Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2005 (14/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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INSTRUCCIONES
I. II. DATOS DEL AGENTE DE RETENCION En este rubro se debera consignar los datos de identificacion y el domicilio fiscal del Agente de Retencion que emite el certificado. DATOS DEL EXTRANJERO En este rubro se debera consignar los datos de identificacion del ciudadano extranjero, la condicion migratoria con la cual hubieran ingresado al MORDAZA, su nacionalidad y la fecha de ingreso y salida del pais. DETALLE DE LAS RENTAS DE FUENTE PERUANA GENERADAS DURANTE SU PERMANENCIA EN EL MORDAZA Y DE LAS RETENCIONES EFECTUADAS Concepto: Consignar el literal de acuerdo a la Tabla 1 TABLA 1
a) Renta de primera Categoria : rentas producidas por el arrendamiento, sub arrendamiento y cesion de bienes. b) Rentas de MORDAZA categoria salvo los casos a los que se refiere el literal g). c) Rentas correspondientes a los conceptos senalados en el articulo 48º del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta. d) Rentas de tercera categoria salvo los casos a los que se refiere el literal g).: Rentas del comercio, la industria y otras expresamente consideradas en la Ley. e) Rentas de cuarta categoria: Rentas del trabajo independiente. f) Rentas de MORDAZA categoria: Rentas del trabajo con relacion de dependencia. g) Rentas correspondientes al importe que resulte de deducir la recuperacion del capital invertido, en los casos de rentas no comprendidas en los incisos anteriores, provenientes de la enajenacion de bienes y derechos o de la explotacion de bienes que sufran desgaste. BASE LEGAL : Articulo 76 º del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y modificatoria

III.

Detalle del literal c): En caso de consignar el literal c) de la Tabla 1 en el rubro «Concepto», senalar el literal correspondiente de la Tabla 2. TABLA 2
a) Actividades de seguros. b) Alquiler de naves. c) Alquiler de aeronaves. d) Transporte aereo entre la Republica y el extranjero. e) Transporte maritimo entre la Republica y el extranjero o fletamento. f) Servicio de telecomunicaciones entre la Republica y el extranjero. g) Agencias internacionales de noticia. h) Distribucion de peliculas cinematograficas y similares para su utilizacion por personas naturales o juridicas domiciliadas. i) Suministro de contenedores para transporte en el MORDAZA o desde el MORDAZA al exterior (no incluye el transporte). j) Sobreestadia de contenedores para transporte. k) Cesion de derechos de retransmision televisiva. BASE LEGAL : Articulo 48º del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y modificatoria

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