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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (06/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 34

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G34/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 6 de febrero de 2005 Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en Se- sión Ordinaria del 31 de enero de 2005, conforme a lasatribuciones que le concede la Resolución Presidencial Nº053-CND-P-2003, Reglamento del Consejo Directivo del Consejo Nacional de Descentralización; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Ley Nº 28274,Ley de Incentivos para la Integración y Conformación deRegiones, el Decreto Supremo Nº 063-2004-PCM, Regla-mento de la Ley Nº 28274, y la Resolución Presidencial Nº 068-CND-P-2004, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Formalización de los Estatutos de la Junta Formalizar el Estatuto de la "Junta de Coordinación Interregional de la Macrorregión Nor Centro Oriente", elmismo que en Anexo forma parte integrante de la presenteResolución. Artículo 2º.- Registro del Estatuto La Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Des- centralización queda encargada de incorporar la presenteResolución en el Tomo VIII del Registro Nacional de Juntasde Coordinación Interregional. Artículo 3º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS THAIS DÍAZ Presidente JUNTA DE COORDINACIÓN INTERREGIONAL NOR CENTRO ORIENTE ESTATUTO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- DEL ÁMBITO DEL ESTATUTO El presente Estatuto regula el funcionamiento de la Junta de Coordinación Interregional Nor Centro Orienteque en adelante se denominará JUNTA NOR CENTROORIENTE cuya constitución ha sido reconocida medianteResolución Presidencial Nº 100-CND-P-2004 publicada en el Diario Oficial El Peruano de fecha 26 de diciembre de 2004. Artículo 2º.- DEL CONTENIDO DEL ESTATUTO El presente estatuto regula las funciones administrati- vas, de gestión y de coordinación de la JUNTA NOR CEN-TRO ORIENTE, conformada por los Gobiernos Regionales de los departamentos de Ancash, Huánuco, Junín, Lima y Pasco. Artículo 3º.- DE LA FUNCIÓN DE LA JUNTA NOR CEN- TRO ORIENTE LA JUNTA NOR CENTRO ORIENTE tiene como funcio- nes las señaladas en el artículo 91º de la Ley Nº 27867 y en el artículo 7º de la Ley Nº 28274, pudiendo la Presiden- cia Colegiada establecer otras funciones especificas quele permitan cumplir con los objetivos generales estableci-dos en el artículo 3º de la Resolución Presidencial Nº 100-CND-P-2004, a efecto de lograr el objeto de su constitu-ción. Así como la gestión estratégica de integración, me- diante coordinaciones y ejecución de planes, programas, proyectos, actividades y acciones conjuntas orientadas ala conformación de la región, y para la realización de acuer-dos de articulación productiva y servicios e integración vialeconómica. Artículo 4º.- DE LOS FINES DEL ESTATUTO El presente Estatuto tiene como fines: a) Institucionalizar la JUNTA NOR CENTRO ORIENTE como el ente que desarrolla la planificación estratégica yacredite las acciones y acuerdos interregionales que co-rrespondan a la JUNTA NOR CENTRO ORIENTE de acuer- do a Ley. b) Normar los dispositivos legales, económicos y financie- ros necesarios para el funcionamiento de la JUNTA NORCENTRO ORIENTE.c) Normar el funcionamiento de la Presidencia Colegia- da y de la sede de la JUNTA NOR CENTRO ORIENTE. d) Normar la organización y funciones de la Secretaría Técnica. e) Materializar acuerdos interregionales mediante la suscripción de convenios de cooperación internacional di-rigidos a la ejecución de proyectos productivos y serviciosde impacto en las circunscripciones territoriales de los de-partamentos de Ancash, Huánuco, Junín, Lima y Pasco. TÍTULO II DEL FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA NOR CENTRO ORIENTE CAPÍTULO I CONFORMACIÓN Artículo 5º.- DE SU CONFORMACIÓN LA JUNTA NOR CENTRO ORIENTE está conformada por los Presidentes de los Gobiernos Regionales de An- cash, Huánuco, Junín, Lima y Pasco. La JUNTA NOR CEN- TRO ORIENTE cuenta con una Secretaría Técnica. Artículo 6º.- DE LA PRESIDENCIA COLEGIADA Y SEDE LA JUNTA NOR CENTRO ORIENTE tiene una Presi- dencia Colegiada, cuyo representante (coordinador) es ele-gido por mayoría simple de sus Miembros y recae en uno de los Presidentes Regionales, su mandato es de cuatro meses pudiendo se renovable por el mismo período. LaPresidencia Regional que fuera sede de la JUNTA NORCENTRO ORIENTE convocará y presidirá las sesiones, re-cae en él, la responsabilidad de la gestión y cumplimientode los objetivos y acuerdos. Los cargos no son renuncia- bles ni delegables y concluyen, según el caso, conforme a Ley y al presente Estatuto. La sede histórica de la JUNTA NOR CENTRO ORIENTE es la ciudad de Huánuco, y las sedes administrativas sonrotativas y tendrán una duración de cuatro meses, siendola primera sede Ancash, luego Huánuco, Junín, Lima y Pasco. Artículo 7º.- FUNCIONES DE LA PRESIDENCIA COLE- GIADA Son funciones específicas de la Presidencia Colegia- da: a. Aprobar el Plan Estratégico Prospectivo, el Plan Operativo Anual de la Junta, el Plan Estratégico de Com-petitividad y el Plan de Promoción de la Inversión Regional; b. Aprobar el Proyecto de Presupuesto que formule la Secretaria Técnica, la Memoria Anual y de los demás Ins-trumentos de Gestión de la Junta; c. Articular los Planes de Desarrollos Concertados debi- damente aprobados por los respectivos Consejos Regio-nales y Locales, así como, de los proyectos, servicios, ac-tividades y acciones conjuntas, orientados a promover lainversión privada en el espacio integrado por las circuns-cripciones territoriales de la JUNTA NOR CENTRO ORIEN- TE; d. Promover la cooperación internacional, técnica y fi- nanciera, parcial o total, para la ejecución de los planes,programas proyectos, servicios, actividades y acciones con-juntas; e. Aprobar proyectos de impacto interregional para el financiamiento o cofinanciamiento por el Fondo Intergu- bernamental para la descentralización (FIDE), según lasnormas del SNIP; f. Promover la implementación de los planes de ordena- miento territorial de cada Gobierno Regional; g. Aprobar los contratos y convenios que sean necesa- rios para el cumplimiento de la finalidad de la Junta; y, h. Otras que le corresponda en virtud de las disposicio- nes legales aplicables a la Junta. Artículo 8º.- FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DE LA PRESIDENCIA COLEGIADA Son funciones del representante (coordinador) de la JUNTA NOR CENTRO ORIENTE: a. Representar la Junta; b. Participar con voz y voto en las Sesiones de la Presi- dencia Colegiada; c. Ejecutar las decisiones de la Presidencia Colegiada; d. Conducir las Sesiones haciendo prevalecer el respe- to entre los Miembros de la Presidencia Colegiada, asícomo, ser imparcial en la conducción de las mismas, bus-