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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G34/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 6 de febrero de 2005 Regional “Virgen de Fátima” - Chachapoyas, que en folios tres (03) forma parte de la presente Ordenanza Regional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dada en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, a los quince días del mes de diciembre del2004. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente Gobierno Regionalde Amazonas 02648 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F /G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G2D/G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G35 ORDENANZA REGIONAL Nº 074-2004- GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR El Consejo Regional de Amazonas Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional a través de Orde-nanzas Regionales, en concordancia con lo previsto en elArt. 15º, Inc. “a” de la Ley Nº 27867 que señala: Aprobar,modificar o derogar las normas que regulen o reglamentenlos asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Así mismo, es atribución del Consejo Regional aprobar el Presupuesto Participativo Anual deInversión del Gobierno Regional de Amazonas, en concor-dancia con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica deGobiernos Regionales, establece que las OrdenanzasRegionales norman asuntos de carácter general en la or- ganización y la administración del Gobierno Regional y Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo; Que, el Art. 13º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regio- nales, señala que el Consejo Regional es el órgano normati-vo y fiscalizador del Gobierno Regional, correspondiéndolelas atribuciones y funciones que se establecen en la presen- te Ley y aquellas que le sean delegadas; en concordancia con el Inc. c) del Art. 15º de la norma acotada; Que, mediante Acuerdo Nº 199-2004 de Sesión de Con- sejo Nº 12, ha sido aprobado el Programa de Inversión delGobierno Regional de Amazonas para el Ejercicio Presu-puestal 2005, en la forma y en los montos distribuidos para cada provincia que por su importancia de la misma es conve- niente darle la validez jurídica y legal que le corresponde; Estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria Nº 023 de Consejo Regional del Gobierno Regional deAmazonas, mediante Acuerdo Nº 371-2004 de fecha 7 dediciembre del 2004, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus atribuciones que les otorga la Constitución Política del Estado y el Art. 37º,Inc. a) de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Nº 27902 - LeyOrgánica de Gobiernos Regionales. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el Presupuesto Partici- pativo Anual de Inversión del Gobierno Regional de Ama-zonas, correspondiente al Ejercicio 2005. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dada en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, a los dieciséis días del mes de diciembre del2004. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente Gobierno Regionalde Amazonas 02649GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65 /G63/G6F/G6E/G73/G75/G6C/G74/G6F/G72/GED/G61/G20/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G67/G65/G6E/G69/G65/G72/GED/G61 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 011-2005/GOB.REG.TUMBES-CR-P Tumbes, 24 de enero del 2005 VISTO: El proveído de fecha 24 de enero de la Gerencia Gene- ral Regional del Gobierno Regional Tumbes, contenido enel Informe Legal Nº 016-2005/GOBIERNO REGIONAL TUM- BES-GGR-ORAJ-OR de fecha 24 de enero del 2005, me- diante el cual la Presidencia a solicitado el Pedido la adop-ción de un Acuerdo de Consejo Regional del GobiernoRegional Tumbes, para autorizar la exoneración del proce-so de selección de Concurso Público, a la contratación delos servicios de la Universidad Nacional de Ingeniería; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado Peruano, modificado por la Ley Nº 27680 - Ley deReforma Constitucional sobre descentralización , concor- dantes con el Artículo 2º de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, precisa que los Gobiernos Re-gionales que emanan de la voluntad popular son personasjurídicas de derecho público, con autonomía política, eco-nómica y administrativa en asuntos de su competencia,constituyendo para su administración económica y finan- ciera, un pliego presupuestal; Que, conforme a lo establecido en el Inc. d) del Artículo 10º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Re-gionales modificada por la Ley Nº 27902 establece que losGobiernos Regionales, tienen competencias de promovery ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunica- ciones y de servicios básicos de ámbito regional, con estra-tegias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades deinversión privada, dinamizar mercados y rentabilizar activi-dades; Que, el literal f) del artículo 19º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM,establece que los servicios personalísimos se encuentranexonerados de los respectivos procesos de selección; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que las exoneraciones por la causal de servicios personalísi-mos, deben concretarse a través de un Acuerdo del Con-sejo Regional, para el caso de los Gobiernos Regionales; Que, el artículo 145º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializa-dos profesionales, científicos o tecnológicos; procede laexoneración por servicios personalísimos para contratarpersonas naturales o jurídicas notoriamente especializa-das siempre que su destreza, habilidad, experiencia parti- cular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de ma- nera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modorazonable e indiscutible su adecuación para satisfacer lacomplejidad del objeto contractual y haga inviable la com-paración con otros proveedores; Que, el Gobierno Regional Tumbes requiere contar con la prestación del servicio de consultoría técnica, para ga- rantizar el debido resguardo de su patrimonio económico; Que, a través del Informe Técnico Nº 163-2004/GO- BIERNO REGIONAL TUMBES-GRA-OA y del Informe Le-gal Nº 016-2005/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-ORAJ-OR, la Jefatura de la Oficina de Abastecimiento y la Gerencia de la Oficina de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Tumbes, respectivamente, han sustentado la con-veniencia técnico-jurídica de contratar a la UniversidadNacional de Ingeniería para que ésta preste el serviciorequerido, por considerar que dicha Universidad cuenta