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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (02/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 61

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G30/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 2 de febrero de 2005 VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, la solicitud de fecha 18 de enero del presente año, presentada por la Geren-cia Regional de Administración y Finanzas del GobiernoRegional La Libertad relativo a la Contratación de los Servicios Profesionales del Eco. Eugenio D' MEDINA LORA, bajo la modalidad de Contrato Personalísimo. CONSIDERANDO:Que, el D.S. Nº 083-2004-PCM en su artículo 20 establece las Formalidades de los Procedimientos no sujetos a Procesos de Selección, inciso c) referido asu aprobación mediante Acuerdo del Consejo Regionalo del Concejo Municipal, en el caso de los GobiernosRegionales o Locales, y establece que; está prohibidala aprobación de exoneraciones en vía de regulariza- ción a excepción de la causal de situación de emergen- cia; que esta facultad de aprobar exoneraciones esindelegable; y que en todos los casos de exoneración,la contratación y ejecución de los contratos se regulanpor esta Ley, su Reglamento y demás normas comple-mentarias; Que, el D.S. Nº 084-PCM-2004, en su artículo 145º nos señala específicamente sobre los ServiciosPersonalísimos que "Cuando exista la necesidad deproveerse de servicios especializados, profesiona-les, artísticos, científicos o tecnológicos, procede laexoneración por servicios personalísimos para con- tratar con personas naturales o jurídicas notoriamente especializadas. Asimismo, el artículo 146º del mismocuerpo legal establece que de haber Informe Técnico- Legal previo en caso de Exoneraciones; "La Reso-lución o Acuerdo que apruebe la exoneración del pro-ceso de selección, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la justifica- ción técnica y legal de la procedencia y necesidad dela exoneración"; igualmente el artículo 147º de estedecreto nos indica que se debe publicar las Resolu-ciones o Acuerdos que Aprueban las Exoneracionesde los procesos de Selección, salvo las previstas en los incisos b y d del artículo 19º de la Ley, serán publicadas en el Diario Oficial El Peruano dentro delos diez (10) días hábiles siguientes a su emisión oadopción según corresponda. Adicionalmente debe-rán publicarse a través del SEACE. Finalmente elartículo 148 nos prescribe el Procedimiento para las Adquisiciones y Contrataciones Exoneradas; la enti- dad efectuará las adquisiciones o contrataciones enforma directa mediante acciones inmediatas, requi-riéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuestacumpla con las características y condiciones esta-blecidas en las Bases la misma que podrá ser obte- nida por cualquier medio de comunicación, incluyen- do el fascímil y el correo electrónico"; Que, en virtud de los artículos 20º Inc. c) del D.S. Nº 083-2004-PCM y Arts. 145º, 146º, 147º y 148º del D.S.Nº 084-2004-PCM con los considerandos señalados,en Sesión Ordinaria de la fecha, el Consejo Regional de la Región La Libertad con el voto UNÁNIME de los seño- res integrantes de dicho Consejo; ACUERDA:Artículo Primero.- CONTRATAR los Servicios Pro- fesionales del Eco. Eugenio D' MEDINA LORA, bajo la modalidad de Contrato Personalísimo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Re- gional de Administración y Finanzas el cumplimiento delpresente acuerdo, conforme a sus atribuciones. Artículo Tercero.- Facultar al Secretario del Consejo Regional la publicación del presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. HOMERO BURGOS OLIVEROS Presidente Regional 02304GOBIERNO REGIONAL DE LORETO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G4C/G69/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61 /G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G44/G6F/G63/G65/G6E/G74/G65/G20/G79/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G2D/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2005-CR/GRL Iquitos, 17 de enero del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO POR CUANTO: El Consejo Regional de la Región Loreto, en Sesión Extraordinaria de Consejo de fecha 17 de enero del 2005,aprobó por Mayoría la siguiente Ordenanza; CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, En el Ca-pítulo I, Capítulo II del Título IV correspondiente a las Funciones Generales y Específicas del Gobierno Regio- nal. Artículo 45º.- Funciones Generales Las siguientes funciones de los Gobiernos Regionales se ejecutarán con sujeción al ordenamien- to jurídico establecido por la Constitución, la Ley de Bases de Descentralización y demás leyes de laRepública: a) Función Normativa y Reguladora.- Elaborando y aprobando normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia. b) Función de Planeamiento.- Diseñando políticas, prioridades, estrategias, programas y proyectos quepromuevan el desarrollo regional de manera concertaday participativa, conforme a la Ley de Bases de Descen-tralización y a la presente ley. c) Función Administrativa y Ejecutora.- Organi- zando, dirigiendo y ejecutando los recursos financieros,bienes, activos y capacidades humanas, necesariaspara la gestión regional, con arreglo a los sistemasadministrativos nacionales. e) Función de Supervisión, Evaluación y Con- trol.- Fiscalizando la gestión administrativa regional, el cumplimiento de las normas, los planes regionales y lacalidad de los servicios, fomentando la participación dela sociedad civil. Artículo 47º , donde se establecen las Funciones en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, de- portes y recreación. a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las políticas regionales de educación, ciencia y tecnolo-gía, deportes y recreación de la región. b) Diseñar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo regional, los programas de desarrollo de la cultura, cien-cia y tecnología y el programa de desarrollo del deportey recreación de la región, en concordancia con la políti-ca educativa nacional. c) Diversificar los currículos nacionales, incorporando contenidos significativos de su realidad socio-cultural, económica, productiva y ecológica y respondiendo a lasnecesidades e intereses de los educandos. d) Promover una cultura de derechos, de paz y de igualdad de oportunidades para todos. e) Promover, regular, incentivar y supervisar los servi- cios referidos a la educación, primaria, secundaria y superior no universitaria, en coordinación con el Gobier-no Local y en armonía con la política y normas del sector