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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (02/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 66

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G30/G34/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 2 de febrero de 2005 ciativa mediante pronunciamiento expreso. El rechazo no podrá ser impugnado en la vía administrativa o judi-cial. Si vence el plazo previsto en el inciso 15.5 del Reglamento de la Ley Nº 28059 y la OPIP no emitepronunciamiento sobre la iniciativa, ésta se conside- rará desaprobada por silencio administrativo. En éste caso, el interesado podrá interponer queja ante laPresidencia del Gobierno Regional con el único obje-to de obtener un pronunciamiento expreso, sin per-juicio de la determinación de responsabilidad de losfuncionarios respectivos. 11.4 Aprobación del Proyecto y notificación al promotor La OPIP evalúa el Proyecto según los criterios señalados en el artículo décimo segundo de la pre-sente ordenanza y presenta un informe con propuesta de acuerdo al Consejo Regional para su aprobación, previa declaratoria de viabilidad del Proyecto segúnlas normas del SNIP. Aprobado el Proyecto, la OPIP notifica al intere- sado en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles. 11.5 Transparencia y convocatoria a concurso Un resumen ejecutivo del Proyecto aprobado es publicado en el Diario Oficial El Peruano y en otrodiario de circulación nacional a costo del solicitante,dentro del plazo de diez (10) días hábiles desde queel solicitante cubra los costos. También es incluido en la página Web del Gobierno Regional de Loreto dentro de los diez (10) días hábiles de aprobado elProyecto. El resumen ejecutivo deberá contener, cuando me- nos, la siguiente información: Sobre el Proyecto: - Objeto y alcance del Proyecto. - Bienes y/o servicios públicos sobre los cuales se desarrollará el Proyecto. - Modalidad contractual y plazo del contrato.- Monto referencial de la inversión. - Cronograma tentativo del proceso de inversión. - Forma de retribución. Sobre requisitos para participar en el Proyecto:- Requisitos de precalificación que deberán cumplir los interesados en ser considerados como postores. Será establecido por la OPIP según cada Proyecto. - Modelo de la Solicitud de Declaración de Interés y Acreditación de los Requisitos de Precalificación. Sobre información adicional y plazos: - Ubicación de la dependencia y email en la cual se atenderán los requerimientos de estudios existentes yde otra información disponible relacionada con el Pro-yecto, Para acceder a esta información, los interesadossuscribirán un Acuerdo de Confidencialidad con la OPIP. - Horario de atención. - Fecha en que vence el plazo de 30 días para pre- sentar la solicitud documentada. 11.6 Inclusión en el Banco Regional de Proyec- tos Las iniciativas aprobadas por la OPIP son incluidos en el Banco Regional de Proyectos, a partir de lo cualquedará levantado el estado de confidencialidad y re-serva de la iniciativa. 11.7. Procedimientos de selección del ejecutor del Proyecto a) Precalificación de postores Los terceros interesados en participar en la ejecu- ción del Proyecto presentan ante la OPIP una Solicitudde Declaración de Interés acompañando la documenta- ción respectiva, dentro del plazo de 30 días. La precalificación se realiza en un plazo que no ex- cederá diez (10) días hábiles desde la apertura de so-bres.b) Adjudicación Directa En caso no se presenten terceros interesados al término del plazo de 30 días previsto, o que, comoresultado de la precalificación, únicamente el titularde la iniciativa es considerado postor apto, será deaplicación la adjudicación directa, a que se refiere el literal b) del artículo 7º de la Ley. El acuerdo será adoptado por el Consejo Regional El período de negociación del contrato respectivo no podrá exceder de sesenta (60) días hábiles con-tados a partir del Acuerdo del Consejo Regional. Esteplazo puede ser ampliado a pedido del inversionista hasta un máximo de sesenta (60) días hábiles adi- cionales, siempre que la solicitud sea presentadadentro del plazo original. La negociación será exclusivamente sobre aspec- tos complementarios, tendientes a posibilitar la eje-cución del Proyecto. No se podrá alterar en forma sustancial el contenido del Proyecto ya aprobado. c) Proceso de Selección De presentarse uno o más interesados en la eje- cución del proyecto dentro del plazo de treinta (30)días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de, la OPIP deberá cursar una comuni- cación escrita al solicitante, poniendo en su conoci-miento la existencia de terceros interesados en elproyecto y procederá a llevar adelante el correspon-diente proceso de selección. En este caso, se reco-nocerá al promotor los gastos incurridos en la formu- lación previa de los estudios, siempre que no hubie- se sido favorecido con la adjudicación correspon-diente, conforme a lo previsto en el literal b) del nu-meral 1 del artículo 19º del Reglamento de la Ley Nº28059. Las bases de los procedimientos de selección es- tablecerán los criterios de evaluación aplicables para cada caso. El titular de la iniciativa postula, acompañando el documento que aprueba la misma, para efectos delreembolso de gastos a que se refiere el segundopárrafo del literal a) del artículo 7º de la Ley Nº 28059. Artículo Décimo Segundo.- Criterios para la evaluación de las iniciativas Para la evaluación de las iniciativas, la OPIP to- mará en cuenta, entre otros, los siguientes criterios: a) Si el proyecto se desarrolla sobre bienes públi- cos, o sobre parte de ellos. b) El proceso de saneamiento de los bienes y/o activos del Estado involucrados con el proyecto y/osi han sido transferidos al Gobierno Regional. c) La incidencia del proyecto sobre el ambiente o el paisaje de una zona declarada como área natural protegida y/o al patrimonio cultural de la nación. d) La generación de puestos de trabajo en el área de influencia durante su implementación y en su ope-ración. e) Si el proyecto facilita la llegada de nueva inver- sión privada. f) Si la iniciativa contiene una propuesta innova- dora en materia de ejecución y/o explotación de obraspúblicas de infraestructura, de servicios públicos yde aprovechamiento de recursos naturales. Para eva-luar la creatividad de la propuesta, esta debe cumplir con requisitos similares a las creaciones protegidas por las normas sobre derecho de autor. g) Si la iniciativa constituye en forma predominan- te un proyecto de ejecución futura. h) Si el proyecto posibilita la integración económi- ca a nivel de regiones o a nivel de provincias o distri- tos. i) Si el proyecto es económica y socialmente ren- table. Artículo Décimo Tercero.- Asistencia Técnica de PROINVERSIÓN A propuesta del OPIP, y previo Acuerdo del Con- sejo Regional, la Presidencia del Gobierno Regionalsolicita la suscripción de un Convenio con PROIN-VERSIÓN de asistencia técnica para el diseño y con-