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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2005 (26/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 55

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G35/G33/G35/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 26 de enero de 2005 clamación y juramentación, se realice en ceremonia pú- blica; Que, en cumplimiento de dicho acuerdo y en uso de las facultades conferidas por los artículos 182º de la Constitución Política del Perú, 21º inciso e), 37º incisosb) y d), de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura - Ley Nº 26397; y 8º de la Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - Ley Nº26487; SE RESUELVE:Primero.- Nombrar a la doctora MAGDALENA CHU VILLANUEVA, Jefa de la Oficina Nacional de ProcesosElectorales. Segundo.- Proceder al acto de proclamación y jura- mentación, en ceremonia pública del Consejo Nacionalde la Magistratura. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL CABALLERO CISNEROS Presidente 01639 CONTRALORÍA GENERAL /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G69/G6E/G66/G75/G6E/G64/G61/G64/G61/G20/G72/G65/G63/G6F/G6E/G73/G69/G64/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E /G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G33/G34/G31/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G43/G47 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 025-2005-CG Lima, 21 de enero de 2005 Vistos; el Recurso de Reconsideración interpuesto por la sociedad de auditoría Edgar Garay & Asociados Contadores Públicos Sociedad Civil contra la Resolu-ción de Contraloría Nº 341-2004-CG y las Hojas de Recomendación Nºs 064-2004-CG/SOA y 074-2004-CG/ SOA de la Gerencia de Sociedades de Auditoría. CONSIDERANDO: Que, con la Resolución de Contraloría Nº 341-2004- CG del 26.AGO.2004 se sancionó a la sociedad de auditoría Edgar Garay & Asociados, Contadores Públi-cos Sociedad Civil con suspensión de seis (6) meses del Registro de Sociedades al haberse determinado en el proceso investigatorio, que durante la ejecución delexamen realizado al Banco Agrario del Perú en Liquida- ción de los ejercicios económicos de 2000, 2001, 2002 y Balance Final de Liquidación con proyección al perío-do de cierre, la sociedad de auditoría inobservó el literal f) del artículo 57º del Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría aprobado por Resoluciónde Contraloría Nº 140-2003-CG; lo cual además vulne- ra los principios de autonomía funcional y reserva con- tenidos en los literales c) y n) del artículo 9º de la LeyNº 27785; adicionalmente, la sociedad de auditoría in- cumplió las obligaciones para el inicio y culminación de la auditoría establecida en la cláusula tercera del con-trato y lo preceptuado en la Norma de Auditoría Nº 1.30 “Cuidado y Esmero Profesional”, aprobada por Resolu- ción de Contraloría Nº 162-95-CG y sus modificato-rias; Que, la sociedad de auditoría Edgar Garay & Asocia- dos, Contadores Públicos Sociedad Civil con la Carta Nº278-04-EG interpone recurso de reconsideración con- tra la Resolución de Contraloría Nº 341-2004-CG, el mis- mo que fue ampliado posteriormente, con la Carta Nº292-04-EG; Que, la Gerencia de Sociedades de Auditoría, proce- dió a realizar el análisis y evaluación de los argumentosexpuestos por la sociedad de auditoría en su impugna- ción, cuyo detalle consta en las Hojas de Recomenda- ción de vistos, determinando que dichos argumentos nodesvirtúan los fundamentos que sustentan la resolución impugnada, por lo que recomiendan declarar infundadoel recurso de reconsideración interpuesto contra la Re- solución de Contraloría Nº 341-2004-CG; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 32º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General - Ley Nº 27785; y conformeal procedimiento establecido en Sexta Disposición Tran- sitoria de la Resolución de Contraloría Nº 140-2003-CG que aprueba el Reglamento para la Designación de So-ciedades de Auditoría; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar infundado el Recurso de Reconsideración interpuesto por la sociedad de audi-toría Edgar Garay & Asociados Contadores Públicos Sociedad Civil contra la Resolución de Contraloría Nº 341-2004-CG. Artículo Segundo.- La presente resolución se comu- nicará al Colegio Profesional respectivo, conforme se es- tablece en la Sexta Disposición Transitoria del Reglamentopara la Designación de Sociedades de Auditoría aprobado por Resolución de Contraloría Nº 140-2003-CG. Regístrese comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 01529 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6D/G70/G75/G6C/G73/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G2D /G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G2D /G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G53/G61/G6E/G74/G61/G20/G2D/G20/G41/G6E/G63/G61/G73/G68 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 026-2005-CG Lima, 21 de enero de 2005 Vistos; la Hoja de Recomendación Nº 02-2005-CG/ GDPC de 06.ENE.2005, el Oficio Nº 1011-2004-DIRCO- COR-PNP/DIVPACGR de 09.OCT.2004, los Oficios Nºs. 1076 y 1078-2004-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de15.OCT.2004, y el Atestado Nº 052-2004-DIRCOCOR- PNP/DIVPACGR de 30.SET.2004, resultante de las in- vestigaciones realizadas por la Unidad Técnica Espe-cializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General de la República, en la Municipalidad Provincial del Santa, departamento de Ancash; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, a través del Oficio Nº 0283-2004-CG/DC de 27.FEB.2004 dispu- so se efectúe una Verificación de Denuncia por presun-tas irregularidades cometidas en la Municipalidad Provin- cial del Santa - Ancash, en torno al proceso de selección y otorgamiento de la Buena Pro a la Empresa IngenierosCiviles & Contratistas Generales S.A. - ICCGSA, entre otros, designando para el caso una Comisión a efecto de practicar la citada verificación; Que, como resultado de dicha Verificación se ha emitido el Informe de Verificación de Denuncias Nº 08-2004-CG/ GDPC de 30.JUN.2004, en el cual se han determinadopresuntas irregularidades al haberse utilizado parte de los recursos provenientes de un préstamo del Banco de la Nación, destinados exclusivamente para obras y serviciospúblicos, en el pago de gastos corrientes; haber solicitado dicho préstamo con una anticipación de siete (7) meses antes de su inclusión en el Plan Anual de Contrataciones yAdquisiciones de la entidad; asimismo, por el hecho que la Municipalidad contrató sin proceso de selección, los servi- cios de profesionales para que integren el Comité Especialde la Licitación Pública Nº 01-2003-MPS y Concurso Públi- co Nacional Nº 01-2003-MPS, pese a que dicha exonera- ción al proceso de selección no contaba con Informe Téc-nico Legal que la sustente, de igual manera se le atribuye a los miembros del Comité Especial el haber convalidado