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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G35/G33/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 26 de enero de 2005 sultores, a quienes les corresponde analizar, absolver consultas, asesorar e informar al CONAF, sobre temasespecíficos que éste le requiera y está conformado por una cartera de técnicos y profesionales por especialida- des en el diseño y formulación de políticas de financia-miento. El Comité de Consultores está integrado por cuatro miembros. Dicho Comité contará con la participación deun Secretario Técnico quien será designado por Resolu- ción del Sector, el mismo que se encargará de canalizar la absolución de consultas, así como organizar y coordi-nar las sesiones del Comité. CAPÍTULO V DE LA GERENCIA EJECUTIVA Artículo 16º.- La Gerencia Ejecutiva es el órgano de línea y ejecución del FONDEP. Le corresponde ejecutarlos acuerdos aprobados por el Consejo de Administra- ción, supervisar la aplicación de los mismos, y dirigir a los demás órganos especializados de línea. Dentro de los tres (3) primeros meses de cada año, la Gerencia Ejecutiva del FONDEP, deberá presentar al Consejo de Administración un Informe auditado sobrelas actividades realizadas durante el año anterior. Artículo 17º.- El cargo de Gerente Ejecutivo del FON- DEP es elegido mediante concurso público de méritos,por un período de cuatro años renovables. Está sujeto a evaluaciones regulares. El CONAF establece los requi- sitos que deben satisfacer los postulantes a la GerenciaEjecutiva en el concurso público correspondiente. Los requisitos deben tender a asegurar su apropiada com- petencia técnico-profesional en el cumplimiento de susfunciones básicas de dirección, que son: a) Gestión de los recursos financieros y humanos del FONDEP. b) Administrar los sistemas e instrumentos de ges- tión del FONDEP c) Establecer relaciones con instituciones financie- ras, empresas, organismos de cooperación e institucio- nes vinculadas a sus funciones. d) Promover la participación de las Instituciones Edu- cativas. e) Evaluar periódicamente los resultados e impacto de los proyectos de inversión y de innovación y desa- rrollo educativo. Artículo 18º.- La Gerencia Ejecutiva del FONDEP tie- ne las siguientes funciones y atribuciones específicas: 1. En relación con el Consejo de Administración- CONAF: a) Formular y proponer los lineamientos de política institucional en materia de promoción y financiamiento de proyectos, captación, administración de fondos; fi-nanciamiento; presupuesto; inversiones financieras; con- tabilidad; costos y seguros; así como líneas específicas de inversión donde interviene el FONDEP. b) Promover los proyectos que presenten las Institu- ciones Educativas a ser apoyados por el FONDEP. c) Proponer los términos de referencia de los con- cursos de proyectos. d) Establecer las órdenes de prioridad de los proyec- tos, con sujeción a las políticas y lineamientos estableci-dos por el CONAF e) Proponer al CONAF, para su aprobación, los pro- yectos derivados del Plan Operativo Anual, a ser finan-ciados por el FONDEP una vez cumplidos los concur- sos, requisitos, políticas, prioridades y otros criterios fijados por la Ley y el CONAF. f) Presentar al Consejo de Administración para su aprobación el Plan General de Mediano Plazo, el Plan Operativo Anual, el Presupuesto Anual, los Estados Fi-nancieros, el Balance General y la Memoria Anual. g) Ejercer, por delegación del Consejo de Administra- ción, la representación legal del FONDEP. h) Ejecutar las demás funciones que le confieran el Consejo de Administración y otras normas legales. 2. En relación con la administración interna del Fondoa) Dirigir la labor del personal interno a cargo de los procesos técnicos de planeamiento, formulación, ejecu-ción y evaluación de los planes y proyectos educativos de mediano plazo, del Plan Operativo Anual, y del Presu- puesto Institucional Anual. b) Administrar los ingresos y las reservas financieras, conjugando criterios de rentabilidad y riesgo, así como la ejecución de acciones financieras destinadas a la concer-tación de créditos a corto, mediano y largo plazo. c) Elaborar el proyecto de Reglamento de Organiza- ción y Funciones del FONDEP, señalando con precisiónsus funciones especializadas y los órganos a cargo de ejercerlos. De la misma manera, los demás proyectos de reglamentos internos, para ser propuestos a la apro-bación del Consejo de Administración. d) Contratar servicios no personales de terceros o celebrar contratos de trabajo sujetos a esta modalidadpara el personal administrativo, en la medida de lo indis- pensable para el cumplimiento de los objetivos del FON- DEP. 3. En relación con las Instancias de Gestión Edu- cativa: a) Elaborar la Guía para presentación del Formato Básico. b) Elaborar y establecer en coordinación con las Ins- tancias de Gestión Educativa Descentralizada del Sec- tor Educación, las pautas y procedimientos de asisten-cia y asesoramiento técnico a las Instituciones Educati- vas para la justificación, elaboración y postulación de los proyectos que permitan su evaluación y aprobación porel FONDEP. a) Administrar las líneas de financiamiento señala- das en el presente Reglamento . b) Difundir, como labor docente, los proyectos de innovación exitosos para ser emulados por las Institu- ciones Educativas. 4. En relación con otras instituciones, agencias y organismos de financiamiento: a) Promover la instalación y funcionamiento de Me- sas de Donantes para la obtención de recursos a favordel FONDEP. b) Coordinar con las Instituciones del Sistema Finan- ciero Nacional los términos de negociación para optimi-zar la rentabilidad de los fondos institucionales. c) Coordinar las relaciones del FONDEP con los Po- deres del Estado, Organismos Públicos, Privados, Na-cionales o del Exterior. d) Celebrar Convenios de Cooperación Técnica o de cualquier otra índole relacionados con el ejercicio de susfunciones con entidades nacionales o extranjeras, pre- via aprobación del Consejo de Administración, destina- dos a captar recursos ante cualquier entidad pública oprivada, así como Convenios de financiamiento con los beneficiarios del FONDEP. 5. En relación con los órganos del Ministerio de Educación. a) Mantener vinculación y acciones de coordinación permanente con los órganos técnico especializados del Ministerio valiéndose del apoyo de éstos con el objeto deevitar duplicidad de acciones con el FONDEP, y utilizan- do en particular, la capacidad instalada del órgano de Planificación Estratégica del MED que incluye la oficinade Presupuesto, con el fin de articular debidamente las políticas y prioridades del Ministerio, con la acción del FONDEP. b) Establecer líneas de coordinación con la Oficina de Administración del MED para obtener el apoyo nece- sario a la implementación funcional del FONDEP, todavez que este último constituye por disposición de la Ley, un Programa Presupuestal del MED. CAPÍTULO VI DE LA ADMINISTRACIÓN INTERNA DEL FONDEP Artículo 19º.- El FONDEP cuenta con una Unidad de Administración Interna que apoya en esta materia al