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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G35/G33/G35/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 26 de enero de 2005 indebidamente los presupuestos referenciales con precios al mes de agosto del 2003; haber suscrito el Director Muni-cipal la Resolución de Alcaldía Nº 0763, sin tener las facul- tades para actuar en representación del Alcalde; y haberse verificado que los trabajos ejecutados en determinadaspartidas, contenidas en la planilla de metrados de la valori- zación de Obra Nº 3, han sido pagados en exceso y sin sustento; Que, debido a la existencia de presuntas irregularidades que denotaban indicios razonables de comisión de delito y al requerirse se practiquen diligencias policiales para tal fin,se solicitó la participación de la Unidad Técnica Especiali- zada de la Policía Nacional Adscrita a la Contraloría Gene- ral de la República, a efecto que profundice las investiga-ciones del caso; Que, la mencionada Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional Adscrita a la Contraloría General, con-forme a sus atribuciones señaladas en los artículos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Orgá- nica de la Policía Nacional del Perú, ha elaborado el Atesta-do de Vistos, el mismo que fue remitido por dicha Unidad Técnica con Oficio Nº 1011-2004-DIRCOCOR-PNP/DI- VPACGR de 09.OCT.2004 a la Primera Fiscalía ProvincialPenal del Santa - Ancash, a fin que este órgano formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por los delitos de Falsificación de Documentos enGeneral, Malversación de Fondos, Abuso de Autoridad y Usurpación de Funciones, ilícitos previstos y sancionados por los artículos 427º, 389º, 376º y 361º del Código Penal,respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal o) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la Repú- blica, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrati-vos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de éste, por lo que resulta convenienteautorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, a fin que se apersone e impulse las acciones legales corres-pondientes e interponga los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado deVistos; De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Estado, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modi-ficatorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico a cargo de los asuntos judiciales de la ContraloríaGeneral de la República, para que en nombre y repre- sentación del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspon-dientes por los hechos expuestos, en el Atestado de Vistos, remitiéndosele para el efecto los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 01530 J N E /G49/G6E/G73/G63/G72/G69/G62/G65/G6E/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G64/G6F/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G6F/G20/G22/G43/G61/G6D/G62/G69/G6F /G52/G61/G64/G69/G63/G61/G6C/G22/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G64/G6F/G73/G20/G50/G6F/G2D/G6C/GED/G74/G69/G63/G6F/G73 OFICINA DE REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCIÓN Nº 008-2005-OROP/JNE Lima, 20 de enero de 2005VISTA: La solicitud presentada por el señor José Barba Caballe- ro, Presidente del Partido Político: “CAMBIO RADICAL”. CONSIDERANDO: Que, mediante solicitud presentada el 10 de diciem- bre de 2004, el señor José Barba Caballero, Presidente del Partido Político: “CAMBIO RADICAL”, solicitó a la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas la ade-cuación de dicha agrupación a las disposiciones conte- nidas en la Ley Nº 28094 y la inscripción del partido que representan en el Registro de Organizaciones Políticasdel Jurado Nacional de Elecciones. Que, revisada la solicitud presentada, se advierte que la misma cumple con todas las disposiciones forma-les contenidas en el artículo 5º de la Ley Nº 28094, esto es, i) Acta de Fundación, ii) Actas de Constitución de Comités Partidarios ubicados en al menos el tercio delas provincias del país así como en las dos terceras partes de los departamentos del país y suscritas cada una por no menos de cincuenta afiliados debidamenteidentificados, iii) Estatuto, iv) designación de Personeros Legales titulares y alternos, v) designación del Repre- sentante Legal del Partido, estando exceptuados de lapresentación de firmas tal como lo dispone la primera disposición transitoria de la Ley Nº 28094. Que, con fecha 12 de enero de 2005 se publicó en el Diario Oficial El Peruano un resumen de la solicitud a efectos que cualquier persona natural o jurídica ejerciera su dere- cho a formular tacha contra la inscripción de la agrupaciónsolicitante, habiendo quedado en esta Oficina de Registro toda la documentación correspondiente a la misma. Que, se ha vencido el plazo señalado en el artículo 10º de la Ley Nº 28094 sin que se haya presentado tacha alguna contra la solicitud de inscripción, conforme es de verse en el Memorando Nº 023-2005-OTDA/JNEde fecha 20 de enero de 2005. Que, los partidos políticos se constituyen por iniciati- va y decisión de sus fundadores y, luego de cumplidoslos requisitos establecidos en la Ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley a la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas del Ju- rado Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro de Parti- dos Políticos al Partido Político: “CAMBIO RADICAL”, quedando aprobado su símbolo el cual es representadopor un rectángulo en el cual se incluye en dos líneas las palabras “CAMBIO RADICAL” en mayúsculas e inclina- das hacia la derecha, todo en color rojo y sobre fondoblanco. Artículo Segundo.- Abrir la partida registral corres- pondiente en el Libro de Partidos Políticos, Partida Nú-mero Trece y regístrese la inscripción en el Asiento Nú- mero Uno. Artículo Tercero.- Téngase acreditados como perso- neros del Partido Político “CAMBIO RADICAL”, a la se- ñora Auristela Obando Morgan y Jorge Rafael Valdez Oyola como titular y alterno respectivamente. Regístrese y notifíquese. FERNANDO RODRÍGUEZ PATRÓN Jefe de la Oficina de Registro de Organizaciones políticas 01556 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G4A/G4E/G45/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G45/G6A/G65/G72/G2D/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN Nº 009-2005-P/JNE Lima, 25 de enero de 2005