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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G30/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 2 de febrero de 2005 ANEXO 05 PAPELETA DE SALIDA DE MUESTRA CORRESPONDIENTE AL LOTE Nº Fecha: ______ / ______ / ______ Por el presente se autoriza a: Nombre y Apellidos: ....................................................................................................... Doc. de Identidad: ......................................................................... ENTIDAD: ....................................................................................... El retiro de la muestra consistente en: ....................................................................................................... ....................................................................................................... .............................................................................................................................................................................................................. ....................................................................................................... ....................................................................................................... solicitado para su verificación o análisis. ______________________ Jefe del área de almacén Nota: La persona autorizada se compromete a presentar el certificado de análisis o verificación realizado a la mues-tra arriba descrita y a devolver la parte no utilizada. Nombre del solicitante: ........................ ....................................... Firma del solicitante: ................................................................... 02331 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G2D /G6C/G65/G73/G20/G62/G61/G6A/G6F/G20/G6C/G61/G20/G6D/G6F/G64/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/GED/G73/G69/G6D/G6F/G73 ACUERDO Nº 001-2005-CR/GR-LL Trujillo, 19 de enero del 2005 EL CONSEJO REGIONAL LA LIBERTAD VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, la solicitud de fecha 18 de enero del presente año, presentada por la Geren-cia Regional de Administración y Finanzas del Gobierno Regional La Libertad relativo a la Contratación de losServicios Profesionales del Eco. Carlos Justo RIVASDÁVILA, bajo la modalidad de Contrato Personalísimo. CONSIDERANDO: Que, el D.S. Nº 083-2004-PCM en su artículo 20 estable- ce las Formalidades de los Procedimientos no sujetos a Pro-cesos de Selección, inciso c) referido a su aprobación me-diante Acuerdo del Consejo Regional o del Concejo Municipal,en el caso de los Gobiernos Regionales o Locales, y estable- ce que; está prohibida la aprobación de exoneraciones en vía de regularización a excepción de la causal de situación deemergencia; que esta facultad de aprobar exoneraciones esindelegable; y que en todos los casos de exoneración, lacontratación y ejecución de los contratos se regulan por estaLey, su Reglamento y demás normas complementarias; Que, el D.S. Nº 084-PCM-2004, en su artículo 145º nos señala específicamente sobre los ServiciosPersonalísimos que "Cuando exista la necesidad de pro-veerse de servicios especializados, profesionales, ar-tísticos, científicos o tecnológicos, procede la exonera-ción por servicios personalísimos para contratar con personas naturales o jurídicas notoriamente especiali- zadas. Asimismo, el artículo 146º del mismo cuerpo le-gal establece que de haber Informe Técnico - Legal pre-vio en caso de Exoneraciones; "La Resolución o Acuer-do que apruebe la exoneración del proceso de selec-ción, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la justificación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración"; igual-mente el artículo 147º de este decreto nos indica que sedebe publicar las Resoluciones o Acuerdos que Aprue-ban las Exoneraciones de los procesos de Selección,salvo las previstas en los incisos b y d del artículo 19º de la Ley, serán publicadas en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emi-sión o adopción según corresponda. Adicionalmentedeberán publicarse a través del SEACE. Finalmente elartículo 148 nos prescribe el Procedimiento para lasAdquisiciones y Contrataciones Exoneradas; la entidad efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriéndose in-vitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla conlas características y condiciones establecidas en lasBases la misma que podrá ser obtenida por cualquiermedio de comunicación, incluyendo el fascímil y el co- rreo electrónico"; Que, en virtud de los artículos 20º Inc. c) del D.S. Nº 083-2004-PCM y Arts. 145º, 146º, 147º y 148º delD.S. Nº 084-2004-PCM con los considerandos seña-lados, en Sesión Ordinaria de la fecha, el ConsejoRegional de la Región La Libertad con el voto UNÁNI- ME de los señores integrantes de dicho Consejo; ACUERDA:Artículo Primero.- CONTRATAR los Servicios Pro- fesionales del Eco. Carlos Justo RIVAS DÁVILA, bajo la modalidad de Contrato Personalísimo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administración y Finanzas el cumplimien-to del presente acuerdo, conforme a sus atribuciones. Artículo Tercero.- Facultar al Secretario del Con- sejo Regional la publicación del presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. HOMERO BURGOS OLIVEROS Presidente Regional 02303 ACUERDO Nº 002-2005-CR/GR-LL Trujillo, 19 de enero del 2005 EL CONSEJO REGIONAL LA LIBERTAD