Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2005 (02/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, miercoles 2 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

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f. Las sujetas a derechos antidumping o compensatorios. 4. RETIRO DE LOTES EN MORDAZA DE REMATE Los intendentes de aduana, directores de manifiestos, regimenes y operaciones aduaneras y el Gerente de Almacenes autorizan el retiro de los lotes del MORDAZA cuando: a. Exista inconsistencia entre la descripcion de la mercancia y la imagen mostrada en la fotografia; b. Exista error en la tasacion; c. Exista error de transcripcion; y d. Por causas que afecten la transparencia del MORDAZA de remate. Una vez identificados estos casos, el personal autorizado procede en forma inmediata al retiro de los lotes del MORDAZA de remate debiendo mantenerse un registro de estas evidencias. El retiro se realiza a traves de la opcion desarrollada para tal fin en el sistema. En caso de nacionalizacion de las mercancias en MORDAZA de remate, el retiro del MORDAZA es automatico. 5. EMISION DE MORDAZA DE REMATE PARA EFECTOS REGISTRALES En caso de vehiculos automotores rematados la SUNAT entrega una MORDAZA de remate (ANEXO 01 ) al usuario ganador.. 6. RECLAMOS DE USUARIOS GANADORES La solicitud de reclamo debe ser formulada por el usuario ganador a traves de comunicacion escrita dirigida al Intendente Nacional de Administracion o al intendente de aduana, segun corresponda; y, debe expresar los fundamentos de hecho y de derecho que llevan a plantear su reclamo. Los reclamos son evaluados por el jefe del almacen y resueltos mediante resolucion emitida por el Intendente Nacional de Administracion o el intendente de aduana segun corresponda, conforme a lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General. 7. REPORTE MENSUAL DE POLIZAS DE ADJUDICACION EMITIDAS Dentro de los cinco (5) primeros dias habiles de cada mes, los intendentes de aduana y el Gerente de Almacenes, remiten a la Division de Contabilidad General el reporte detallado de las polizas de adjudicacion (Anexo 02) emitidas en el mes anterior. De no haberse emitido polizas de adjudicacion por no haberse rematado los lotes exhibidos o no haberse presentado lotes a remate se remitira el reporte con indicacion de "sin movimiento". 8. DISENO DEL FLUJO OPERATIVO El flujo operativo de remate de mercancias a ser implementado por la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion, es disenado por la Oficina de Gestion de Almacenes de la INA en coordinacion con la Gerencia de Desarrollo de Sistemas Aduaneros y la Division de Desarrollo de Sistemas Administrativos de la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion. VII. DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO DE REMATE VIA INTERNET A. DE LA PREPARACION DEL REMATE 1. DE LAS MERCANCIAS 1.1. EN LOS ALMACENES Determinada la situacion legal de las mercancias para remate, conforme a lo establecido en el numeral 2 de la Seccion VI del presente procedimiento, el especialista en aduanas o personal designado por el jefe de almacen, verifica la correspondencia entre las mercancias, la documentacion que acompano su entrega al almacen

y la informacion que registra el acta que formaliza su ingreso. Posteriormente, el especialista en aduanas o personal designado recomienda que mercancias pueden ser objeto de remate, emitiendo un Informe dirigido al Jefe del Almacen. 1.2. EN LOS ALMACENES ADUANEROS En el caso de mercancias ubicadas en los almacenes aduaneros, el especialista en aduanas o personal designado por el jefe del almacen, verifica las mercancias con los datos que figuran en los documentos de transporte o manifiestos de carga, declaraciones unicas de aduanas, resoluciones de comiso consentidas, actas de recepcion o actas de inmovilizacion que les corresponda. Culminada esta diligencia, el especialista en aduanas o personal designado, elabora la relacion de las mercancias verificadas que se encuentran en abandono legal o comiso administrativo. Posteriormente, el especialista en aduanas o personal designado recomienda que mercancias pueden ser objeto de remate, emitiendo un Informe dirigido al Jefe del Almacen 2. DE LA LOTIZACION DE LAS MERCANCIAS El jefe de almacen designa al especialista en aduanas o personal responsable que se encargara de conformar los lotes, entregandole la documentacion con la informacion de las mercancias que seran objeto de remate. Para la conformacion de los lotes se debe tener en cuenta lo siguiente: a. Un lote puede incluir parte o la totalidad de las mercancias contenidas en los documentos de transporte, declaraciones unicas de aduana, resoluciones de comiso consentidas, actas de recepcion o actas de inmovilizacion; o, en su defecto, puede contener mercancias de distintos documentos de transporte, declaraciones unicas de aduana, resoluciones de comiso consentidos, actas de recepcion o actas de inmovilizacion. b. El valor total estimado del lote no debe ser menor a cien y 00/100 dolares americanos (US$ 100.00). Conformados los lotes, el personal designado registra la informacion correspondiente en la hoja de trabajo (ANEXO 03), la suscribe y la presenta al jefe del almacen para su correspondiente aprobacion. 3. DE LA DESCRIPCION DE LAS MERCANCIAS Para la descripcion de las mercancias a ser rematadas, el personal designado debe considerar la siguiente informacion: a. Clase; b. Cantidad expresada en la unidad de medida que le corresponda; c. Marca; d. Modelo; e. Estado operativo; f. Estado de conservacion; y g. Otra que facilite su identificacion o pueda ser de interes para el usuario. En los casos que no se cuente con la informacion MORDAZA senalada se recurre al SIVEP o a la pagina web del fabricante de las mercancias. 4. DE LA TASACION DE LAS MERCANCIAS El personal designado para la tasacion de las mercancias procede conforme a lo establecido en el documento Instrucciones para la Determinacion del Precio Base de las Mercancias a ser Rematadas Via Internet (ANEXO 04), registra el valor obtenido en la hoja de trabajo (ANEXO 03) y la eleva al Jefe del Almacen. Tratandose de almacenes, adjunta la MORDAZA o impresion de las actas de recepcion que correspondan a todo

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