Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2005 (06/02/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, MORDAZA 6 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 286421

1. Tuberculosis Multidrogoresistente 2. Hepatitis Viral Cronica 3. Enfermedad por Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) o Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) 4. Tumores o Neoplasias Malignas (Canceres) 5. Diabetes Mellitus Insulinodependiente o MORDAZA 1 6. Enfermedad Isquemica Cronica del Corazon 7. Arritmia Cardiaca (cronica) 8. Fibrosis y Cirrosis del Higado 9. Insuficiencia Renal Cronica 10. Enfermedad Sistemica del Tejido Conectivo, sin especificar 11. Enfermedad Cardiaca Reumatica Cronica 12. Deformidad Congenita de la Cadera 13. Retraso Mental 14. Malformacion Cardiaca 15. Fibrosis Quistica 16. Mielomeningocele 17. Miopatia 18. Paralisis Cerebral Infantil Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MESTANZA Gerente Central de Seguros

TERCERA CLAUSULA ADICIONAL: ADICIONES A LAS CLAUSULAS DEL PLAN PROTECCION TOTAL DEL CONTRATO DE SEGURO POTESTATIVO Adicionese los numerales 3.3 y 14.4 en las clausulas tercera y decimacuarta respectivamente: "Clausula tercera (...) 3.3 A los hijos menores de 18 anos de edad con enfermedad cronica, inscritos como tales en el plazo establecido por ESSALUD." "Clausula decimacuarta (...) 14.4 El presente contrato finaliza cuando EL AFILIADO menor de 18 anos de edad, con enfermedad cronica, cumple la mayoria de edad. En este caso, ESSALUD continuara otorgando las prestaciones hasta la fecha de cobertura que da derecho el aporte correspondiente al mes de onomastico."

____________________ EL AFILIADO O REPRESENTANTE LEGAL

_________________ ESSALUD

CONTRATO DE SEGURO POTESTATIVO CLAUSULAS ADICIONALES Plan Proteccion Total
PRIMERA CLAUSULA ADICIONAL: INCORPORACION DE HIJOS MENORES DE EDAD CON ENFERMEDADES CRONICAS COMO BENEFICIARIOS El Plan Proteccion Total tambien comprende como beneficiarios titulares a los hijos menores de 18 anos de edad de los ex asegurados de Regimenes Especiales inscritos en ESSALUD al 31.12.2004, que se encuentran con alguna enfermedad cronica establecida por ESSALUD. A dichos beneficiarios se les aplicaran las condiciones establecidas para el titular en las clausulas del Plan Proteccion Total, en lo que le corresponda. Esta inclusion como beneficiario no considera al conyuge del hijo menor de 18 anos de edad. MORDAZA CLAUSULA ADICIONAL: MODIFICACIONES A LAS CLAUSULAS DEL PLAN PROTECCION TOTAL DEL CONTRATO DE SEGURO POTESTATIVO Modifiquese las siguientes clausulas del Plan Proteccion Total del Contrato de Seguro Potestativo: "Clausula primera, MORDAZA parrafo: (...) Este Plan de Salud comprende unica y exclusivamente a los ex asegurados de Regimenes Especiales, constituido por los asegurados facultativos independientes, continuadores facultativos, choferes profesionales independientes y amas de MORDAZA y/o madres de familia, desde 56 anos de edad y excepcionalmente el ex asegurado y/o su conyuge de alguno de los indicados Regimenes Especiales menor de 56 anos, asi como, a sus hijos menores de edad con alguna enfermedad cronica. (...)" "Clausula MORDAZA, numeral 2.2 (...) 2.2 Afiliado, es el asegurado titular beneficiario del presente contrato. Es el ex asegurado facultativo independiente, continuador facultativo, chofer profesional independiente y ama de MORDAZA y/o MORDAZA de familia, desde 56 anos, que no MORDAZA perdido dicha condicion de asegurado o excepcionalmente el ex asegurado o su conyuge de alguno de los indicados Regimenes Especiales menor de 56 anos o sus hijos menores de 18 anos con enfermedad cronica determinada por ESSALUD, inscritos en el plazo establecido por esta entidad. El hijo menor de 18 anos con enfermedad cronica se afilia mediante el representante legal" "Clausula decimatercera, numeral 13.2.2 (...) 13.2.2 Cuando se constate que EL AFILIADO menor de 56 anos y/o su conyuge o el hijo menor de 18 anos no tienen enfermedad cronica determinada o establecida por ESSALUD."

Apellidos y Nombres de EL AFILIADO: _____________ Apellidos y Nombres del REPRESENTANTE LEGAL: __ __________________________________________ Fecha: 02698

Dictan normas complementarias para la regularizacion del pago de aportes de ex asegurados de regimenes especiales para que puedan trasladarse a Planes de Salud del Seguro Potestativo
RESOLUCION DE GERENCIA CENTRAL DE SEGUROS Nº 06-GCSEG-GDA-ESSALUD-2005
MORDAZA, 2 de febrero del 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Consejo Directivo Nº 2-1ESSALUD-2005 se establecio que los ex asegurados de regimenes especiales registrados como facultativos independientes, continuadores facultativos, amas de MORDAZA y/o madres de familia que hayan perdido la condicion de asegurados por haber realizado pagos parciales entre el periodo Octubre 2002 - diciembre 2004, pueden regularizar el pago de sus aportes hasta el 30 de junio de 2005, en las condiciones establecidas en los Acuerdos de Consejo Directivo Nºs 63-8-ESSALUD-2001, 229-32-ESSALUD-2001 y 70-29-ESSALUD-2003; Que, es necesario dictar las normas complementarias que permitan la regularizacion del pago de los aportes de los indicados ex asegurados de regimenes especiales, a fin que puedan trasladarse a alguno de los Planes de Salud del Seguro Potestativo; Que, por medio de la Resolucion Nº 01-GDA-ESSALUD-2005, se faculto a la Gerencia Central de Seguros a dictar las disposiciones que se requieran para la implementacion del Acuerdo de Consejo Directivo Nº 2-1-ESSALUD-2005; En virtud a las facultades conferidas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Personas comprendidas en la regularizacion Los ex asegurados de regimenes especiales afiliados bajo la modalidad de facultativos independientes, continuadores facultativos, amas de MORDAZA y/o madres de familia que perdieron la condicion de asegurado en su oportuni-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.