Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2005 (02/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, miercoles 2 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

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Autorizan viaje de funcionarios para participar en la VI Reunion Bilateral del Equipo de Trabajo de Organismos Normativos y Reguladores de Peru y Ecuador
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 011-2005-OS/PRES MORDAZA, 31 de enero de 2005 VISTOS: La invitacion cursada por Consejo Nacional de Electricidad (CONELEC), mediante Oficio Nº DE-05-0110, para la VI Reunion Bilateral del Equipo de Trabajo de Organismos Normativos y Reguladores de Peru y Ecuador; CONSIDERANDO: Que, se ha emitido por parte de la Comunidad MORDAZA de Naciones, la Decision 536 "MARCO GENERAL PARA LA INTERCONEXION SUBREGIONAL DE SISTEMAS ELECTRICOS E INTERCAMBIO INTRACOMUNITARIO DE ELECTRICIDAD", publicado en la Gaceta Oficial de dicha Comunidad el 19 de diciembre de 2002; Que, la mencionada Decision ha servido de base para la aprobacion del Reglamento de Importacion y Exportacion de Electricidad (RIEE), mediante Decreto Supremo Nº 045-2004-EM; Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria del RIEE senala que la operacion no sincronizada del enlace Peru - Ecuador se sujetara a los Procedimientos que apruebe el Ministerio de Energia y Minas (el "Ministerio"), y que deberan ser elaborados por el Comite de Operacion Economica del Sistema en coordinacion con el OSINERG y el Operador del otro sistema involucrado, otorgandose un plazo MORDAZA de sesenta (60) dias, a partir de la publicacion del RIEE, para la puesta a consideracion de dichos Procedimientos al Ministerio; Que, la elaboracion de los mencionados Procedimientos requiere de reuniones bilaterales de trabajo entre los equipos tecnicos de Peru y Ecuador. En este sentido, se llevo a cabo, en la MORDAZA de MORDAZA, Peru, la V Reunion Bilateral del equipo de trabajo de Organismos Normativos y Reguladores de Peru y Ecuador, los dias 27 y 28 de diciembre de 2004, habiendose acordado efectuar una VI Reunion Bilateral en la Republica de Ecuador; Que, el CONELEC, con la finalidad de continuar con las reuniones de trabajo, informo que la VI Reunion Bilateral se llevara a cabo entre los dias 31 de diciembre a 1 de enero, en la MORDAZA de Guayaquil, Ecuador; Que, en este orden de ideas, resulta indispensable para el cumplimiento de las disposiciones asignadas a OSINERG por el RIEE, la participacion de los ingenieros MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente de la Division de Regulacion de Generacion y Transmision Electrica de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria de OSINERG y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Especialista de la Division de Regulacion de Generacion y Transmision Electrica de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria de OSINERG, en la VI Reunion Bilateral del Equipo de Trabajo de Organismos Normativos y Reguladores de Peru y Ecuador, por lo que es necesario autorizar el referido viaje; Que, los gastos por concepto de viaticos y transporte local de los referidos funcionarios seran asumidos por el Comite de Administracion de Recursos para Capacitacion - CAREC, sin cargo al pliego presupuestal del OSINERG; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 017-2003; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los ingenieros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente de la Divi-

MORDAZA de Regulacion de Generacion y Transmision de OSINERG, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Especialista de la Division de Regulacion de Generacion y Transmision de OSINERG, a la MORDAZA de Guayaquil, Ecuador, los dias 31 de enero a 1 de febrero de 2005, mas los dias necesarios para el viaje de ida y vuelta; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion seran asumidos por el Comite de Administracion de Recursos para Capacitacion CAREC, no irrogando, en consecuencia, gasto alguno al Organismo Supervisor de la Inversion en Energia - OSINERG. Articulo 3º.- La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- Dentro de los quince dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios autorizados deberan presentar ante el Consejo Directivo de OSINERG un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 02294

SUNAT
Aprueban Procedimiento para el Remate Via Internet de Mercancias en Abandono Legal o Comiso Administrativo
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 056-2005/SUNAT/A Callao, 31 de enero de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Superintendencia Nacional de Aduanas Nº 001122 del 19 de setiembre de 2001, se aprobo el Procedimiento INAR-PG.04 - "Disposicion de Mercancias", a efecto de regular los procedimientos para el remate, adjudicacion y destruccion de mercancias en situacion de abandono legal o comisadas; Que, se ha considerado conveniente contar con procedimientos separados para las diferentes formas de disposicion de mercancias a las que se refiere el considerando precedente; Que, para tal proposito, se ha elaborado el Procedimiento INA-PG.16 "Procedimiento para el Remate via Internet de Mercancias en Abandono Legal o Comiso Administrativo"; Que, en tal sentido, corresponde aprobar dicho procedimiento; En uso de las facultades conferidas en el literal f) del articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y la Resolucion de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el "Procedimiento INA-PG.16, denominado "Procedimiento para el Remate via Internet de Mercancias en Abandono Legal o Comiso Administrativo", que como anexo se integra a la presente Resolucion. Articulo 2º.- Dejar sin efecto los numerales que dentro del Procedimiento INAR-PG.04 - "Disposicion de Mercancias" y demas normas complementarias regulan lo

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