Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (28/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 38

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G31/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 28 de febrero de 2005 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G2D /G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G79/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G79/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G63/G75/G6F/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2005-AL/MDSMP San Martín de Porres, 25 de febrero de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Memorándum Nº 113-2005-GATR/ MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, referente a la prórroga del vencimiento de las obligaciones tributarias impuesto predial y arbitriosmunicipales; CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 116-MDSMP, de fecha 30 de noviembre y sus ampliatorias los Decretos deAlcaldía Nºs. 001 y 003-MDSMP, se estableció el benefi- cio de regularización tributaria y administrativa en la jurisdicción del distrito de San Martín de Porres hasta el28 de febrero del año en curso; Que, mediante Ordenanza Nº 119-MDSMP de fe- cha 16 de diciembre del 2004 se estableció el venci-miento de las obligaciones tributarias del impuesto pre- dial y arbitrios municipales correspondiente al ejerci- cio 2005; Que, asimismo los contribuyentes que cancelen al contado las doce cuotas por concepto de arbitrios municipales hasta el 28 de febrero tendrán un beneficiode reducción del 10% del monto insoluto por pronto pago, a excepción de los gastos administrativos; Que, el despacho de Alcaldía ha visto por conveniente ampliar el plazo de vigencia para acogerse a lo señalado en la Ordenanza Nº 116-MDSMP, Decretos de Alcaldía Nºs. 001 y 003-MDSMP y la Ordenanza Nº 119-MDSMP, afin de que los contribuyentes puedan cumplir con sus obli- gaciones tributarias de años anteriores, así como la del ejercicio 2005 en beneficio de la población sanmartina; En uso de las facultades conferidas en Artículo 6º, el numeral 6) del Artículo 20º concordante con el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Ampliar el plazo de vigencia de los beneficios de regularización tributaria y administrativa aprobada por la Ordenanza Nº 116-MDSMP y sus am-pliatorias los Decretos de Alcaldía Nºs. 001 y 003-MDSMP hasta el 31 de marzo del año en curso. Artículo Segundo.- Ampliar el plazo hasta el 31 de marzo del año en curso para el pago al contado o de la primera cuota fraccionada del Impuesto Predial, arbi- trios municipales de los meses de enero y febrero 2005señalados en los Artículos Primero y Segundo de la Or- denanza Nº 119-MDSMP. Artículo Tercero.- Ampliar hasta el 31 de marzo del año en curso los beneficios establecidos en el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 119-MDSMP. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Geren- cia de Administración y Finanzas y Unidad de Imagen Institucional, el cumplimiento y difusión respectivo delpresente Decreto. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 04404PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6D/G62/G75/G73/G74/G69/G62/G6C/G65/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6D/G61/G2D/G71/G75/G69/G6E/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 117-2005-MPCP Pucallpa, 22 de febrero de 2005 VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 001-2005 to- mado en Sesión Extraordinaria Nº 001-2005 del 17.FEB.05, proveído Nº 001-2005-MPCP-S.EXT.S.G. e Informe Nº 017-05-MPCP-OAJ sobre Situación deDesabastecimiento Inminente de Combustible; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 001-2005 tomado en Sesión Extraordinaria Nº 001-2005 del 17.FEB.05 por mayoría el Concejo municipal acordó Aprobar la Exoneración del Proceso de Selección por lacausal de desabastecimiento inminente, para la adquisi- ción de combustible. La Adquisición se hará por 15,000 galones de petróleo Diésel 2 y 200 galones de gasolinade 84 octanos para cubrir 30 días de funcionamiento del Pool de Maquinarias de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo. Que, con Informe Nº 028-2005-MPCP-OAF-UL de fecha 16.FEB.05 la Unidad de Logística, refiere: “(...) con fecha 4 de febrero del año en curso se llevó acabo el Proceso de Adjudicación Directa Pública Nº 001–2005–MPCP referente a la obra “REHABILITA- CIÓN DE PRINCIPALES VÍAS URBANAS DE LA CIU-DAD DE PUCALLPA” en el cual se adjudicó entre los diversos Items la cantidad de 3,952.30 Galones de Petróleo Diessel 2; no obstante dicho ítem a la fechase encuentra en estado de apelación debiendo cum- plirse los plazos establecidos en la norma, esto es, 8 días contados desde la interposición de la impugna-ción o de lo contrario desde que el recurso fue sub- sanado, al cumplirse dicho término la Entidad a tra- vés del Funcionario delegado deberá emitir una Re-solución motivada con el cual resuelva la controver- sia previo a ello se deberá contar con un Informe Técnico–Legal sustentatorio que en ningún caso po-drá ser emitido por los Miembros del Comité Espe- cial. (Arts. 151º, 153º, 155º y 158º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estadoaprobado por D.S. Nº 084-2004- MPCP).” Que, en atención al documento denominado “Cuadro Comparativo de Combustible,” que como anexo formaparte integrante del Informe precedentemente citado, se ha determinado el detalle siguiente respecto al tipo y descripción básica de los bienes materia de exonera-ción, el valor referencial, y la cantidad que se requiere adquirir mediante exoneración, así como los dos pro- veedores escogidos, a efectos de proceder con la ad-quisición submateria: DESCRIP- UND. GRIF. LAS GRIF. CIÓN MEDIDA CANT. PETROGAS M ERCEDES YA CUMAMA PETRÓLEO GALÓN 15,000.00 6.85102,750.00 6.89103,350.00 6.79101,850.00 GASOLINA 84 GALÓN 200.00 7.19 1,438.00 Que, con Informe Nº 017-05-MPCP-OAJ de fecha 16.FEB.05 la Oficina de Asesoría Jurídica OPINA: “(...) dándose las condiciones precedentemente estipula-das, dichos actuados se eleven al pleno del Concejo Municipal a fin que procedan a la exoneración del pro- ceso de selección por única vez y en tanto se realiceel proceso de selección que corresponda y alcanzar las metas institucionales para el presente ejercicio fis- cal.