Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2005 (22/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, sabado 22 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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taciones y adquisiciones, constate que el expediente del MORDAZA cuente con dichos documentos; lo que constituye incumplimiento de sus funciones establecidas en el Manual de Organizacion y Funciones; Conforme a la evaluacion y analisis de los hechos, referidos a la labor de la senora MORDAZA Frisancho MORDAZA, ex Directora de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior, es pertinente manifestar que si bien se han adjuntado posteriormente los documentos faltantes en el expediente del MORDAZA, no se ha acreditado que estos obren en el mismo, como lo constato la Comision Auditora, no evidenciandose documentariamente que MORDAZA supervisado, verificado y comprobado que la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, como area encargada de las contrataciones y adquisiciones, constate que el expediente del MORDAZA cuente con dichos documentos; lo que constituye incumplimiento de sus funciones establecidas en el Manual de Organizacion y Funciones; Que, al respecto, al MORDAZA de lo previsto en el articulo 165º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios por unanimidad se ha pronunciado por la apertura de MORDAZA administrativo disciplinario a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, ex Directora General de Administracion del Ministerio del Interior, y la senora MORDAZA Frisancho MORDAZA, ex Directora de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior, habrian incurrido en las faltas de caracter disciplinario tipificadas en los incisos a) y d) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, pasibles de sancion disciplinaria; las mismas que, a criterio de la Comision Especial, tendrian el caracter de grave al encontrarse referidas a la omision de una actuacion de importancia, como es la verificacion oportuna de la existencia del contrato suscrito entre las partes, de la MORDAZA del postor ganador de no estar inhabilitado para contratar con el Estado expedida por el CONSUCODE y de las copias autenticadas o legalizadas de la garantia de fiel cumplimiento, omision que se encontraria en posicion de causar perjuicio directo a la entidad; Que, del contenido de la Observacion Nº 13 del Informe Nº 017-2004-2-0282-IN/OCI.OAI.AUD, se verifica que el expediente administrativo del Concurso Publico Nº 002-2003-IN/OGA "Contratacion del Servicio de Limpieza y Mantenimiento de Dependencias No Policiales del Ministerio del Interior", cuya convocatoria fue efectuada con fecha 1 de octubre del 2003, con un valor referencial de S/. 906,621.00, no MORDAZA con la opinion favorable de disponibilidad presupuestal, previo a la convocatoria del MORDAZA, y no obstante ello se llevo adelante el MORDAZA de seleccion otorgandose la buena pro con fecha 13 de noviembre del 2003 al postor PISERSA, situacion que contraviene lo establecido en el articulo 11º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por inobservancia de la MORDAZA citada por parte de los miembros del Comite Especial, asi como de los funcionarios que estuvieron a cargo de la ejecucion del proceso; Conforme a la evaluacion y analisis de los hechos expuestos, le alcanzaria responsabilidad administrativa a los integrantes del Comite Especial del Concurso Publico Nº 002-2003-IN/OGA "Contratacion del Servicio de Limpieza y Mantenimiento de Dependencias No Policiales del Ministerio del Interior", senor MORDAZA MORDAZA Vasallo MORDAZA, ex Presidente del Comite Especial, MORDAZA PNP MORDAZA Briceno Pomar, ex miembro titular del Comite Especial, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex miembro titular del Comite Especial; al no haber obtenido previo a la realizacion del MORDAZA la disponibilidad presupuestal, siendo pertinente manifestar que, en sus descargos se trato de incluir un documento que habia sido elaborado con posterioridad a la fecha consignada en estos, incumpliendo lo establecido en el articulo 11º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; asimismo, le alcanzaria responsabilidad administrativa a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, ex Directora General de Administracion del Ministerio del Interior, por no supervisar, verificar ni comprobar que previamente a la realizacion del Concurso Publico Nº 002-2003-IN/OGA "Contratacion del Servicio de Limpieza y Mantenimiento de Dependencias No Policiales del Ministerio del Interior" se cuente con el informe de disponibilidad presupuestal, conforme a lo establecido en el articulo 11º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, lo que constituye incumplimiento de sus fun-

ciones establecidas en el Manual de Organizacion y Funciones; asimismo, le alcanzaria responsabilidad administrativa al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Servicios Auxiliares de la OASAOGA, al no comprobar que previamente a la realizacion del Concurso Publico Nº 002-2003-IN/OGA "Contratacion del Servicio de Limpieza y Mantenimiento de Dependencias No Policiales del Ministerio del Interior" se cuente con el informe de disponibilidad presupuestal, conforme a lo establecido en el articulo 11º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, lo que constituye incumplimiento de sus funciones establecidas en el Manual de Organizacion y Funciones, asimismo, le alcanzaria responsabilidad administrativa al senor Freddy M. Zelaya MORDAZA, ex Director de la Oficina de Presupuesto de la OGA, al no emitir previamente a la realizacion del MORDAZA el informe de disponibilidad presupuestal, en funcion a lo establecido en el articulo 11º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en las normas de ejecucion presupuestal, lo que constituye incumplimiento de sus funciones establecidas en el Manual de Organizacion y Funciones; Que, al respecto, al MORDAZA de lo previsto en el articulo 165º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios por unanimidad se ha pronunciado por la apertura de MORDAZA administrativo disciplinario al senor MORDAZA MORDAZA Vasallo MORDAZA, ex Presidente del Comite Especial, al MORDAZA PNP MORDAZA Briceno Pomar, ex miembro titular del Comite Especial, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex miembro titular del Comite Especial; a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, ex Directora General de Administracion del Ministerio del Interior, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Servicios Auxiliares de la OASA-OGA, y al senor Freddy M. Zelaya MORDAZA, ex Director de la Oficina de Presupuesto de la OGA, quienes habrian incurrido en las faltas de caracter disciplinario tipificadas en los incisos a) y d) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, pasibles de sancion disciplinaria; las mismas que, a criterio de la Comision Especial, tendrian el caracter de grave al encontrarse referidas a la omision de una actuacion de importancia, como es la verificacion oportuna de la existencia de disponibilidad presupuestal, omision que se encontro en posicion de causar perjuicio a la entidad; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior, y de conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director General de Administracion del Ministerio del Interior; al Capitan ® PNP MORDAZA MORDAZA Riglos MORDAZA, ex Director de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior; al senor MORDAZA Munante Aquije, ex servidor, ex Director de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior y ex Presidente del Comite Especial Permanente que llevo a cabo la Adjudicacion Directa Publica Nº 0012002-IN/OGA; al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, servidor, ex Director (e) de la Oficina Legal de Asuntos Administrativos de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior y ex Secretario del Comite Especial Permanente que llevo a cabo la Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2002-IN/OGA; al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, servidor, Subdirector (e) de la Unidad de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior, y ex Vocal del Comite Especial Permanente que llevo a cabo la Adjudicacion Directa Publica Nº 0012002-IN/OGA; a la senora MORDAZA Frisancho MORDAZA, ex Directora de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior; a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, ex Directora de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior; al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de la Oficina Legal de Asuntos Administrativos de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior; a la Licenciada MORDAZA MORDAZA Egusquiza Ponte, servi-

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