Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2005 (26/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, miercoles 26 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 01543 RESOLUCION JEFATURAL Nº 004-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 4 de enero de 2005 Visto, el Oficio Nº 10470-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC, el Informe Nº 129-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC y el Informe Nº 1388-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 27 de diciembre del 2004. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion, inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA NISHIJIMA en atencion al MORDAZA de veracidad de las declaraciones, solicito y obtuvo otra inscripcion en el Registro Unico de Identificacion bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA QUIROGA TORRICO, valiendose para tal efecto de declaraciones falsas; las mismas que fueron insertadas en documento publico y registrados en el Sistema del Archivo Nacional de Identificacion, cuya organizacion y mantenimiento es encargada por Ley al RENIEC; Que, la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central, luego de verificar la declaracion dada por el citado ciudadano, concluye que la misma adolece de falsedad, hecho que motivo se excluya del registro la inscripcion obtenida de modo irregular mediante Resolucion Nº 127-2004-GP/SGDAC-RENIEC, en estricto cumplimiento a lo senalado en el articulo 67º inciso 7 del Decreto Ley Nº 14207; Que, aun cuando si bien se ha procedido administrativamente, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente, dado el hecho que se hizo insertar datos falsos en documento publico; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA NISHIJIMA o MORDAZA MORDAZA QUIROGA TORRICO; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA NISHIJIMA o MORDAZA MORDAZA QUIROGA TORRICO, por la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil.

Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 01544

Autorizan a procurador interponer acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 003-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 4 de enero de 2005 Visto, los Oficios Nºs. 9187, 9497-2004-GP/SGDAC/ HYC RENIEC y el Informe Nº 1403-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 28 de diciembre del 2004; CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que registran foto, firma e impresion digital en las Partidas de Inscripcion Nº 16471398 y Nº 23825789 quienes dicen llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respectivamente, los mismos que, en atencion al MORDAZA de veracidad para el procedimiento registral, solicitaron y obtuvieron inscripcion en el entonces Registro Electoral, utilizando para tal fin sustentos que no les pertenecen con la intencion de usurpar la identidad de terceros, haciendo introducir de esta forma datos falsos en el Sistema del Archivo Nacional de Identificacion, cuya organizacion y mantenimiento es encargada por ley al RENIEC; Que, aun cuando si bien, se ha procedido administrativamente, esto es, la exclusion del registro de las inscripciones obtenidas en base a usurpacion de identidad, en salvaguarda del derecho a la identidad de los ciudadanos afectados y en estricto cumplimiento del articulo 67º incisos 7 y 9 del Decreto Ley Nº 14207 y de la Ley Nº 26497, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio razonable de la comision de presunto delito Contra la Fe Publica en modalidad de Falsedad Generica; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en atencion al considerando precedente, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como contra los que registran foto, firma e impresion digital en las Partidas de Inscripcion Nº 16471398, Nº 23825789 y contra los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan, contra el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como contra los que registran foto, firma e impresion digital en las Partidas de Inscripcion Nº 16471398 y Nº 23825789 quienes dicen llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA

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