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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (28/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 35

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G31/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 28 de febrero de 2005 tral" que viene siendo organizado por el CAFAE de dicha Zona Registral y que se llevará a cabo en la ciudad de Arequipa los días 2, 3 y 4 de marzo de 2005, solicitando la oficialización de dicho evento; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de visto, se solicita se confiera carácter oficial al "I Seminario Regional de Ges- tión Catastral" organizado por el CAFAE de la Zona Re-gistral Nº XII - Sede Arequipa, el mismo que se realizará en la ciudad de Arequipa los días 2, 3 y 4 de marzo del año en curso; Que, el "I Seminario Regional de Gestión Catas- tral" tiene como objetivo difundir la importancia de la nueva Ley del Sistema Nacional Integrado de Catas-tro, así como los avances obtenidos como conse- cuencia de su promulgación y su vinculación con el Registro de Predios; Que, resulta importante para el país dar a conocer la gestión catastral que vienen desarrollando las institu- ciones públicas en el ámbito nacional; así como mostrarla importancia de las nuevas técnicas y procesos que se dan en la elaboración y aprovechamiento de los proyectos catastrales; Con lo que antecede, y de conformidad con lo dispuesto en el inciso v), del artículo 7º del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Pú-blicos, aprobado por Resolución Suprema Nº 135- 2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar carácter oficial como evento registral de la SUNARP al "I Seminario Regional de Ges- tión Catastral", organizado por el CAFAE de la Zona Registral Nº XII - Sede Arequipa, el mismo que se reali-zará en la ciudad de Arequipa los días 2, 3 y 4 de marzo del 2005. Artículo Segundo.- Solicitar a la Zona Registral Nº XII, elaborar las conclusiones del evento y remitirlas a esta Superintendencia una vez concluido el mismo para conocimiento y difusión respectiva. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALD CÁRDENAS KRENZ Superintendente Nacional de los Registros Públicos (e) 04384 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G6E/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C /G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G63/G75/G6F/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G6F/G73 /G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C /G32/G30/G30/G35 ORDENANZA Nº 02-2005-MDC Cieneguilla, 22 de febrero de 2005 EL ALCALDE DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO:El Concejo de la Municipalidad Distrital de Ciene- guilla en Sesión Ordinaria de la fecha en atención alpedido formulado por el Regidor Solano Ventura Sulca- ray; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 191º y 192º inciso 3) de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Locales gozan de Autonomía Políticaeconómica y administrativa en los asuntos de su com- petencia; así mismo, establece que puede crear, modifi- car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales dentro de su jurisdicción y conlos límites que señala la ley; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99 EF concordado con el Art. 40º de la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades, dispone quemediante Ordenanza los Gobiernos Locales pueden Crear, modificar y suprimir sus contribuciones y tasas o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con loslímites que señala la ley; Que, el Art. 15º inciso b) del Decreto Supremo Nº 156-2004 EF del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal establece el pago fraccionado del Impuesto Predial, el último día hábil de los meses defebrero, mayo, agosto y noviembre en cuotas Ajustadas conforme a la variación acumulada del Índice de precios al Consumidor; Que, mediante Ordenanza Nº 01-2005-MDC se es- tablece el monto mínimo del impuesto predial, la tasa porconcepto de gastos administrativos y del vencimiento del pago de los tributos municipales para el ejercicio fiscal 2005. Que, el Informe Nº 027-2004-MDC/GM-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria señala que ladistribución de las cuponeras para el ejercicio fiscal 2005 se inició el sábado 19 de febrero de 2005. Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el Numeral 8) del Artí- culo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,contando con el voto unánime de los Señores Regidores y con la dispensa del trámite de aprobación del acta, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA EL VENCIMIENTO DEL PAGO DE LA PRIMERA CUOTA DE LOS TRIBUTOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2005 Artículo 1º.- Prórroga de la fecha de vencimiento de la Primera Cuota para el Pago de los Tributos Municipa-les del Ejercicio Fiscal 2005 hasta el 31 de marzo de 2005. Artículo 2º.- Ratifíquese en todos los demás extre- mos la Ordenanza Nº 01-2005-MDC de fecha 28 de enero de 2005. Regístrese, publíquese y cúmplase. MANUEL SCHWARTZ R. Alcalde 04489 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G65/G6D/G62/G61/G6E/G64/G65/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C /G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 01-2005-MDC/A Cieneguilla, 24 de febrero de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales Autonomía Polí- tica, Económica y Administrativa en los asuntos de sucompetencia; Que, en el artículo 6º de la Ley Nº 27972 Ley Orgáni- ca de Municipalidades, se establece que el Alcalde es elrepresentante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa; Que, con motivo de la conmemoración del 35º aniversario de Creación Política del distrito de Ciene- guilla, y con la finalidad de fortalecer en los vecinos de Cieneguilla el sentimiento cívico patriótico y de identi-