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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (28/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 36

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G31/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 28 de febrero de 2005 dad para con el distrito, debe cumplirse con el embanderamiento de los inmuebles dentro de la juris- dicción del distrito; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA:Artículo Primero.- DISPONER el embandera- miento general del distrito de Cieneguilla, durante elperíodo comprendido entre el sábado 26 de febrero al sábado 5 de mazo del presente año, con motivo de conmemorarse el 35º Aniversario de la Creación Po-lítica del distrito de Cieneguilla e INVITAR a los veci- nos a los actos celebratorios por el aniversario del distrito. Artículo Segundo.- RECOMENDAR el pintado de las fachadas de los inmuebles públicos y privados por el aniversario del distrito. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Muni- cipal, a la Gerencia de Servicios Sociales y Participación Vecinal y a la Secretaría General el cumplimiento delpresente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MANUEL SCHWARTZ R. Alcalde 04490 MUNICIPALIDAD DE LINCE /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G75/G6F/G74/G61/G73 /G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G2D/G70/G61/G6C/G65/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2005-MDL Lince, 24 de febrero de 2005 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE LINCECONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza Nº 130-MDL publicada el 23/1/2005, se establece el cronograma de pago del Im- puesto Predial, estableciendo como vencimiento de laprimera cuota el 28 de febrero de 2005; Que, asimismo se establece en dicho cuerpo norma- tivo el cronograma de pago de los arbitrios municipales, los cuales están sujetos a un régimen de beneficios por su pago adelantado en orden del 15%, 10% y 5% por elpago oportuno del Impuesto Predial; Que mediante Decreto de Alcaldía Nº 001-2005-MDL- A publicado el 2/2/2005, se establece la prórroga del pago de los Arbitrios del mes de enero 2005 hasta el 28/ 2/2005, fecha en que vence el plazo para el pago delImpuesto Predial; Que, el Informe Nº 036-2005-MDL-GR, de la Geren- cia de Rentas señala que estando por vencer la fecha del pago al contado y/o de la primera cuota del Impuesto Predial el 28 de febrero del presente año, por cuanto espolítica de la Administración brindar mayores facilidades a los contribuyentes, para que cumplan con sus obliga- ciones tributarias, es necesario prorrogar dicho plazohasta el 15 de marzo de 2005; Que, la Ordenanza Nº 130, faculta en la Primera Dis- posición Transitoria y Final al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complemen- tarias necesarias para la adecuada aplicación de la Or-denanza; Que el último párrafo del artículo 29º del Texto Úni- co Ordenado del Código Tributario aprobado por De- creto Supremo Nº 135-99-EF, dispone que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorroga-do, con carácter general por la Administración Tribu- taria;Estando a lo expuesto y de conforme a las atribucio- nes conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Prorróguese el plazo para el pago al contado y/o para el pago de la primera cuota del Impuesto Predial, así como el plazo para el pago por Arbitrios de los meses de enero y febrero del año2005 hasta el 15 de marzo del año en curso, enten- diéndose con ello que los contribuyentes que efec- túen el pago adelantado de los Arbitrios y el pagooportuno del Impuesto Predial hasta dicho plazo go- zarán de los incentivos establecidos en la Ordenan- za Nº 130-MDL. Artículo Segundo.- Encárguese a la Gerencia de Administración, Gerencia de Rentas, Gerencia de Pre- supuesto y Planificación, Gerencia de Imagen Institucio-nal y a la Gerencia de Informática el cumplimiento del presente Decreto y a Secretaría General su publica- ción. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CÉSAR GONZÁLEZ ARRIBASPLATA Alcalde 04375 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G65/G78/G74/G69/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G2D /G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G63/G75/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6F/G6E/G65/G72/G6F/G73/G61 ORDENANZA Nº 169-MPL Pueblo Libre, 24 de febrero del 2005EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen N° 007-2005-MPL/CPL-CPDE de la Comisión Permanente de Desarrollo Económico; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 27º inciso e) del Texto Único Ordenado del Código Tributario - De-creto Supremo Nº 135-99-EF y el artículo 4º del De- creto Supremo Nº 22-2000-EF, establecen que las deudas de cobranza dudosa, son aquellas respectode las cuales se han agotado todas las acciones contempladas en el procedimiento de Cobranza Co- activa, mientras que las de recuperación onerosa,son aquellas cuyo monto de ejecución no justifica su cobranza; Que, como se aprecia en el listado que forma parte de la presente Ordenanza, los contribuyentes que pre- sentan estos adeudos de hasta Quince y 00/100 Nue- vos Soles (S/.15.00), están al día en el pago de sustributos emitidos en el inicio de cada gestión presupues- tal, lo que da a entender que se trata de montos peque- ños por gastos administrativos y/o recálculo de tributosque resultarían onerosos para la Municipalidad, proce- der al cobro de los mismos, ya que irrogaría un gasto no recuperable, tanto en recursos humanos como econó-micos; Que, mediante Informe Nº 097-2005-MPL-OAT/UR de fecha 14.02.2005 de la Unidad de Recaudaciónde la Oficina de Administración Tributaria, se deter- minó la relación de aquellos contribuyentes que apa- recen con saldo menor de Quince y 00/100 NuevosSoles (S/.15.00).