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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G34/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 6 de febrero de 2005 1. Tuberculosis Multidrogoresistente 2. Hepatitis Viral Crónica3. Enfermedad por Virus de Inmunodeficiencia Huma- na (VIH) o Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) 4. Tumores o Neoplasias Malignas (Cánceres) 5. Diabetes Mellitus Insulinodependiente o Tipo 16. Enfermedad Isquémica Crónica del Corazón7. Arritmia Cardiaca (crónica)8. Fibrosis y Cirrosis del Hígado9. Insuficiencia Renal Crónica 10. Enfermedad Sistémica del Tejido Conectivo, sin especificar 11. Enfermedad Cardiaca Reumática Crónica12. Deformidad Congénita de la Cadera13. Retraso Mental14. Malformación Cardíaca 15. Fibrosis Quística 16. Mielomeningocele17. Miopatía18. Parálisis Cerebral Infantil Regístrese, comuníquese y publíquese. SEGUNDO MONTOYA MESTANZA Gerente Central de Seguros CONTRATO DE SEGURO POTESTATIVO - CLÁUSULAS ADICIONALES Plan Protección Total PRIMERA CLÁUSULA ADICIONAL: INCORPORACIÓN DE HIJOS MENORES DE EDAD CON ENFERMEDADESCRÓNICAS COMO BENEFICIARIOS El Plan Protección Total también comprende como beneficiarios titulares a los hijos menores de 18 años deedad de los ex asegurados de Regímenes Especiales inscritos en ESSALUD al 31.12.2004, que se encuen- tran con alguna enfermedad crónica establecida por ES-SALUD. A dichos beneficiarios se les aplicarán las condiciones establecidas para el titular en las cláusulas del Plan Pro-tección Total, en lo que le corresponda. Esta inclusión como beneficiario no considera al cónyuge del hijo menor de 18 años de edad. SEGUNDA CLÁUSULA ADICIONAL: MODIFICACIONES A LAS CLÁUSULAS DEL PLAN PROTECCIÓN TOTAL DELCONTRATO DE SEGURO POTESTATIVO Modifíquese las siguientes cláusulas del Plan Protec- ción Total del Contrato de Seguro Potestativo: “Cláusula primera, segundo párrafo: (…)Este Plan de Salud comprende única y exclusivamente a los ex asegurados de Regímenes Especiales, constitui-do por los asegurados facultativos independientes, conti-nuadores facultativos, choferes profesionales independien- tes y amas de casa y/o madres de familia, desde 56 años de edad y excepcionalmente el ex asegurado y/o su cón- yuge de alguno de los indicados Regímenes Especialesmenor de 56 años, así como, a sus hijos menores de edadcon alguna enfermedad crónica. (…)” “Cláusula segunda, numeral 2.2 (…) 2.2 Afiliado, es el asegurado titular beneficiario del presente contrato. Es el ex asegurado facultativo inde-pendiente, continuador facultativo, chofer profesional in-dependiente y ama de casa y/o madre de familia, desde56 años, que no haya perdido dicha condición de asegu-rado o excepcionalmente el ex asegurado o su cónyuge de alguno de los indicados Regímenes Especiales menor de 56 años o sus hijos menores de 18 años con enferme-dad crónica determinada por ESSALUD, inscritos en elplazo establecido por esta entidad. El hijo menor de 18años con enfermedad crónica se afilia mediante el repre-sentante legal” “Cláusula decimatercera, numeral 13.2.2 (…)13.2.2 Cuando se constate que EL AFILIADO menor de 56 años y/o su cónyuge o el hijo menor de 18 años notienen enfermedad crónica determinada o establecida porESSALUD.”TERCERA CLÁUSULA ADICIONAL: ADICIONES A LAS CLÁUSULAS DEL PLAN PROTECCIÓN TOTAL DEL CON-TRATO DE SEGURO POTESTATIVO Adiciónese los numerales 3.3 y 14.4 en las cláusulas tercera y decimacuarta respectivamente: “Cláusula tercera (…)3.3 A los hijos menores de 18 años de edad con enfer- medad crónica, inscritos como tales en el plazo establecido por ESSALUD.” “Cláusula decimacuarta (…)14.4 El presente contrato finaliza cuando EL AFILIADO menor de 18 años de edad, con enfermedad crónica, cum- ple la mayoría de edad. En este caso, ESSALUD continua- rá otorgando las prestaciones hasta la fecha de coberturaque da derecho el aporte correspondiente al mes de ono-mástico.” ____________________ _______ __________ EL AFILIADO O ESSALUD REPRESENTANTE LEGAL Apellidos y Nombres de EL AFILIADO: _____________ Apellidos y Nombres del REPRESENTANTE LEGAL: __ __________________________________________ Fecha: 02698 /G44/G69/G63/G74/G61/G6E/G20/G6E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G63/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61 /G6C/G61/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G70/G6F/G72/G74/G65/G73 /G64/G65/G20/G65/G78/G20/G61/G73/G65/G67/G75/G72/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/GED/G6D/G65/G6E/G65/G73/G20/G65/G73/G70/G65/G2D/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G75/G65/G64/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G73/G6C/G61/G64/G61/G72/G73/G65/G20/G61/G50/G6C/G61/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G6F/G20/G50/G6F/G74/G65/G73/G74/G61/G74/G69/G2D/G76/G6F RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE SEGUROS Nº 06-GCSEG-GDA-ESSALUD-2005 Lima, 2 de febrero del 2005 CONSIDERANDO:Que, mediante Acuerdo de Consejo Directivo Nº 2-1- ESSALUD-2005 se estableció que los ex asegurados de regímenes especiales registrados como facultativos inde-pendientes, continuadores facultativos, amas de casa y/omadres de familia que hayan perdido la condición de ase-gurados por haber realizado pagos parciales entre el pe-ríodo Octubre 2002 - diciembre 2004, pueden regularizar el pago de sus aportes hasta el 30 de junio de 2005, en las condiciones establecidas en los Acuerdos de Consejo Di-rectivo Nºs 63-8-ESSALUD-2001, 229-32-ESSALUD-2001y 70-29-ESSALUD-2003; Que, es necesario dictar las normas complementarias que permitan la regularización del pago de los aportes de los indicados ex asegurados de regímenes especiales, a fin que puedan trasladarse a alguno de los Planes deSalud del Seguro Potestativo; Que, por medio de la Resolución Nº 01-GDA-ESSA- LUD-2005, se facultó a la Gerencia Central de Seguros adictar las disposiciones que se requieran para la imple- mentación del Acuerdo de Consejo Directivo Nº 2-1-ESSA- LUD-2005; En virtud a las facultades conferidas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Personas comprendidas en la regula- rización Los ex asegurados de regímenes especiales afiliados bajo la modalidad de facultativos independientes, conti-nuadores facultativos, amas de casa y/o madres de familiaque perdieron la condición de asegurado en su oportuni-