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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (10/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 43

PÆg. 286613 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo señalado por la Primera Disposi- ción Final de la Ley Nº 26497, Orgánica del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberán continuar con el proce-so de reinscripción; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Cotaruse, provincia de Aymaraes, departamento deApurímac, ha cumplido con los requisitos establecidos para el proceso de reinscripción solicitado, confirmándose la destrucción de los Libros Registrales de Nacimientode los años 1941 a 1956 y 1958 (meses de febrero a diciembre), 1959, 1984, 1986 (meses de abril a diciem- bre) y 1987 (meses de enero a setiembre), Matrimoniode los años 1941 a 1956, 1959, 1962, 1975, 1976, 1977, 1984, 1985, 1986 y 1987 (meses de enero a octubre) y Defunción de los años 1944 a 1953, 1958, 1959, 1975,1976, 1980, 1981, 1983, 1984, 1985, 1986 y 1987 (me- ses de enero a octubre); Que, los Asientos de reinscripción efectuados en Li- bros de Nacimientos de Formato Oficial del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para uso ordi- nario, que obran en las Actas Nº 60595666, Nº 60595667y Nº 60595677 deberán generar el acto administrativo señalado en el artículo 77º literal c) del Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98- PCM; Que, la solicitud de reinscripción contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil, la aprobación pertinente, por cuantoes el organismo constitucionalmente autónomo, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas en el artículo 11º de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y el artículo 11º inciso h) delReglamento de Organización y Funciones de la Institu- ción; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipali- dad del Distrital de Cotaruse, provincia de Aymaraes, departamento de Apurímac, para la Reinscripción de Li-bros Registrales de Nacimiento de los años 1941 a 1956 y 1958 (meses de febrero a diciembre), 1959, 1984, 1986 (meses de abril a diciembre) y 1987 (meses deenero a setiembre), Matrimonio de los años 1941 a 1956, 1959, 1962, 1975, 1976, 1977, 1984, 1985, 1986 y 1987 (meses de enero a octubre), y Defunción de los años1944 a 1953, 1958, 1959, 1975, 1976, 1980, 1981, 1983, 1984, 1985, 1986 y 1987 (meses de enero a octubre), en dicha Oficina Registral, por los considerandos ante-riormente expuestos. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distritode Cotaruse, provincia de Aymaraes, departamento de Apurímac, para que proceda a la apertura del Registro de Libro de Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defun-ción, con la finalidad de implementar el proceso de reins- cripción que se aprueba con la presente Resolución, con sujeción a las normas legales, reglamentarias y ad-ministrativas que regulan las reinscripciones en los Re- gistros Civiles. Artículo 3º.- Considerándose que los Libros de Reinscripción deben tener el mismo Formato Oficial con la consignación expresa por selladura “Reinscripción - Ley Nº 26242 - 26497”, en la parte superior central delacta, el Registro Nacional de Identificación y Estado Ci- vil, a través de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, deberá proveer los libros requeridos expresamen-te por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 02878MINISTERIO PÚBLICO Rectifican errores materiales en considerandos de diversas resoluciones RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 006-2005-MP-FN-JFS Lima, 7 de febrero de 2005VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se ha advertido la comisión de un error ma- terial en la numeración del acuerdo señalado en el sexto considerando de la Resolución Nº 047-2005-MP-FN de fecha 10 de enero de 2005, al signarlo con el Nº 486; Que, asimismo se ha advertido la comisión de un error material en la numeración del acuerdo señala- do en el segundo considerando de la Resolución Nº 002-2005-MP-FN-JFS, de fecha 12 de enero de 2005,al signarlo con el Nº 486; Que, siendo necesario rectificar las referidas Resoluciones, la Junta de Fiscales Supremos me-diante Acuerdo Nº 488 de fecha 17 de enero de 2005, estando al amparo de la Ley Nº 27444 "Ley General del Procedimiento Administrativo", acordó por unani-midad expedir la correspondiente Resolución Rectifi- catoria; En uso de las atribuciones conferidas por el De- creto Legislativo Nº 052 Ley Orgánica del Ministerio Público, y en cumplimiento del acuerdo precitado; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Rectificar el error material del sexto considerando de la Resolución Nº 047-2005-MP- FN en la numeración del acuerdo, correspondiéndole el Nº 484. Artículo Segundo.- Rectificar el error material del segundo considerando de la Resolución Nº 002-2005- MP-FN-JFS en la numeración del acuerdo,correspondiéndole el Nº 484. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento la presente Resolución al Presidente del Poder Judi-cial, al Presidente del Congreso de la República, al Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, a la Oficina de Registro de Fiscales, a la Gerencia Cen-tral de Personal. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 02928 Nombran Jefes de las Oficinas Descon- centradas de Control Interno, a nivel nacional RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 007-2005-MP-FN-JFS Lima, 8 de febrero de 2005VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por Acuerdo Nº 491 adoptado por la Junta de Fiscales Supremos en la sesión continuada llevada a cabo los días 20, 27 de enero y 3 de febrero de 2005, seacordó por unanimidad nombrar a los Jefes de las Ofici- nas Desconcentradas de Control Interno del Ministerio Público a nivel nacional; En uso de las atribuciones conferidas por el De- creto Legislativo Nº 052 "Ley Orgánica del Ministerio Público" y en cumplimiento del Acuerdo precitado;