado,que permitan la convivencia en comunidad y propicienel desarrollo integral y armónico del distrito de Magda-lena del Mar; En ejercicio de las facultades conferidas por el nu- meral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánicade Municipalidades, el Concejo Municipal ha aprobadopor UNANIMIDAD, y con dispensa del trámite y lecturadel acta la siguiente: